jueves, 30 de marzo de 2023

UE. Transparencia retributiva e igualdad de retribución. Texto comparado de la Propuesta de Directiva “por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o un trabajo de igual valor a través de medidas de transparencia retributiva y de mecanismos para su efectivo cumplimiento (4 de marzo de 2021) y la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 30 de marzo de 2023.



Reproduzco a continuación un fragmento de la nota de prensa  del Parlamento Europeo sobre la Resolución aprobada, y comparo a continuación el texto de la Propuesta de Directiva   con los cambios aprobados en primera lectura por el PE   . A través del enlace de la nota de prensa se puede acceder también a la tramitación de la norma y al acuerdo alcanzado entre los negociadores del Parlamento y del Consejo el 15 de diciembre de 2022.

Conviene recordar que en España disponemos del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres 

“Según las nuevas normas —que la Eurocámara aprobó ... por 427 votos a favor, 79 en contra y 76 abstenciones—, las estructuras retributivas para comparar salarios deberán basarse en criterios que no hagan diferencias de género. Dichos criterios también deberán aplicarse a los sistemas de evaluación y clasificación de empleos, a los anuncios de vacantes y a la denominación del puesto. Los procesos de selección y contratación deberán llevarse a cabo de forma no discriminatoria.

Si la información sobre salarios muestra una diferencia de género de al menos un 5 %, los empleadores tendrán que efectuar un análisis conjunto de los salarios en cooperación con los representantes de los trabajadores. Los Estados miembros tendrán que establecer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias —como multas— para los empleadores que infrinjan las normas. Los trabajadores que hayan sufrido daños como resultado de una infracción tendrán derecho a pedir una indemnización. Por primera vez, las normas incluyen la discriminación interseccional y los derechos de las personas no binarias en su ámbito de aplicación.

Las normas estipulan que los trabajadores y sus representantes tendrán derecho a recibir información clara y detallada sobre los salarios individuales y medios, desglosados por género. También pondrán fin al secreto salarial: se prohibirán las cláusulas contractuales que impidan a los trabajadores revelar cuánto ganan o buscar información sobre otras categorías profesionales o la suya propia.

En cuestiones relacionadas con la remuneración, la carga de la prueba pasará del trabajador al empleador. En aquellos casos en los que un trabajador considere que no se ha aplicado el principio de igualdad de retribución y acuda a la justicia, la legislación nacional deberá obligar al empleador a demostrar que no ha habido discriminación”.

 

Texto comparado  (accesible a través de este enlace  )

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