martes, 31 de marzo de 2020

COVID-19. Actualización a 30 de marzo de normativa y de aportaciones económicas, jurídicas y sociales.


Actualizo en esta entrada las normas que se van dictando por las autoridades públicas, así como las aportaciones jurídicas y económicas, con evidentes incrustaciones y reflexiones sociales, de las que tengo conocimiento (y que con toda seguridad serán muchas más).

Como ya dije en una entrada anterior, dado que es más que presumible que el número de normas sea cada vez más elevado, y por ello difícil de seguir con regularidad, es necesario remitirse al Código electrónico de normativa estatal y autonómica dela “Crisis sanitaria Covid-19”, que ha publicado el Boletín Oficial del Estado y que se actualiza a medida que se van dictando nuevas normas. 


1. RealDecreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. BOE, 30.


Vid mi comentario en http://www.eduardorojotorrecilla.es/2020/03/emergencia-sanitaria-y-legislacion_30.html    También la comparación de un borrador del RDL y del texto definitivamente aprobado en    http://www.eduardorojotorrecilla.es/2020/03/texto-comparado-y-primeras-breves-notas.html 

2.  Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.  BOE, 30.


En la introducción se explica que “la evolución de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 exige adoptar nuevas medidas que suponen una modificación de la referida orden ministerial con las que poder dar respuesta con la necesaria agilidad a la creciente demanda asistencial”. Por ello, se modifica la Orden citada en estos términos:


“Uno. Se modifica el apartado segundo que queda redactado en los siguientes términos:

    «Segundo. Medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación.

    1. Se establece la prórroga de la contratación de los residentes en el último año de formación, de las especialidades de: Geriatría, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Neumología, Pediatría y sus Áreas Específicas, Radiodiagnóstico, Microbiología y Parasitología, Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica. …

Dos. Se modifica el párrafo 1.a) del apartado tercero, que queda redactado en los siguientes términos:

    «1. Se autoriza con carácter excepcional y transitorio la contratación de aquellas personas con grado, licenciatura o diplomatura, y que carecen aún del título de especialista, para la realización de funciones propias de una especialidad en los siguientes supuestos: a) Profesionales que realizaron las pruebas selectivas 2018/2019 y 2019/2020 de formación sanitaria especializada.

    Los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2018 para el acceso en el año 2019, a plazas de formación sanitaria especializada y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza, podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.

    El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses.

    Asimismo, se podrá contratar a los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada y que han superado la puntuación mínima en el ejercicio. Podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.

    El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses, y se extinguirá en el momento en que el profesional resulte adjudicatario de plaza.»

Tres. Se añade un nuevo apartado, sexto bis, que queda redactado en los siguientes términos:

    «Sexto bis. Contratación de estudiantes de otras titulaciones.

    1. Las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas podrán suscribir contratos laborales de duración determinada, de auxilio sanitario, al amparo de lo previsto en el artículo 15.1.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, destinados a estudiantes en su último año de formación de las profesiones sanitarias no previstas en el apartado anterior, así como de estudiantes de último año del área sanitaria de formación profesional.

    2. El contrato que, en su caso, se suscriba deberá indicar que se desarrolla en calidad de apoyo y bajo supervisión de un profesional sanitario.”.


3.  Orden TMA/306/2020, de 30 de marzo, por la que se dictan instrucciones sobre reducción de servicios de transporte de viajeros durante la vigencia del Real Decreto-ley 10/2020. BOE, 30.

En la introducción se expone que “La regulación incluida en el … Real Decreto-ley 10/2020 va a suponer una reducción de la demanda de servicios de transporte público durante la semana laboral, especialmente en los servicios de transporte de carácter urbano y periurbano. Por ello, se ha considerado necesario prever una reducción de la oferta de los servicios de transporte de viajeros que afectan a este ámbito urbano y periurbano… . El objeto de esta reducción es que los servicios disponibles para los ciudadanos sean como máximo los correspondientes a fin de semana.

El art. 1 regula tal reducción de la oferta de servicios, disponiendo que los servicios de transporte público de viajeros por carretera y ferroviarios de ámbito urbano y periurbano, que estén sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público (OSP), o sean de titularidad pública, con independencia de la Administración titular o competente sobre los mismos, “reducirán su oferta de servicios y frecuencias hasta alcanzar niveles de prestación similares a los de fin de semana, considerando la necesidad de acceso al puesto de trabajo del personal ocupado en los servicios esenciales y el acceso de los ciudadanos a los servicios básicos. Esta reducción será de aplicación para el periodo de aplicación del Real Decreto-ley 10/2020”.

4. OrdenSND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.  BOE, 30.




 
Artículos doctrinales de lectura recomendada.

5. Mª Pilar Charro. “Más dudas que certezas en las medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos del COVID-19 implementadas por el RDL 9/2020”.   http://arinsa.es/2020/03/30/mas-dudas-que-certezas-en-las-medidas-complementarias-en-el-ambito-laboral-para-paliar-los-efectos-del-covid-19-implementadas-por-el-rdl-9-2020/

6. Antonio Baylos.  “Sobre el permiso retribuido recuperable como medida de contención de la crisis sanitaria originada por el Covid-19”.   https://baylos.blogspot.com/2020/03/sobre-el-permiso-retribuido-recuperable.html

7. Ignasi Beltrán de Heredia.  COVID-19 y RDLey 10/2020: comentario de urgencia sobre el permiso retribuido recuperable   https://ignasibeltran.com/2020/03/30/covid-19-y-rdley-10-2020-comentario-de-urgencia-sobre-el-permiso-retribuido-recuperable/ 





11. Servicio de estudios de la Confederación UGT. “Ultima normativa laboral respecto al Covid-19: RDL 9/2020 y RDL 10/2020 y otras normas. exposición y breve análisis”.

12. Jesús Cruz Villalón. “Permisos retribuidos recuperables, un reparto de sacrificios”. 

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