domingo, 12 de enero de 2014

¿Llegará la mejora laboral al mercado de trabajo español? ¿Cómo llegará en su caso?



El diario El País publica hoy un interesante artículo firmando por los periodistas Manuel V. Gómez Y Clara Blanchar, con el título “La mejora laboral llegará en precario”. En dicho artículo se efectúa un análisis de la realidad laboral española y las perspectivas de futuro, y se recoge el parecer de diversos juristas, economistas y sociológicos.

Hace unos días, y justamente con ocasión de la preparación de este artículo, la Sra. Blanchar pidió mi parecer sobre diversas cuestiones que han sido abordadas en el mismo, habiendo sido recogida una de mis respuestas a las distintas preguntas formuladas. Las dificultades con las que se mueven los periodistas para redactar un artículo que recoja tanto su parecer como el de los entrevistados lleva lógicamente, y lo entiendo perfectamente, a seleccionar aquellas frases, manifestaciones o respuestas del entrevistado que le parecen más llamativas o impactantes al entrevistador.

Pongo ahora a disposición de los lectores y lectoras del blog las preguntas que me formuló la periodista y mis respuestas. La brevedad de estas últimas se debe justamente a que estaban pensadas para ser reproducidas en un artículo periodístico, y de ahí que puedan  parecer muy incompletas con respecto a la temática abordada en cada una de las preguntas. No obstante, las mantengo tal como las redacté porque también me parece útil, aunque ciertamente difícil, compendiar en pocas palabras la idea que se quiere transmitir.  

1. ¿Qué supone para el mercado de trabajo el peso que están ganando los contratos temporales?

RESPUESTA.  Una manifestación de las precauciones empresariales ante el futuro y por ello, el interés de una no vinculación más estable con un trabajador, aprovechando además las posibilidades ofrecidas por la reforma laboral de 2012. 

2. ¿Y a tiempo parcial?

RESPUESTA. La posibilidad de un uso mucho más flexible del tiempo de trabajo, aprovechando todas las facilidades que otorga la normativa laboral desde la reforma de 2012, en especial la última operada por el Real decreto-ley 16/2013. .

3. ¿Es capaz de encontrar alguna ventaja a estas modalidades contractuales?

RESPUESTA.  Deberían responder a causas reales de temporalidad y a necesidades de una menor carga horaria de trabajo por interés real de una de las partes. Si no es así, se hace un uso inadecuado y perturbador de las relaciones de trabajo.

4. ¿Qué consecuencias tiene la aplicación masiva de la temporalidad y “parcialidad” sobre la seguridad social? ¿y sobre las pensiones?

RESPUESTA. Menores ingresos para la Seguridad Social. Impacto sobre la disponibilidad económica para cubrir prestaciones que tiene a su cargo. Problemas para la carrera profesional de un trabajador. Dificultades para acceder a una pensión contributiva (aunque las últimas reformas han corregido algún defecto legal anterior). 
 
5. ¿Qué valoración hace de la reforma laboral vistos los datos de 2012 y 2013?

RESPUESTA. Ha significado una ampliación del poder de dirección del empleador y ha incrementado considerablemente la flexibilidad, en muchas ocasiones impuesta y no pactada, en las relaciones de trabajo en las empresas. Permite modificar de forma unilateral las condiciones de trabajo pactadas. Ha dejado de lado el diálogo social.

6. ¿Vista la rápida deriva del mercado de trabajo, qué escenario nos espera? En resumen, la economía crece, dicen, pero ¿a qué precio?

RESPUESTA. Mayor dualización de las relaciones de trabajo, con un volumen importante de población ocupada, de forma involuntaria, en contrataciones temporales y a tiempo parcial. Un posible crecimiento lento de la economía que repercute muy poco sobre las personas  trabajadoras. Una irregularidad creciente en la vida laboral real.

No hay comentarios: