jueves, 31 de enero de 2013

Trabajadores del hogar familiar. ¿Qué derechos?




Durante muchos años las personas que trabajan al servicio de un hogar familia han tenido muy pocos derechos en materia laboral y de Seguridad Social, muy probablemente porque siempre se ha considerado ese trabajo “de poco valor” (¿será porque lo realizan mujeres, y desde hace ya varios años la mayor parte de ellas son extranjeras extracomunitarias?). Afortunadamente, el mundo asociativo, las propias trabajadoras y grupos con sensibilidad social se fueron movilizando y reclamando la mejora de su situación laboral, con propuestas ante los poderes públicos.


A mediados de 2011 se alcanzó un acuerdo entre el gobierno y las organizaciones sindicales que implicaría después una importante reforma de la regulación jurídica laboral y de los derechos de Seguridad Social. Ciertamente, no se equiparaba la normativa a la de los restantes trabajadores asalariados (por ejemplo, sigue sin estar protegida la situación de desempleo), pero se mejoraban las condiciones de trabajo y se procedía a una regulación de protección social que implicaba nuevos derechos. Dichos cambios tienen muchos puntos de conexión con la normativa internacional sobre esta materia aprobada por la Organización Internacional del Trabajo en junio de 2011 y que ya ha entrado en vigor. Muchas veces creemos que las normas internacionales tienen poca importancia, pero esta la tiene, y mucha, ya que gran parte de la población trabajadora del hogar familiar en muchos países estaba totalmente carente de derechos.

Pero, no todo iba a ser tan bonito y sencillo. Muy pronto, poco después del cambio de gobierno tras el 20N, empezaron las críticas a la nueva regulación, argumentándose que era muy compleja y que imponía a los empleadores, en muchos casos personas de avanzada edad (al menos formalmente, porque en la práctica es muy diferente), una serie de obligaciones de tramitación de documentación que hacían difícil la contratación. Sin desconocer que toda norma es mejorable, y ciertamente lo era, no deja de ser curioso que las quejas se formularan sólo hacia un tipo de actividad que, repito, tiene escaso reconocimiento social. Hay otras actividades laborales que también plantean problemas (como ejemplo, las de las personas con discapacidad), pero no parece que el gobierno tenga tanto interés por cambiar su regulación

No ha tardado el gobierno del Partido Popular en modificar la norma, argumentando que la anterior no funcionaba porque se había reducido el volumen de ingresos en la Seguridad Social. La pregunta que debemos hacernos es si ello se produjo porque hubo menos contratación (no es así) o porque una parte importante de la remuneración se pagaba de forma irregular y, por consiguiente, no se cotizaba a la Seguridad Social.

La nueva regulación, convalidada por el Congreso de los Diputados hoy jueves 31 de enero, con el voto en contra de la oposición, obliga a cotizar en cuantía económica a la anterior norma, al suprimir algunos tramos inferiores de la escala, y permite trasladar a la parte trabajadora toda la tramitación administrativa de la documentación para darse de alta, siempre y cuando trabaje menos de 60 horas a la semana. Se requiere, eso sí, que haya acuerdo de las partes, y genera varios problemas jurídicos que ahora no puedo abordar pero que a buen seguro que se suscitarán algún día.Porque, ¿alguien se atrave a defender que las dos partes están en igualdad de condiciones en la relación contractual?

Hubiera sido conveniente esperar más tiempo para ver los resultados de la reforma, pero todo lo que hizo el anterior gobierno parece que debe ser modificado. Y mientras tanto, el personal del hogar familiar ha de seguir luchando para defender sus derechos, en el marco de un entorno político y una situación económica que no ayuda precisamente a ello. La tarea de los movimientos sindicales y sociales sigue siendo totalmente necesaria.

1 comentario:

Unknown dijo...

Conceptos interesantes...podrías colocar enlaces a la legislacion correspondiente...?

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