lunes, 27 de junio de 2022

Salarios. Un apunte sobre la Encuesta de Estructura Salarial de 2020.


El Instituto Nacional de Estadística publicó el miércoles 22 de junio (con modificación el viernes, 24) la Encuesta anual de estructura salarial correspondiente al año 2020 

 

A través de la EES anual conocemos la ganancia bruta, si bien esta cifra no es la más adecuada para conocer la realidad salarial de buena parte de las personas trabajadoras, ya que hay muchos más asalariados con salarios bajos que elevados, por lo que, a efectos estadísticos, “este hecho da lugar a que el salario medio sea superior tanto al salario mediano como al más frecuente”. Por ello, es conveniente conocer cuál es el salario mediano (“el que divide al número de trabajadores en dos partes iguales, los que tienen un salario superior y los que tienen un salario inferior”), y por supuesto también el salario más frecuente o modal percibido en España.

 

¿Cuáles serán los factores que incidirán sobre el salario? El sector de actividad económica es sin duda relevante con diferencias muy destacadas, e igualmente la ocupación de la persona trabajadora. Asimismo, que la jornada sea completa o a tiempo parcial tiene, igualmente, una importancia destacada, como también la tiene el sexo de quien presta sus servicios por la diferente ubicación de trabajadores y trabajadores en sectores de actividad, ocupaciones, duración de la jornada de trabajo y modalidad contractual, teniendo esta última también su reflejo en las diferencias salariales, en detrimento de quienes tuvieron contratos de duración determinada con respecto a los indefinidos.

 

La nacionalidad es un factor no desdeñable, igualmente, para entender la existencia de estas diferencias salariales. ¿Y qué decir de la edad? Pues que los datos conocidos confirman las intuiciones, cuales son que la mayor edad y la mayor antigüedad en el empleo implican una remuneración salarial más elevada. No nos podemos olvidar del ámbito territorial donde se desarrolla la actividad, la respectiva la Comunidad Autónoma considerada, y los datos también pone de manifiesto importantes diferencias, que guardan relación con la estructura productiva y también, no conviene olvidarlo, con la mayor presencia sindical para representar los intereses de las personas trabajadoras.

 

Para su comparación con los datos de 2019 remito a esta entrada 

 

2. De las consideraciones generales hemos de pasar ya a los datos concretos. Según la EES 2020, la ganancia media anual por persona trabajadora fue de 25.165,51 euros, con un aumento del 3,2 % respecto al año anterior. La ganancia media para los hombres fue de 27.642,52 euros y para las mujeres de 22.467,48 euros. El salario medio anual femenino representó el 81,3 % del masculino, si bien esa diferencia se reduce, señala la encuesta, “si se consideran puestos de trabajo similares (misma ocupación, tipo de jornada, etc.)”. de tal manera que al considerar el salario por hora el porcentaje es del 90,0 %. Otra diferencia significativa es que el 11,9 % de los hombres percibió una remuneración igual o inferior al SMI, incrementándose hasta el 27,5 % en el caso de las mujeres. Por el contrario, mientras el porcentaje de hombres que perciben un salario igual o inferior a cinco veces el SMI es del 3,7 %, la cifra se reduce al 1,9 % para las mujeres. Y otro dato muy significativo es que del 15 % de personas trabajadoras que tuvieron una ganancia por hora por debajo de los 2/3 de la ganancia mediana, el 63,0 % eran mujeres. En todas estas diferencias influye el mayor número de mujeres que trabajan a tiempo parcial.

 

No conviene olvidar, por otra parte, que el salario mediano anual (el que divide al número de personas trabajadoras en dos partes iguales, las que tienen un salario superior y aquellas que perciben un salario inferior) es inferior, concretamente 20.920,12 euros, y que el salario más frecuente o modal (549.564 asalariados) fue de 18.480 euros, una diferencia significativa de casi 6.000 con respecto al salario medio. Además, la EES 2020 apunta que hubo otro salario con muy elevada frecuencia (548.313 asalariados) que fue de 13.970 euros (es decir, por poner un ejemplo muy significativo, por debajo de los 14.000 euros anuales que, como SMI, deben pagarse a partir del 1 de enero de 2022).

 

En cualquier caso, las diferencias salariales por razón de sexo son claramente perceptibles tanto si la actividad se presta a tiempo completo como a tiempo parcial, siendo más elevado el porcentaje de trabajadores en el primer caso que perciben salarios superiores a 15.000 euros, mientras que en el segundo la presencia femenina es muy superior en especial en el caso de salarios inferiores a 20.000 euros. También cabe señalar que el salario medio en JTP fue un 59,7 % inferior al de TC, aquí con escasa diferencia entre hombres (57,6 %) y mujeres (59,4 %).

 

3. Ya he indicado que la estructura productiva, y la presencia sindical, condicionan los niveles salariales, y ello queda plenamente puesto de manifiesto al analizar los datos por territorios autonómicos, ya que siguen siendo, como en años anteriores, País Vasco, Madrid y Navarra las tres autonomías que tienen niveles superiores a la media, además de Cataluña, mientras que en la franja inferior se ubican Extremadura, Canarias y Murcia. Las diferencias van desde los 30.224,16 euros del País Vasco a los 20.479,30 de Extremadura. Se destaca que las diferencias entre sexos no son iguales en todas las regiones y que la distinta estructura del empleo en cada una de ellas “es el factor fundamental que explica esta variabilidad”, si bien el dato común a todas ellas es el salario inferior de las mujeres con respecto al de los hombres.

 

Siguen las muy importantes diferencias en función de la actividad económica que ya se observaban en años anteriores, y que con datos de 2020 demuestran que buena parte de la población que ha sido considerada imprescindible durante el período de mayor auge de la crisis sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19 perciben salarios por debajo de la media. En el top ten se coloca la actividad de suministro de energía (53.575,71 euros) y el farolillo rojo es para el sector de hostelería (14.136,95 euros). Fijémonos, como dato añadido que el sector del comercio tiene una retribución media anual de 21.393,49 euros.

 

4. El principio de igualdad de trato y no discriminación debe ser respetado con independencia de la modalidad contractual y del tipo de jornada. Sería interesante analizar si el respeto es total en ambos casos, y los conflictos suscitados en sede judicial plantean más de una y dos dudas al respecto. En cualquier caso, y al margen de esta consideración jurídica, los datos ponen de manifiesto la diferencia salarial por razón de la duración (indefinida o temporal) de la modalidad contractual, ya que el de quienes trabajan con contratos temporales perciben una media anual de 19.228,47 euros, mientras que para los trabajadores con contrato indefinido su remuneración es de 26.623,93 euros. Es decir, el salario medio anual de los primeros es inferior en un 27,8 % al de los segundos. Otro dato relevante a destacar con respecto a las diferencias por razón de sexo, es que el salario de las mujeres fue inferior al salario medio tanto si se trata de contratos indefinidos (6,8 %) como muy especialmente de duración determinada (26,0 %)

 

Tampoco es de extrañar, lógicamente, que si se analizan los salarios por tipos de ocupación, la categoría de directores y gerentes ocupe el primer lugar del ranking, mientras que el menor nivel se adjudica a las personas trabajadoras no cualificadas en los servicios, yendo desde los 58.023,75 a los 13.765,34 euros.

 

Las y los jóvenes salen claramente perjudicados en esta estadística con respecto a las personas de mayor edad, siendo muy relevante, por ejemplo, la diferencia de los 28.713,98 euros percibidos por personas en la franja de edad de 55 a 59 años, con los 12.925,08 euros de quienes tienen entre 20 y 24 años. Dato relevante, y que debe llevar a pensar qué medidas adoptar para mejorar la situación salarial, es que “todos los intervalos por debajo de los 40 años tuvieron salarios inferiores a la media”, mientras que los intervalos por encima de esta edad tuvieron salarios superiores.

 

5. No menos importante dado el importante número de personas trabajadoras extranjeras, tanto de la Unión Europea como de terceros países, es el dato de la diferencia salarial por razón de nacionalidad, siendo solo los españoles quienes percibieron una cuantía superior a la media (25.165,51 euros ), situándose por debajo los restantes, destacándose el dato de que el más bajo fue el de personas de nacionalidades americanas (16.100,85) y africanas (16.784,02), 16.423,35 euros, algo que sin duda tendrá bastante que ver con el elevado número de quienes, en su gran mayoría mujeres, trabajan en el servicio doméstico y en el sector de la hostelería, en el primer caso, y en el ámbito agrario en el segundo.

 

Buena lectura.

No hay comentarios: