miércoles, 1 de enero de 2014

Las migraciones. Una mirada a la compleja realidad europea y española al iniciarse un nuevo año. ¿Será recentralizada la política de inmigración en España? (y II).



6. Quien desee conocer los datos más reciente sobre migraciones en España (incluyendo, pues, tanto los datos de las personas que emigran a otros Estados como los de quienes llegan a España) dispone de tres interesantes documentos del Instituto Nacional de Estadística sobre estadística de migraciones, censo de población y viviendas 2011, y movimiento natural de la población 2012; igualmente, también es de interés el Informe general 2012 sobre la población reclusa en España elaborado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Todos los datos disponibles han de ponerse en relación con las cifras definitivas oficiales de la población total en España a 1 de enero de 2013, que es de 47.129.783 personas (RD 1016/2013, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013), 135.538 habitantes registrados menos que el 1 de enero de 2012.  
 
A) El pasado 10 de diciembre el INE publicó los datos provisionales de las cifras de poblacióna 1 de julio de 2013  y las estadísticasde migraciones correspondientes al primer semestre del año. Ya se apuntaba el descenso de la población residente en España (118.238 personas) que se ha confirmado, e incrementado, con las cifras definitivas del año, junto con la reducción del número de extranjeros empadronados en España (4.870.487, 4 % menos sobre el semestre anterior o lo que es lo mismo 202.193 personas), y el crecimiento de la emigración que, combinado con el descenso de la inmigración, provocó un  saldo migratorio negativo de 124.915 personas, un 50 % superior al del semestre anterior.  La disminución de la población extranjera encuentra su razón de ser tanto en el crecimiento de la emigración de ciudadanos extranjeros hacia otros Estados como en la adquisición de la nacionalidad española por un número importante de ellos, no siendo casualidad que el mayor descenso en términos absolutos se produzca entre la población ecuatoriana y colombiana (-10.7 y -12.7 %, respectivamente, o en términos cuantitativos 28.701 y 28.328 personas).

Me detengo brevemente en este importante dato, el de la adquisición de la nacionalidad española por residencia, y remito para un análisis más detallado a la páginaweb de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración así como a la excelente síntesis que puede encontrarse en el Boletín nº20 (diciembre 2013)del Observatorio permanente andaluz de las migraciones. Hemos pasado de las 21.805 concesiones de nacionalidad de 2012 a las 115.557 en 2012, y de ellas el 76 %  corresponden a ciudadanos originarios de países de América del Sur (Ecuador, 20,6 %, Colombia, 16,8 %, Perú, 10,4 %), mientras que las concedidas a ciudadanos de países africanos son sólo el 18 %, y concentradas en gran medida en la población marroquí (14 %). El Informe de la OPAM destaca el descenso de las naturalizaciones de población ecuatoriana con respecto al año anterior, dato que puede estar relacionado con la disminución de la población ecuatoriana empadronada en España desde el inicio de la crisis (y que también se percibe, añado yo ahora, en el ámbito laboral y en concreto en las cifras de afiliación a la Seguridad Social) y que “casi la totalidad de las naturalizaciones son protagonizadas por personas nacidas en el exterior” (91 %), ya que quienes acceden a la nacionalidad por haber nacido en España sólo fueron el 9 % del total, y ello implica que “las nacionalizaciones otorgadas tras dos años de residencia asuman mayor importancia en las CC AA con gran presencia latinoamericana como Madrid, mientras que en otras comunidades con mayor predominio de población africana, como Cataluña o Andalucía, los motivos de diez años de residencia o nacido en España cobran mayor protagonismo”. 

Siguen llegando emigrantes a España, pero marchan más de los que llegan. Esta frase sería la síntesis del informe del INE sobre los flujos migratorios exteriores, ya que llegaron a España 134.112 personas (de ellas 119.482 extranjeros), mientras que abandonaron el país (según datos oficiales) un total de 259.227 personas, de ellas 39.690 españoles y 219.537 extranjeros. Conviene, en cualquier caso, destacar que el mayor número de emigrantes se encuentra entre los ciudadanos de los dos Estados que tienen el mayor número de población extranjera en España, Rumania (37.018 migrantes) y Marruecos (27.362), y en que el primer caso se trata de un país de la UE y a cuyos ciudadanos, tal como he explicado con anterioridad, se les reconoce la libre circulación para trabajar por cuenta ajena (ya la tenían para trabajar por cuenta propia) de forma plena a partir del 1 de enero de 2014. También es conveniente reseñar que el informe del INE pone de manifiesto que todas las nacionalidades con mayor presencia en España (además de las citadas, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Colombia, Pakistán, Brasil, China, Bulgaria, Perú, Alemania, Reino Unido e Italia) tienen un saldo migratorio negativo, con la única excepción de Italia, siendo un dato a tener en consideración, y que lo vinculo a la situación de crisis económica e importante aumento del desempleo entre la población extranjera, que la emigración extranjera “se concentra en poblaciones de 25 a 44 años, con mayor proporción de varones”. Otro dato interesante que ayuda a entender cómo está cambiando la realidad de las migraciones es que en algún caso, como es el de Ecuador, la población emigrada desde España (4.908 personas) incluye a población no nacida en España y a niños menores de 15 años, dato que para el INE parece poner de manifiesto, y las cifras sobre adquisición de la nacionalidad española lo confirmarán junto con la mejora de la calidad de vida que está  experimentando el país sudamericano en los últimos años, que se trataría “de una migración de retorno de ecuatorianos de origen que han adquirido la nacionalidad española junto con sus hijos nacidos en España”.

B) Detengámonos ahora en el Censo de población y viviendas 2011, publicado por el INE el pasado 12 de diciembre. El documento, sin duda, tiene especial interés para conocer cuál es la realidad del conjunto de la población española comparándola con aquella que era hace diez años, pero también aporta algunos datos de indudable importancia sobre la población extranjera. Para el conjunto de la población los datos más destacados son los siguientes: “El número medio de miembros por hogar se ha reducido a 2,58 personas en 2011, desde las 2,86 personas del año 2001. Los hogares en los que viven una, dos, tres o cuatro personas contienen al 9,0%, 23,4%, 25,2% y 28,8% de la población respectivamente. El número de hogares unipersonales en España aumenta en 1.316.747 y alcanza los 4.193.319. En 1.709.186 hogares reside una persona sola de 65 años o más, lo que supone un 25,8% más que hace 10 años. En tres de cada cuatro de estos hogares reside una mujer. Desciende un 32,8% el número de hogares formados por una pareja con tres o más hijos y se sitúa en 573.732. Los hogares de parejas sin hijos han aumentado en 1.356.135 y rozan los cuatro millones. De las 7.060.230 parejas con hijos, hay 496.135 que tiene algún hijo no común a ambos miembros (familias reconstituidas). Esta cifra es el doble que hace 10 años. El número de parejas de derecho ha aumentado en casi un millón y alcanza las 9.806.022, mientras que el de parejas de hecho se ha incrementado un 195,8% y se sitúa en 1.667.512”.

Refiriéndome ahora a la población extranjera, de las 11.473.534 parejas existentes en España (94,1 % son de derecho y un 5,9 % de hecho), el 8,9 % de las mismas, 1.022.770, están integradas por personas extranjeras, mientras que un 5 % tiene a una persona de nacionalidad extranjera y otra española (2,8 %, 322.795, con hombre español y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de América del Sur o Central, y 2,2 %, 247.327, con mujer española y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de países de la UE).

El detallado Informe del INE permite también conocer que un total de 1.364.849 personas nacidas en España tienen padre extranjero, que la cifra es de 1.410.240 en el caso de madre extranjera, y de 797.289 cuando los dos progenitores son extranjeros, debiendo destacarse que en este último caso el 81,7 % de ellos, 651.412, son del mismo país, destacando la población originaria de Marruecos (205.686, 31,6 % del total), Rumania (71.549, 11,0 %) y Ecuador (64.698, 9,9 %).

Es igualmente de interés el dato sobre el régimen de tenencia de viviendas principales, que para el conjunto de la población ha visto reducir el número de viviendas en propiedad (del 82,2 % en 2001 al 78,9 % en 2.011), no siendo ajeno a esta cambio el dato de la mayor presencia de población extranjera en España durante la década, ya que la vivienda en alquiler para los hogares con algún miembro de nacionalidad extranjera es casi la mitad (49.9 %) del  total, mientras que para la población española es sólo del 8,4 %.

C) Otro documento de obligada lectura para acercarnos a la realidad estadística de las migraciones es el de movimiento natural de la población, es decir nacimientos, defunciones y matrimonios, habiendo publicado el INE el 4 de diciembre el avance de resultados del primer semestre de 2013 y los datos definitivos de 2.012. Con carácter general se destaca el descenso de las tasas de natalidad, atribuido a un menor número de mujeres en edad fértil y a una menor fecundidad. El indicador coyuntural de fecundidad es de 1,32, la edad medida de maternidad es de 31,56, y la esperanza de vida de 82,29. Refiriéndonos a la natalidad de madre extranjera también se destaca su disminución sobre el total de los nacimientos, ya que se sitúa en el 18,3 % del total frente al 19 % del primer semestre de 2012.

Con respecto a las defunciones, también con descenso, hay un dato de la población extranjera que es conveniente reseñar, cual es que sus fallecimientos suponen sólo el 2,7 % del total, muy por debajo del porcentaje (más del 11 %) que representan sobre la población residente, dato debido sin duda, y así lo pone de manifiesto el Informe, “a que la población extranjera es, en general, mucho más joven que la española”.           
 
7. El Informegeneral 2012 sobre la población reclusa en España, elaborado por la Secretaría  General de Instituciones Penitenciarias, nos permite conocer los datos de dicha población según se trate de personas de nacionalidad española o de extranjeros, cuáles son los países (obviamente con exclusión de España) con mayor presencia entre dicha población, la razón jurídica, faltas o delitos, del internamiento, y las razones jurídicas de las excarcelaciones. Respecto a los datos generales del 2012, había 37.178 internos españoles y 16.816 extranjeros (68,7 y 31,3 %, respectivamente, porcentaje este último superior entre las mujeres, 33,5 %, y  algo inferior entre los hombres, 31,1 %). La población reclusa extranjera ha disminuido en 1.344 internos con relación a 2.011, siendo ciudadanos de Marruecos, Rumania y Colombia los más numerosos en dicha población (3.087, 2.145 y 1.057, respectivamente).

En cuanto a las razones de la presencia en prisión, o en la terminología del Informe “las imputaciones más frecuentes a internos extranjeros”, los dos con mayor relevancia son “delitos contra la seguridad colectiva” (en los que se incluyen salud pública y drogas, con el 29,34 %), y “delitos contra el patrimonio (en los que se incluyen estafa, hurto, robo, robo con fuerza en las cosas y robo con violencia), que son el 24,84 %, aún cuando no conviene olvidar el 10,99 % que suponen los “delitos de lesiones” (en los que se incluyen las lesiones y los malos tratos de género). Por último, sobre las razones de excarcelación, habiéndose concedido 13.113 en el año 2012 a la población reclusa extranjera, 4.360 han sido debidas a libertad provisional para preventivos, mientras que 3.937 ha sido debidas a la extinción de la condena, sin olvidar las excarcelaciones por expulsión de España (883) y el traslado a los países de origen para el cumplimiento de la condena (226).

8. Para Cataluña, es de especial interés el boletín núm. 14 (diciembre 2013) de laDirección General para la Inmigración dedicado a los saldos migratorios registrados en esta Comunidad Autónoma en los últimos años, con especial atención a los cambios operados en 2012, en el que se destaca que por primera vez desde el año 2005 el flujo migratorio con el extranjero ha sido negativo (-6.151) ya que emigraron 98.776 personas y llegaron 92.625 inmigrantes (de ellos, la gran mayoría, 86.823, de nacionalidad extranjera), un dato que se justifica según las autoridades autonómicas porque un importante número de los emigrantes (37,8 %) disponen de  autorización de residencia en vigor del régimen comunitario, y casi la mitad disponen de una autorización de residencia de larga duración regulada en el régimen general, de tal manera que estas autorizaciones “les permite salir del Estado español y obtener una autorización de residencia, o de residencia y trabajo, en cualquiera de los restantes países miembros de la UE en las condiciones que estos determinen (tarjeta de larga duración-UE)”.

9. En el Informeantes referenciado de la Subcomisión de duplicidades administrativas de la CORAhay diversas medidas que se proponen para reordenar la política española de inmigración, reordenación que a mi parecer acabaría siendo, de llevarse a la práctica, una recentralización de la misma con olvido de las competencias asumidas por algunas CC AA en esta materia y que alguna de ellas, como Cataluña, ya han llevado a la práctica en virtud de los traspasos de competencias operados en 2010, y también con olvido de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre las competencias estatales y autonómicas en la materia.

La medida número 1.08.008 lleva por título “definición de una política española de integración de los inmigrantes”, quedándose el lector con la duda de saber que si lo hecho hasta ahora no ha sido “una política española”. La medida número 1.08.010 lleva por título “Revisión de la normativa en materia de permiso y residencia”, una forma educada, por decirlo de alguna manera, de suprimir las competencias de las que dispone actualmente Cataluña (y pudieran tener otras CC AA en el futuro) en materia de autorización de permiso iniciales de trabajo en su ámbito territorial. En fin, la medida número 1.08.011 lleva por título “Racionalización de los observatorios permanentes de la inmigración” y dicho de forma más simple propone la supresión de todos aquellos que no sean el estatal, y en los mismos términos se plantea la medida 1.08.012, aunque su título edulcore la propuesta, ya que es el de “Mejora de la eficacia en la actividad de los Observatorios que tratan el tema del racismo y la xenofobia”.

Algunos ejemplos de esta recentralización, así como también de una cierta desconfianza tanto hacia la actuación de las autonomías como de la propia población extranjera, se pueden comprobar de forma muy clara en la explicación de algunas de las medidas antes referenciadas.

A) Por ejemplo, cuando se aborda la necesidad de definir una “política española de integración de los inmigrantes”, se afirma que “La integración se produce en la sociedad de acogida, que es la sociedad española en su conjunto, y no únicamente la Comunidad Autónoma en la que vive, y por tanto la política de integración no afecta únicamente a la política de asistencia social de ámbito autonómico ni se limita únicamente a la concesión de subvenciones..”, enfatizando algo que es recurrente en los documentos sobre  inmigración elaborados por el Partido Popular y que ahora también se recoge en un documento técnico como el analizado, esto es que el marco legislativo y político nacional “c) fomente el respeto de los derechos humanos por parte de la población inmigrante” (y yo me pregunto ingenuamente si es que el actual marco normativo no lo fomenta). En el fondo, no se oculta el recelo hacia las políticas de integración puesta en práctica por las autonomías, aunque sea de una forma que permite evitar las referencias explícitas a cuestiones “espinosas” como son el conocimientos de las lenguas oficiales en aquellas CC AA que las tengan, alegándose simplemente, y no es poco desde luego, que se trata de una ineficiencia las “Desigualdades en las condiciones de integración de los inmigrantes en territorio español, que pueden dar lugar a diferencias en los requisitos de acceso a la nacionalidad española”, y que de esta manera se evitaría el peligro (¿) de “desigualdades y desequilibrios en distintas partes del territorio nacional”. Por consiguiente aquello que se pretende con la propuesta es poner en marcha una política “española” (¿estatal?) de integración, eso sí, al menos así lo contempla la propuesta, “sin perjuicio de su desarrollo por otros niveles de la Administración”.

B) Cuando se plantea la revisión de la normativa en materia de permiso de trabajo y residencia, se efectúa desde una determinada lectura de la Directiva de 13 de diciembre de 2011 sobre procedimiento único de tramitación de un permiso único, a la que dedique una atención detallada en una anterior entradadel blog y a la que ahora me remito, con propuesta de introducción en España del permiso único de residencia que habilite para trabajar, “concedido en un único acto administrativo por una única administración, incluyendo informes de otras Administraciones (en este caso de las Comunidades Autónomas)”. Dicho de forma más clara, la propuesta, con el argumento de la necesaria incorporación de la Directiva al ordenamiento jurídico español, es sustituir la autorización de trabajo de que dispone ahora, por las competencias transferidas, la CC AA catalana, y sustituirla por un informe (¿preceptivo? ¿vinculante?) de la autoridad laboral. Tres años después de la asunción de competencias en la materia por Cataluña, los expertos de la subcomisión concluyen que la autorización en la que intervienen dos autoridades “supone fragmentar la política de inmigración” (aunque no estoy seguro de que esta sea precisamente la tesis de  quienes conocen como ha funcionado la transferencia, con las lógicas dificultades de adaptación en los primeros tiempos).

Además de una determinada concepción de la política de extranjería, la propuesta resalta, y supongo que han recibido información al respecto, que esta que califican de “duplicidad” supone un coste anual de 30.000 euros para los presupuestos generales, y sin mayor rubor afirma que “Dado que la propuesta sustituye la tramitación compartida por la emisión de un informe, en adelante no sería necesario mantener una tramitación específica”. Con este mismo argumento, es cierto que podrían suprimirse, por razones económicas, muchas, muchísimas, competencias autonómicas, y a buen seguro que se encontrarán más propuestas semejantes en otros apartados del Informe que no he tenido oportunidad de leer, y de seguir con este mismo razonamiento podríamos plantearnos la supresión de las autonomías, ¿no les parece? Bueno, no demos ideas a algunos, que igual las acogen con interés.  

La misma falta de rubor, ahora no ya sólo con alegación de motivos económicos sino también con una clara manifestación política de rechazo hacia el marco competencial autonómico catalán (y otros que pudieran darse en el futuro) se manifiesta en la afirmación de que como Estado “se ha renunciado a tener una visión global de la política de admisión, permitiendo que autoridades regionales adopten decisiones, dispares, que pueden condicionar la residencia de extranjeros”. Es decir, la competencia “regional” ha llevado a impedir que España tenga “una visión global de la política de admisión”, y es necesario por ello que existan “unos criterios homogéneos en la gestión de la extranjería en todo el territorio del Estado español”.

Más adelante, parece que el traspaso competencial haya implicado un incremento desorbitado del número de trabajadores extranjeros (los datos desmienten esta tesis), por lo que debería “reconducirse” la intervención autonómica, que insisto que quedaría limitada a un informe previo de la autoridad laboral para que la autoridad estatal decidiera la concesión del permiso de residencia con habilitación para trabajar, ya que se afirma que se trata de poner en marcha una política de inmigración que permita “que haya capacidad de acogida en España de los trabajadores extranjeros” (me sorprende esta afirmación que parece cuestionar que existiera esta política con anterioridad). En fin, y nuevamente volviendo a cuestiones económicas (parece que las competencias autonómicas reconocidas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía, y concretadas en Reales Decretos de traspasos de competencias, pudieran desaparecer de un plumazo por razones económicas) hay dos manifestaciones en el texto sobre el efecto positivo inducido de la medida de introducción de un permiso único a cargo de una autoridad única que llevan esa mejora económica a límites que convierten a mi parecer a las autonomías en meras direcciones territoriales de un Ministerio: en primer lugar, que dado que el MEySS invierte recursos “en la elaboración de folletos y hojas informativas que se utilizan por todas las Oficinas de extranjería”, “En la medida en que la Generalitat de Cataluña deje de elaborar materiales propios, todo ese coste que supone se eliminaría”; en segundo término, que dado que hay que ir adaptando y modificando la aplicación informática de extranjería utilizada por la Generalitat, ya que esta así lo solicita, y como hasta ahora no han podido llevarse a cabo por falta de recursos económicos “pero que en algún momento deberán abordarse”, la implantación de un permiso único en  los términos propuestos en el Informe “obviaría la necesidad de realizar estas inversiones”. Más claro, imposible ¿verdad?
  
Bueno, para concluir, sugiero un repaso a los datos generales, y laborales, de la inmigración en Cataluña,  a los que dedico atención periódica en el blog, que refuerzan a mi parecer la necesidad de disponer de competencias en esta materia, ciertamente en el marco de una estrecha coordinación con la política del gobierno estatal.  Recomiendo la lectura del Boletín de poblaciónextranjera  y mercado de trabajo deltercer trimestre de 2013, en el que se recogen estos datos que ayudarán sin duda a colocar el debate en un contexto menos teórico y más real: “Según la EPA del tercer trimestre de 2013 la población activa extranjera en Cataluña se estima en 584.600 personas: 347.000 están ocupadas y 237.200 desempleadas. La afiliación media a la Seguridad Social de septiembre de 2013 es de 374.343 personas extranjeras; 108.899 comunitarias y 265.444, extracomunitarias. Cataluña es la comunidad autónoma con un mayor número de afiliados extranjeros en cifras absolutas y la tercera en proporción respecto de la afiliación total de la comunidad autónoma. La tasa de paro de los extranjeros en el tercer trimestre se sitúa en el 40,6 % 17,8 puntos por encima de la tasa de desempleo total en Cataluña (22,8%). De enero a septiembre de 2013 los extranjeros han formalizado 346.703 contratos laborales (el 21,7 % del total)”.

Buena lectura de todos los documentos.

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