domingo, 29 de octubre de 2017

El empleo juvenil. Realidad social, marco jurídico y propuestas de reformas.



Reproduzco en esta entrada del blog la introducción de un artículo de próxima publicación en la revista "Gaceta sindical. Reflexión y debate", editada por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, y remito a todas las personas interesadas a la lectura del texto íntegro en el enlace adjunto. 





1. Introducción.

Pongo mi atención en el presente artículo en dos ámbitos: el primero es de carácter general, con consideraciones varias sobre cómo creo que debemos abordar esta problemática; el segundo, más concreto, es el del estudio, forzosamente breve, del marco jurídico a escala europea y española.    

Las reflexiones que realizaré a continuación son las propias de una persona de edad avanzada que está cada día en contacto con jóvenes universitarios desde hace casi cuarenta años y que ha visto pasar delante suyo muchísimas y diversas realidades económicas y sociales que ha afectado a los jóvenes a los que imparto docencia. A estos jóvenes les preocupa la situación del mercado de trabajo y por supuesto la alta tasa de desempleo juvenil existente en España, al igual que también preocupa a los organismos europeos e internacionales. Las reflexiones que siguen se realizan básicamente desde la perspectiva jurídica, pero sin dejar de lado la realidad social en la que se desarrolla la vida de los jóvenes y los condicionamientos políticos y económicos que hay a su alrededor. Jóvenes para los que habrá que delimitar la edad, siendo cierto que en estos momentos (ciclos de vida) llega más lejos de los 25, como lo prueba que muchas normas laborales extiendan las medidas de apoyo hasta los 30 años inclusive. 

Es decir, se trata de tener una visión global del empleo (y desempleo) juvenil, ámbito de estudio personal desde hace muchos años, animado para ello en sus inicios por quien fuera mi maestro el jesuita Joan N. García-Nieto, en el bien entendido, y comparto plenamente la tesis de la OIT en su Informe “La crisis del empleo de los jóvenes. ¡Actuemos ya!, presentado en la Conferencia internacional del trabajo de 2012[1], y que he defendido en anteriores trabajos en los que he abordado la problemática del empleo juvenil, que “los jóvenes no constituyen un grupo homogéneo, de ahí que sea más eficaz centrarse en determinados grupos y desventajas y vulnerabilidades específicas en el mercado de trabajo”, y que para conseguir que ello sea posible “es necesario contar con los recursos y las capacidades administrativas que requiere la aplicación de este tipo de programas específicos y de gran complejidad”. En la misma línea, un estudio publicado en 2014 por la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, titulado “Análisis de las transiciones de los jóvenes en Europa”[2] concluye que “A la hora de diseñar políticas, es esencial reconocer que los jóvenes constituyen un grupo muy diverso, con características distintas y a menudo con múltiples necesidades. Las políticas, además de compartir un mismo objetivo, deben presentar enfoques distintos y adaptarse a las necesidades individuales, con apoyo personalizado de los asesores personales que intentan obtener el máximo partido de la correspondencia entre la persona y cualquier intervención”[3].


[3] Tal como destaca la OIT en su informe del pasado año sobre el empleo juvenil en el mundo , entre los principios rectores que deben guiar la actuación internacional en la materia se subraya la necesidad de tomar en consideración la diversidad de las situaciones nacionales “para elaborar un conjunto de políticas multidimensional, coherente y adaptado a cada contexto”, y que todas las políticas que se adopten deberán tener como norte, para ser efectivas, “corregir los desajustes entre los puestos de trabajo disponibles y las competencias de los jóvenes que limitan el acceso a las oportunidades de empleo”, así como también que toda la elaboración de la política juvenil en materia de empleo, tanto a escala internacional como nacional, debe otorgar la máxima importancia a su creación, con atención tanto a la cantidad como a la calidad, elaborándose por las autoridades respectivas, junto con la participación de los agentes sociales, “planes de acción nacionales integrados, con plazos definidos y con objetivos medible para el empleo decente”. http://www.ilo.org/global/research/global-reports/weso/2016/lang--es/index.htm (última consulta: 26 de octubre de 2017)

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