viernes, 21 de diciembre de 2012

Examen de las recientes propuestas presentadas por la Comisión Europea sobre el empleo juvenil.




1. La Comisión Europea presentó el pasado día 5 el llamado “paquete de empleo juvenil”. De la documentación cabe destacar una Comunicación dedicada al análisis de cómo facilitar el acceso de los jóvenes al empleo, una propuesta de Recomendación del Consejo sobre el establecimiento de una “garantía” para acceder a una actividad formativa o a un empleo tras un período de tiempo no superior a cuatro meses desde la finalización de los estudios o la pérdida del trabajo anterior, y otraComunicación que aborda sobre cómo conseguir un marco de calidad para las prácticas de de los estudiantes o de los jóvenes que ya han finalizado sus estudios (la preocupación por evitar que esos “stages” se conviertan en una mera sustitución de la mano de obra de la empresa es clara y evidente en la Comunicación), y que es un documento de trabajo para la consulta de los agentes sociales antes de decidir si esta cuestión es regulada de forma autónoma por ellos o intervienen los poderes públicos de la UE.


2. La preocupación por el empleo juvenil aparece en numerosos documentos de la UE desde hace varios años, tanto en Comunicaciones como en las conclusiones del Consejo Europeo o del de Política de Empleo (EPSCO) y por supuesto en las orientaciones generales de  política de empleo, y a ellos les he dedicado atención en anteriores entradas del blog. Ahora, junto a las propuestas presentadas el día 5 de diciembre, hay otros textos que deben ser citados por su interés para el tratamiento del empleo juvenil y del acceso de los jóvenes al mundo del trabajo, ya sea vía formativa, como asalariados o como trabajadores por cuenta propia o emprendedores.  Destaco algunos de ellos:

A) Muy recientemente, las conclusiones del Consejo Europeo celebrado la pasada semana (13 y 14 de diciembre), en el que se valoran positivamente las propuestas de la Comisión y se pide al Consejo que estudie las medidas propuestas “con vistas a la adopción de la Recomendación sobre una garantía juvenil a comienzos de 2013, teniendo en cuenta las situaciones y las necesidades nacionales”, e invita igualmente a la Comisión a que “concluya rápidamente el marco de calidad para los períodos de prácticas, establezca la Alianza para Formación de Aprendices y presente la propuesta para el nuevo Reglamento EURES”.

B) En su reunión de 26 de noviembre el Consejo de Educación alcanzó unas conclusiones sobre laeducación  y la formación en Europa 2020, con el título “la contribución de la educación y la formación a la recuperación económica, al crecimiento y al empleo”. Recuerda que las propuestas del Consejo a los Estados miembros han insistido en “la facilitación de la transición de los jóvenes de la educación y  la formación al mercado de trabajo”, e insiste (¿habrá dinero para ello?) que la inversión en educación y formación “es un componente clave para el desarrollo económico y la competitividad, los cuales son a su vez esenciales para la creación de empleo”. El Consejo invita a los Estados a incluir en los programas de educación y formación “más elementos basados en el trabajo, en particular en la educación y formación profesionales”.

C) La atención a los jóvenes, y con particular atención a los de origen migrante, también ha centrado la atención del Consejo y de los representantes de los Estados miembros. En las conclusiones de la reunión del 27 de noviembre se destaca que la integración social de los jóvenes implica, entre otras medidas, el acceso a los servicios de enseñanza formal y aprendizaje formal y no formal, y al empleo, “con independencia del sexo, el origen racial o étnico, la religión o creencia, las discapacidades, la edad o la orientación sexual”. Se destaca como muy importante el aprendizaje de la lengua o lenguas oficiales del país de acogida para que los jóvenes migrantes puedan participar plenamente en todas las actividades educativas, culturales y sociales, y se invita a los Estados miembros, en el marco de sus competencias, a que “ayuden a los jóvenes móviles de la UE y a los jóvenes de origen migrante en la transición de la enseñanza o la formación profesional al trabajo, y garanticen la igualdad de acceso de todos los jóvenes a los sistemas de garantía juvenil según la legislación y los servicios nacionales”.

D) Un documento de indudable importancia es la Comunicación de 20 de noviembre, sobre aquello que se denomina “un nuevo concepto de educación”, y que se concreta en “invertir en las competencias para lograr mejores resultados socioeconómicos”. No va dirigida en concreto a los jóvenes, sino al conjunto de la población, pero sin duda afecta de forma relevante al segmento más joven de la población, ya sea como estudiante o trabajadora, y así se manifiesta de forma clara en la introducción del texto cuando se afirma que los retos más apremiantes para los Estados son “atender las necesidades de la economía y buscar soluciones para atajar la escalada del desempleo juvenil”.

El texto insiste sobre algunas carencias o debilidades de los sistemas educativos y formativos, y resalta que el nivel de cualificación requerido para poder ocupar puestos de trabajo se habrá incremento en un 20 % al final del decenio. De ahí que llame a la educación a “elevar sus exigencias y niveles de capacitación para atender esta demanda”, y también a fomentar “las aptitudes transversales necesarias para que los jóvenes puedan ser emprendedores y adaptarse a los cambios, cada vez más inevitables, que se producirán en el mercado de trabajo a lo largo de su carrera profesional”, pidiendo que la experiencia del mundo real se integre en todas las disciplinas y se adapte a todos los niveles de la educación.

Para abordar la lucha contra el desempleo juvenil la Comisión formula cuatro propuestas de actuación, en buena medida concretadas en las propuestas presentadas el 5 de diciembre, y son las siguientes: “Desarrollar una educación y formación profesionales de nivel internacional a fin de aumentar la calidad de las aptitudes profesionales. Promover la formación en el lugar de trabajo con períodos de prácticas, formación de aprendices y modelos de aprendizaje dual de calidad, para apoyar la transición de la formación al empleo. Promover asociaciones entre instituciones públicas y privadas, a fin de garantizar una oferta apropiada de programas de estudios y aptitudes. Fomentar la movilidad gracias al programa Erasmus para Todos”.  

Especial importancia se confiere a la inversión en educación y formación profesional, considerándola relevante, y en especial los sistemas de formación duales, para facilitar el acceso al empleo juvenil y con una preparación adecuada. Se pide una mayor implicación del mundo empresarial en el ámbito educativo y una mejor preparación del profesorado para atender a la cada vez más creciente diversidad de la población estudiantil y poder mejorar los resultados del aprendizaje y así facilitar la posterior incorporación al mercado laboral. La Comisión pide a los Estados miembros que adopten medidas específicas para “facilitar la transición de la escuela al trabajo, reducir los obstáculos a la movilidad y mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo para que los jóvenes tengan un mayor acceso a las oportunidades de empleo”, con un amplio elenco de propuestas contenidas en el documento ahora analizado, que deben ir acompañadas de los mecanismos de financiación adecuados y necesarios para su puesta en marcha.

Desde el ámbito de la UE se seguirá formulando propuestas a los Estados para mejorar los resultados educativos y formativos, se creará una “alianza de los períodos de formación de aprendices en la UE” y también un “espacio europeo de las aptitudes y cualificaciones” para facilitar su reconocimiento en ámbitos supraestatales.

En relación con estas propuestas, cabe destacar que la Comunicación de 5 de diciembre pone de manifiesto, tras el análisis de las políticas puestas en marcha por los Estados miembros, que la mejor integración en el mercado de trabajo de los jóvenes se observa en aquellos países “que tienen un mayor número de estudiantes que realizan prácticas de calidad o que se benefician del conocimiento profesional durante los primeros cursos educativos o de formación, o que tienen unos sistemas de aprendizaje bien consolidados”, y recuerda la importancia de la adaptación de las cualificaciones ya que, aunque hay un importante número de personas desempleadas en la UE, también hay casi dos millones de puestos de trabajo que están vacantes por no disponer los trabajadores de las competencias requeridas para poderlos ocupar.

3. En los documentos presentados el 5 de diciembre no hay duda de que la estrella es la propuesta decreación de una “garantía juvenil”, consistente, según la explicación de la propia Comisión, en que “en un  máximo de cuatro meses tras acabar los estudios o quedarse en paro, los jóvenes de hasta 25 años reciban ofertas de trabajo, formación, aprendizaje o prácticas de calidad”, con ayuda financiera por parte de la UE a través de la reasignación de recursos del Fondo Social Europeo, siendo el objetivo de la Comisión que la propuesta de Recomendación se apruebe el próximo mes de febrero y se empiecen a adoptar las medidas oportunas por los Estados para su efectiva aplicación, dejando para el período estival de 2013 la puesta en marcha de otras medidas como la alianza europea para la formación de aprendices y la posible adopción de un marco de calidad de las prácticas.

En la Comunicación sobre cómo facilitar el acceso al empleo de los jóvenes se pone de manifiesto, y después se concreta en la Recomendación, que el dispositivo de garantía para la juventud debe estar basado en medidas de apoyo que se conforman alrededor de estos seis ejes: construir un enfoque basado en la asociación; la intervención temprana y medidas de activación, las medidas que permitan la integración del mercado de trabajo; el uso de los Fondos Estructurales; la evaluación continua; la mejora del sistema y su rápida aplicación.

La base jurídica para la adopción de la Recomendación es el art. 292 del Tratado defuncionamiento de la UE, ya que las competencias en materia de empleo, en especial el art. 149, no prevén una base o soporte legal específico para la adopción de una Recomendación en la materia.

En la introducción de la propuesta se destaca que la puesta en marcha de esta Garantía contribuiría a la realización de tres objetivos de la Estrategia Europa 2020 como son alcanzar la tasa de empleo del 75 % para la población de  20 a 64 años, la reducción de la tasa de fracaso escolar por debajo del 10 %, y la reducción por debajo de la cifra de  20 millones del número de personas afectadas por las situaciones de pobreza y exclusión social. Además, la Comisión es consciente de que la propuesta debe tomar en consideración las circunstancias nacionales, regionales y locales de cada Estado, y llama la atención sobre la importancia de que se tenga presente la cuestión de género y la diversidad de los colectivos desfavorecidos.

Para que esta propuesta tenga una aplicación real y eficaz, se requiere una implicación estrecha de los agentes sociales y una adecuada relación entre los servicios de empleo públicos y privados, y del mundo empresarial, a fin y efecto de “facilitar la transición del desempleo, de la inactividad o de la educación hacia el empleo”.  

La Comisión propone prestar especial atención a los jóvenes que han abandonado de forma prematura sus estudios y a los que tienen bajo nivel de cualificación, mediante programas educativos y formativos especialmente adaptados a su situación y que les permitan adquirir las cualificaciones que no pudieron obtener con anterioridad. En cuanto a las medidas más directamente vinculadas al mercado de trabajo la Comisión propone a los Estados miembros, en coherencia con las orientaciones generales de política de empleo para el período 2011-2014, reducir los costes no salariales para facilitar su contratación; también, adoptar medidas económicas de ayuda a la contratación o subvenciones salariales para colectivos desfavorecidos; promover la movilidad de la mano de obra en el seno de la UE; multiplicar los servicios de ayuda a la creación de empresas; en fin, reforzar los mecanismo de ayuda a los jóvenes que hayan abandonado los dispositivos de activación y que no puedan acceder a prestaciones por no tener derecho a ello. La Comisión es también consciente de la importancia de adoptar medidas que incentiven la participación empresarial, ya que “la formación mediante el trabajo no puede existir más que en aquellos países donde las empresas se adhieren a este concepto y ofrecen plazas de aprendizaje, de actividad formativa a los estudiantes o colaboran con los centros educativos”.

4. En definitiva, se trata de poner en marcha medidas que eviten la dilapidación del capital humano, con los costes económicos y sociales que la situación de desempleo, inactividad, y falta de participación en el sistema educativo de muchos jóvenes implica para toda la sociedad. Los datos aportados por un estudio de Eurofound son significativos: el coste anual en Europa de que los jóvenes no dispongan de empleo o no participen en el ámbito educativo o formativo, se cifran actualmente en el 1,2% del PIB de la UE, unos 153 mil millones de euros.

Buena lectura de los documentos.

No hay comentarios: