1. El lunes 12 de septiembre
el Consejo Económico y Social de Barcelona ha organizado un acto de presentación
del libro publicado por el profesorAdrián Todolí “Regulación del trabajo y políticaeconómica. De cómo los derechos laborales mejoran la economía”
Agradezco a su
presidente, Sr, Francesc Castellana , la amabilidad que ha tenido de invitarme a participar en la misma, junto con
la periodista de la revista Alternativas Económicas Ariadna Trillas .
Sin duda es una satisfacción estar presente en un acto de presentación de un
libro de un miembro de la comunidad jurídica iuslaboralista y poder debatir
sobre la relación entre el derecho y la economía, y más exactamente, por seguir
el hilo conductor de la obra del profesor Todoli, de cómo la regulación de los
derechos laborales en buena y positiva para la economía, y por ello obviamente
para la mayor parte de la ciudadanía.
En la sinopsis del
libro se destaca como conclusión que “...el factor del crecimiento económico,
como argumento de legitimidad social de las normas laborales, no debería ser
monopolizado por los que apoyan la desregulación de los mercados laborales
cuando, en muchas ocasiones, la realidad es la contraria: la búsqueda de la
productividad requiere de derechos laborales fuertes”
Una síntesis de las
tesis principales del libro puede leerse en la entrevista que efectuó a su
autor la redactora de eldiario.es especializada en materia laboral Laura Olías poco
después de la publicación, , de la que reproduzco una frase del autor: “... las tesis dominantes en la
economía, sobre todo a partir de los años 80, apuntan que la mejor manera para
mejorar la economía es que el Estado se mantenga al margen y no intervenga. La
realidad es que esto no es así y, de hecho, en los últimos años se está viendo
cómo cada vez hay más estudios empíricos que apoyan la tesis contraria. Es
decir, que es necesario que haya derechos laborales como presupuesto para que
la economía pueda mejorar”.
Tesis semejantes habían
sido defendidas por el autor en un artículo publicado poco antes en el diario
El País, “Hazlo por la innovación” , en el que, refiriéndose a la importancia del salario mínimo y el debate en
aquel momento, y añado yo ahora que sigue existiendo en la actualidad, se
manifestaba en estos términos: “... para florecer la economía requiere de
incrementos de productividad a cargo de mejoras de procesos, metodologías de
trabajo y tecnología. Algo que no tendrán incentivos para hacer mientras puedan
suplir la carencia de productividad con trabajadores baratos. Incrementar los
salarios en nuestro país es un imperativo, no solo para mantener la dignidad y
la capacidad de compra de los trabajadores, sino para incentivar la deseada
innovación”.
En su obra, el
profesor Todolí dedica la primera parte a los orígenes del Derecho del Trabajo,
o lo que es lo mismo, a la necesidad de
su aparición y desarrollo, estableciendo los paralelismos que considera
existentes con la situación contemporánea, para pasar inmediatamente a continuación
a los cambios en el mundo del trabajo que han llevado, de la mano de decisiones
claramente ideológicas, de los cambios
en la organización y estructura empresarial, y del impacto de la tecnología, a
una realidad que conviene abordar con nuevo marcos regulatorios, añado por mi parte
que tanto legales como convencionales ya que la negociación colectiva fuerte es
el santo y seña de un Derecho del Trabajo reforzado.
Buen conocedor del
mundo económico, el autor no es solo laboralista sino también Licenciado en
Economía, la parte segunda está dedicada al análisis de la política económica y
de como los derechos laborales pueden, y deben , contribuir a la mejora de la economía,
que se sintetiza en la sinopsis de la obra en estos términos: “... se estudian
las principales justificaciones para la intervención en el mercado de trabajo
en el contexto económico-empresarial actual, siendo estas: 1) el crecimiento
económico; la predistribución de la riqueza; 3) una asignación meritocrática de
las condiciones laborales entre los propios trabajadores. Para ello, se
analizan todas las instituciones laborales desde una perspectiva económica con
objeto de conocer las ventajas que aportan estas a la eficiencia, a la
productividad y al crecimiento económico”.
Por fin, la tercera
parte, aborda las nuevas realidades productivas desde la perspectiva de los cambios
en la figura del sujeto empleador, poniendo el acento en lo que califica de la “estructura
empresarial relevante”, como criterio delimitador del Derecho del Trabajo, para
concluir con unas reflexiones finales, en las que, volviendo sobre las ideas
plasmadas en el inicio de la obra, nos habla de los “mitos sobre la regulación
laboral y la economía”, habiendo pretendido a lo largo de todo el libro, recupero
ahora una frase de la introducción, “... escuchar y debatir, alejándonos de las
preconcepciones y ofrecer argumentaciones que permitan destruir los prejuicios
y los mitos”, para tratar de argumentar, con fuerte apoyo doctrinal tanto jurídico
como económico, que “.. no existe disyuntiva entre la regulación laboral y el
crecimiento económico porque los derechos de los trabajadores actúan como
promotores de la eficiencia económica y de la productividad. Entre otras razones,
debido a que los derechos de los trabajadores ponen límites a la competencia en
costes de las empresas incentivando la inversión en tecnología, la formación de
los trabajadores y la innovación organizativa que acaba provocando mejoras en
la economía”.
Ampliamente
desarrolladas, y fundamentadas, estas tesis, a lo largo de 200 páginas, el
autor concluye que la intervención en el mercado de trabajo, y los derechos
laborales, “mejoran la eficiencia, la productividad y pueden ayudar a la
creación de empleo”.
2. El debate, sin
duda muy interesante, que se producirá durante la presentación del libro, me ha
llevado a recordar cuáles eran las tesis que defendía por mi parte en el ya
lejano año 2007, es decir, poco antes del inicio de la grave crisis económica de
2008.
En una breve
entrada publicada a mediados del mes de noviembre, titulada “¿Para qué haservido? ¿Para qué sirve el Derecho del Trabajo?” me manifestaba en estos términos: “De forma sucinta creo que puede afirmarse
que ha contribuido a lo largo de su historia a mantener unas relaciones de
trabajo equilibradas, en donde el justo contrapeso entre derechos individuales
y colectivos de los trabajadores y el poder de dirección y organización de la
empresa ha ido modulándose en el tiempo en atención a diversos factores, como
son el poderío del movimiento sindical, la influencia del gobierno de turno o
los intentos de desregulación del mercado de trabajo. No ha cuestionado el
sistema económico dominante, pero fundamentalmente en los países donde ha
prevalecido largos años la influencia socialista o socialdemócrata en la vida
política y sindical ha conseguido indudables avances en las condiciones
laborales del mundo del trabajo, tanto en su vertiente laboral en sentido
estricto (reducción de la jornada laboral, garantías contra las extinciones
indiscriminadas de la relación laboral, etc.), como en el ámbito de la
protección social, por medio de la consolidación y desarrollo del Estado del
Bienestar.
El Derecho del
Trabajo ha servido para pacificar en muchas ocasiones nuestras sociedades, y
para desactivar o canalizar la conflictividad social existente. Este
ambivalente papel, este equilibrio entre lo deseable y lo posible, se ha
construido alrededor de varias claves o ideas-eje, fundamentalmente en la
segunda mitad del S. XX (intervencionismo estatal proteccionista, papel
impulsor del movimiento sindical, contratación laboral estable, etc.), que
siguen siendo válidas a mi entender en la actualidad pero que deben adecuarse,
para seguir siendo eficaces y operativas, a las nuevas realidades productivas y
a los cambios socio-económicos imperantes en nuestras sociedades, pues el
Derecho del Trabajo es incomprensible si no está interrelacionado con los
restantes elementos de la realidad social, y si esta realidad social cambia hay
que plantearse en qué medida deben cambiar las notas que definen el tipo de
relación social que es objeto de la norma laboral. Adecuación que, además, debe
permitir resistir los impulsos que poseen algunos sectores del fundamentalismo
liberal de reducir el Derecho del Trabajo a su mínima expresión, o si acaso de
darle un “new look” que satisfaga de forma total y absoluta los intereses de un
sector minoritario del empresariado, con el riesgo que ello plantearía
nuevamente de quiebra o puesta en tela de juicio de un cierto equilibrio social
que todavía existe hoy a mi parecer en numerosos Estados desarrollados”.
¿Hay que adaptar
estas tesis a las nuevas (aunque algunas aparentemente modernas no sean sino
una versión edulcorada de realidades ancladas en los años ochenta del pasado
siglo XX y sólo con las modificaciones introducidas por el desarrollo tecnológico)
realidades laborales? Por supuesto, siempre que mantengamos el ADN del Derecho
del Trabajo y demostremos, tal como hace el profesor Todolí en su obra, que la
normativa laboral, tanto legal como convencional, es positiva para la economía,
y por consiguiente, y es aquí donde hay que poner el acento y enfatizar, para
la mayor parte de la población.
Seis años más
tardes, mi reflexión sobre la problemática laboral era
expuesta en estos términos : “Hay que
tomar conciencia de la importancia del derecho al trabajo como un derecho de
ciudadanía, y a continuación adoptar las medidas necesarias, tal como propugna
la OIT, para que sea un trabajo decente, con derechos que permitan tener una
vida laboral digna para toda persona trabajadora Es curioso que haya que volver
a los orígenes del Derecho del Trabajo para recordar que aquello que puede ser
bueno para un empleador, la máxima explotación de la fuerza de trabajo, es
nocivo para el conjunto de la sociedad, razón por la que se adoptaron las
primeras normas laborales. Por ello, y en el siglo XXI, pensar el trabajo en
términos únicamente de ingresos económicos, me parece erróneo, aunque sea
importante, ya que si no va acompañado de un desarrollo de la persona perderá
todo su valor. Y no olvidemos, por favor, que no todo trabajo se encuentra en
el mercado. La vida laboral es mucho más que normas, y de ahí la importancia
del día a día de las relaciones de trabajo, donde la flexibilidad y el acuerdo
entre las partes es mucho, muchísimo mayor de lo que algunos organismos internacionales,
europeos y españoles creen. Si planteamos el debate sobre el pleno empleo
vinculándolo a reducción de derechos económicos y sociales nos estaremos
equivocando. Sí es cierto que hay que plantearse cómo está cambiando el trabajo
y el impacto sobre el mismo, por ejemplo, del cambio tecnológico, de los datos
demográficos de envejecimiento de la población en países desarrollados, de la
mayor presencia femenina en el mercado laboral y de la necesaria incorporación
de los jóvenes. Es este el debate, y no el de una reducción de condiciones de
vida, y de trabajo, para gran parte de la población mientras se incrementan
cada vez más las desigualdades sociales. Al hablar de pleno empleo no podemos
pensar únicamente en un porcentaje bajo de trabajadores desempleados, sino
también y muy especialmente “la categoría de los puestos de trabajo disponibles
y los ingresos que generan”, pues no basta con que una persona pueda trabajar
sino que es necesario que este trabajo sea gratificador, que satisfaga las
necesidades materiales y sociales de las personas; o dicho de otra forma, hay
que apostar por un “trabajo decente”.
Con diez años de
diferencia desde el artículo de 2007 en el tiempo, me permito remitir a las
personas interesadas a la lectura de la entrada “Futuro del trabajo, economíade plataformas, inmigración laboral. Ante los cambios en las relaciones detrabajo. A propósito del I encuentro universitario de investigadoras, personasexpertas y redes sobre el futuro del trabajo” , del que reproduzco unos breves fragmentos: “... El futuro del trabajo y el
impacto de la tecnología, es decir principalmente de cómo afectan los procesos
de digitalización y robotización de actividades productivas, tanto sobre las
personas trabajadoras como sobre sus concretas condiciones de trabajo, está
mereciendo especial atención por parte de la doctrina laboralista en revistas
especializadas. Más aún, la economía de plataformas (prefiero este término al
más habitualmente utilizado de economía colaborativa porque creo que muchas de
las empresas que suelen incluirse en los análisis no tienen precisamente la
nota de colaboración entre los sujetos implicados en su ADN) cada vez está
siendo objeto de mayor interés por la joven (utilizo esta término en un sentido
bastante amplio o flexible) doctrina iuslaboralista, como lo prueban igualmente
los numerosos artículos publicados en los últimos tiempos, de los que aquellos
que he seleccionado para referenciar son sólo evidentemente una pequeña muestra
y que no implican en modo alguno que no haya otros del mismo valor en otras
revistas y publicaciones. La tercera y
cuarta parte prestarán atención a esta problemática.
En fin, en todos
nuestros debates la problemática de la inmigración aparece de forma recurrente,
con toda razón ya que el fenómeno migratorio forma parte indisoluble de la
realidad económica y social de nuestro tiempo, como lo ponen de manifiesto los
informes periódicos de la OIT y de otros foros internacionales, y desde luego
en España no es en modo alguno, ni mucho menos, una excepción. Por ello,
también dedicaré un apartado, el quinto, de este texto a algunas recientes
aportaciones de índole internacional y
europeas, y a la aportación de datos estadísticos recientes sobre la situación
en España, tanto por lo que respecta a la problemática estrictamente laboral
como por lo que respecta a los datos más generales disponibles sobre la
presencia de personas extranjeras, comunitarias o extracomunitarias, en nuestro
país”.
Y en un artículo publicado poco después concluía así: “Las
relaciones de trabajo siguen siendo conflictivas, la desigualdad de partes
sigue existiendo, la subordinación al poder de dirección organización y
disciplinario del empleador, también; la reformulación del presupuesto
substantivo de la ajenidad, para atender a las nuevas (algunas no tanto, ni
mucho menos) realidades laborales basadas en aplicaciones informáticas, no
obsta a que este siga existiendo. Y, más allá, aquello que se considera del
todo punto necesario es que toda persona trabajadora, asalariada o autónoma,
tenga unos derechos laborales y de protección social garantizados. O, al menos,
es lo que defendemos quienes creemos que la existencia de tales derechos
garantiza, mínimamente al menos, la necesaria cohesión social que debe existir
en toda sociedad democrática”.
3. Causalidades de
la vida, o no exactamente ya que siempre se publica en estas fechas, la
presentación del libro del profesor Todolí coincide con la publicación, el 9 de
septiembre, del informe anual de la OCDE sobre “Perspectivas del empleo” , este año de renovado interés por los análisis
que se efectúan de las consecuencias de la crisis desencadenada desde mediados
de 2019 por la Covi-19, la progresiva recuperación de la economía aunque con
desigual impacto sobre la población trabajadora, y el impacto que tendrá, corrijo,
que ya está teniendo, el conflicto bélico provocado por la invasión rusa de Ucrania.
Además, el
especial interés también radica en la petición que efectúa la OCDE a los
gobiernos para que intervengan “audazmente” en los mercados de trabajo para
corregir la situación actual y evitar nuevos desequilibrios y desigualdades
sociales, o el incremento de las ya existentes.
¿Hay razones para
esa intervención? Sí, por supuesto, siendo una de ellas, y no poco importante,
la previsión de reducción del PIB, que inicialmente era del 4,5 % en diciembre
de 2021, al 3 %, con la consecuencia de que la inflación sostenida “erosione
los ingresos reales de los hogares”. Es un dato ciertamente positivo que los
países de la OCDE hayan creado unos 66 millones de puestos de trabajo, 9
millones más de los que se destruyeron en pocos meses al inicio de la pandemia
en 20202, pero lo es mucho menos que estas cifras agregadas ocultan importantes
diferencias entre países y grupos, poniendo de manifiesto el estudio que “en
varios países, las tasas de actividad y de empleo siguen estando por debajo de
los niveles anteriores a la crisis. Además, el empleo está creciendo con más
fuerza en las industrias de servicios de alta remuneración, mientras que
permanece por debajo de los niveles anteriores a la pandemia en muchas
industrias de baja remuneración e intensivas en contactos”. Mucho más
preocupante es que ”los salarios nominales están creciendo menos que la
inflación y se prevé que sigan haciéndolo”, por lo que “... a pesar del crecimiento sostenido del empleo y
de la escasez generalizada de mano de obra, la renta real disponible de los
hogares ya estaba disminuyendo en el último trimestre de 2021 y, en muchos
países, ese descenso continúa en 2022, debido a que el crecimiento de los
salarios no sigue el ritmo de la inflación”, siendo especialmente afectados los
colectivos más desfavorecidos, que el estudio concreta en “los jóvenes, los
trabajadores con bajo nivel de educación, los inmigrantes y las minorías
raciales/étnicas, que están sobre representados en las industrias de baja
remuneración”, enfatizando la importancia que está teniendo en esta realidad
negativa para muchos hogares, en especial para los de menores ingresos, el
aumento del precio de los alimentos y de la energía, y defendiendo que ajustar
el salario mínimo para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores mal
pagados “es una de las opciones políticas que podrían considerar los gobiernos”.
4. Decía con
anterioridad que la importancia de la normativa convencional, de la negociación
colectiva, para la mejora de la situación de la población trabajadora y para la
redistribución de la riqueza, era del todo punto importante, siendo necesario
para ello que existan potentes organizaciones sindicales y empresariales, y
también que la economía cumpla con una de las reglas básicas, que es la libre
competencia. De la segunda, es bien sabido, y el libro del profesor Todolí lo
explica con detalle, que desaparece en muchas ocasiones por la presencia
abrumadora de unas pocas grandes empresas que controlan gran parte de los
mercados, y el éxito de la primera es difícil de alcanzar si hay políticas que
debilitan, deliberadamente, el movimiento sindical , como ha ocurrido en las
últimas décadas en muchos países, por lo que “... en ausencia de poder
compensatorio por parte de los trabajadores organizados, los empleadores suelen
conservar un poder significativo para determinar unilateralmente los salarios y
las condiciones de trabajo”.
Por ello, no de
extrañar que se llame, a los efectos de proteger el nivel de vida, al reequilibrio
del poder de negociación de los agentes sociales, para que los trabajadores “puedan
negociar efectivamente su salario en igualdad de condiciones”, con medidas,
entre otras, de potenciación de las organizaciones sindicales y empresariales
y, algo que es de especial interés desde la perspectiva española por nuestra regulación
normativa, “ampliar la cobertura de los convenios colectivos”.
La importancia de las
políticas activas de empleo sigue teniendo un papel relevante en los informes
de la OCDE, y desde luego en el de 2022 no es una excepción, con propuestas que
me atrevo a decir que también son acogidas en documentos de trabajo del Consejo
Económico y Social de Barcelona, cuales son las de prestar especial atención a
los colectivos que tienen más necesidades de ellas. Así se recoge en el Informe
2022: “La reconexión de los grupos poco cualificados y otros grupos vulnerables
con el empleo es también una de las formas más eficaces de preservar su nivel
de vida. Esto implica apoyar la creación de empleo, pero también ampliar las
políticas activas del mercado laboral. Aproximadamente dos tercios de los
países de la OCDE han aumentado su presupuesto para los servicios públicos de
empleo desde el inicio de la crisis COVID-19. Sin embargo, aumentar el gasto
puede no ser suficiente. La forma en que se gasta ese dinero es igual de
importante. Los servicios de empleo y formación deben ser integrados, completos
y llegar a las empresas que crean puestos de trabajo y a los más vulnerables”.
¿Y qué decir de
mejorar las condiciones de trabajo, en especial en aquellos empleos esenciales,
de primera línea tanto durante la crisis como en muchos otros momentos,
las y los trabajadores “prescindibles” que
pasaron a ser en poco tiempo “imprescindibles” No es sospechosa la OCDE de ser una organización izquierdista o demagógica, y
por ello deberían ser leías con mucha atención sus manifestaciones sobre el
hecho de que la escasez de mano de obra, también en este tipo de trabajo, “... en
parte, ... se debe a las duras condiciones de trabajo y/o a los bajos salarios
en determinadas industrias o áreas dentro de ellas, que hacen que los
trabajadores abandonen sus puestos de trabajo o no se presenten a las ofertas
de empleo en estas industrias. Durante la crisis y la recuperación de COVID-19,
los gobiernos han tomado diversas medidas para hacer más atractivos ciertos
empleos mal pagados, y en particular los de primera línea. Pero estas medidas a
menudo no van lo suficientemente lejos como para mejorar la calidad del empleo
de forma duradera y, por tanto, abordar la escasez de mano de obra en estas
industrias. Por ejemplo, en el sector de los cuidados de larga duración, más de
la mitad de los países de la OCDE han establecido algún tipo de recompensa
única para compensar a los trabajadores por el trabajo extra durante la crisis
sanitaria. Sin embargo, sólo en menos del 30% de ellos se han tomado nuevas
iniciativas para aumentar los salarios. Para reducir la escasez de mano de obra
en estos sectores habría que centrarse en resolver los problemas estructurales
en lugar de actuar con arreglos temporales ad hoc”.
Y refiriéndose a
cuestiones de alcance en principio económicas pero que sin duda tienen un
indudable impacto sobre las condiciones de trabajo, incluidas por supuesto las
salariales, y a las que dedica especial atención el libro del profesor Todolí,
la OCDE a partir de estudios previos realizados al efecto, concluye que la
concentración empresarial “disminuye los salarios y empeora la seguridad
laboral”, por lo que se requiere por parte de los Estados “un mayor esfuerzo
político para frenar el poder de monopsonio en los mercados de trabajo mediante
la regulación de las prácticas anticompetitivas, como la colusión en la
fijación de los salarios y los acuerdos de no competencia, y para replantear
otras políticas del mercado de trabajo, como los salarios mínimos y la
negociación colectiva...”.
Por último y no
menos importante, el Informe 2002 aborda la problemática del tiempo de trabajo,
y concluye que unas políticas cuidadosamente diseñadas y aplicadas “pueden
mejorar el bienestar de los trabajadores y preservar el empleo y la
productividad”, conclusión a la que llega tras el análisis de las reformas
legislativas operadas en varios Estados, siempre y cuando el impacto en el
coste laboral unitario si es limitado, añadiendo que “es más probable que estos
efectos beneficiosos se produzcan si los interlocutores sociales tienen margen
de maniobra para negociar los horarios, los salarios y la organización del
trabajo en su conjunto”.
5. Remitiendo a las
personas interesadas a la lectura del informe, baste ahora reseñar que se
compone de cinco estudios.
A) El primero, está
dedicado a los recientes desarrollos de los mercado de trabajo en los países de
la OCDE, del que destaco dos datos: “el crecimiento de los salarios nominales
se mantiene en general muy por debajo de la elevada inflación del primer
semestre de 2022, lo que hace que los salarios reales disminuyan. Se espera que
la disminución del valor real de los salarios continúe a lo largo de 2022, ya
que se prevé que la inflación siga siendo elevada y, en general, muy superior
al nivel previsto en el momento de los convenios colectivos para 2022”, y “en
el conjunto de la OCDE, la tasa de empleo de los trabajadores con un alto nivel
de formación se situó ligeramente por encima de los niveles anteriores a la
crisis en el primer trimestre de 2022, mientras que la de los trabajadores con
un nivel de formación bajo y medio aún no se ha recuperado del todo. En todos
los países, el descenso del empleo de los trabajadores con un nivel de
educación inferior al terciario se asoció principalmente a un aumento de la
inactividad más que del desempleo”.
B) El segundo
estudio está dedicado al examen de cómo los países de la OCDE ha adoptado
medidas para mantener empleos y salarios durante la crisis, y como las han ido
readaptando a medida que cambiaba la situación económica, centrando su atención
en los planes de mantenimiento del empleo, las prestaciones por desempleo; las
bajas por enfermedad remuneradas, las políticas activas del mercado de trabajo,
y las políticas específicas para las mujeres, los jóvenes, los trabajadores de
primera línea y las minorías raciales/étnicas.
Se destaca que a pesar
de las medidas adoptadas, algunos grupos de trabajadores especialmente
afectados por la crisis pueden no haber sido beneficiados por aquellas,
justamente por la situación previa en la que se encontraban, si bien al mismo
tiempo se enfatiza, en base a los informes recibidos de los distintos Estados,
que “para responder a la evolución de los retos, los países han tomado medidas
generalizadas, como acelerar la digitalización, aumentar la prestación de
servicios a distancia y adaptar el diseño de las políticas”, y que de cara al
inmediato futuro (si bien los informes fueron enviados antes del inicio del conflicto
bélico de Ucrania) “las principales prioridades de los planes nacionales de
recuperación son el refuerzo de los servicios de empleo para los solicitantes
de empleo, el apoyo a la mejora de las cualificaciones, la mejora de la
inclusión en el mercado laboral y la configuración de la transformación
resultante de la digitalización y la transición ecológica”
C) El tercer
capítulo está dedica a las situaciones de monopsonio y concentración en el
mercado de trabajo. Tras explicar que “el monopsonio describe la situación en
la que los empresarios poseen un poder unilateral para fijar los salarios y el
empleo por debajo de los niveles que prevalecerían en un mercado competitivo,
en el que las empresas tienen que pagar a los trabajadores una "tarifa de
mercado" alineada con su productividad. El monopsonio no sólo implica
salarios más bajos para los trabajadores afectados, sino una mala asignación de
recursos: los salarios, el empleo y el bienestar social son menores cuando las
empresas tienen poder de monopsonio en comparación con los mercados laborales
competitivos”, y a partir de estudios previos realizados al efecto, los autores
concluyen que “Los nuevos datos que se presentan en este capítulo, basados en
datos armonizados entre empleador y empleado para varios países europeos de la
OCDE, confirman los resultados de la literatura, mostrando en particular que
los mercados más concentrados dan lugar a salarios más bajos. Las elasticidades
estimadas de los salarios a la concentración son similares en Dinamarca,
Francia, Alemania y Portugal. Se calcula que un aumento del 10% de la
concentración respecto al nivel medio reduce los salarios diarios de los
trabajadores a tiempo completo entre un 0,2% y un 0,3%. Estas estimaciones
implican que el 10% de los trabajadores que están empleados en los mercados de
trabajo más concentrados experimentan una penalización salarial de al menos un
5% en comparación con un trabajador en un mercado de trabajo con el nivel medio
de concentración”.
D) El cuarto
capitulo versa sobre las prácticas empresariales de fijación de salarios en la
desigualdad salarial, subrayándose que “alrededor de un tercio de la
desigualdad salarial global puede explicarse por las diferencias en las prácticas
de fijación de salarios entre empresas, más que por las diferencias en el nivel
y los rendimientos de las cualificaciones de los trabajadores. A su vez, las
diferencias salariales entre empresas reflejan diferencias de productividad,
pero también disparidades en el poder de fijación de los salarios”.
Para corregir
tales desigualdades, se propone que las políticas centradas en los trabajadores
(por ejemplo, la educación, el aprendizaje de adultos) deben complementarse con
políticas orientadas a las empresas, y que “Esto implica, en particular: (1)
políticas que promuevan la recuperación de la productividad de las empresas
atrasadas, lo que no sólo aumentaría la productividad y los salarios agregados,
sino que también reduciría la desigualdad salarial; (2) políticas que promuevan
la movilidad del empleo, lo que reduciría la desigualdad salarial a un nivel
determinado de dispersión de la productividad, al tiempo que mejoraría la
asignación de puestos de trabajo entre las empresas; y (3) políticas que
reduzcan el poder de fijación de salarios de las empresas con posiciones
dominantes en los mercados de trabajo locales, lo que aumentaría los salarios y
reduciría la desigualdad salarial sin efectos adversos sobre el empleo y la
producción”.
E) Por último, el
quinto capítulo aborda la política de tiempo de trabajo, considerado este tato
como un elemento clave de la vida de las personas trabajadoras como un factor
de producción, destacando su impacto sobre “aspectos no materiales” de su
bienestar, entre los que incluye “la salud, el equilibrio entre la vida laboral
y personal y la satisfacción vital, al tiempo que se preserva el empleo o la
productividad”.
Me interesa resaltar
la importancia que concede el estudio, y
la valoración positiva que efectúa, de los horarios flexibles de
trabajo, que se manifiesta en estos términos: “La capacidad de los trabajadores
de trabajar en horarios flexibles, es decir, de decidir de forma autónoma su
hora de entrada y salida, está asociada a un mayor bienestar no material en
todos los resultados considerados, tanto en la literatura como en las nuevas
pruebas a nivel individual disponibles para Australia, Alemania, Corea, Suiza y
el Reino Unido (aunque en diferentes grados entre los países). La literatura
hasta la fecha también apunta a asociaciones positivas con el empleo, los
salarios y la productividad. Los nuevos datos sobre las empresas alemanas que
adoptan un horario flexible sugieren que este sistema podría impulsar el empleo
sin afectar significativamente a la productividad por trabajador. Las empresas
que optan por la flexibilidad horaria también experimentan una disminución del
crecimiento salarial medio, lo que sugiere una posible compensación entre el
aumento de los salarios y una mayor autonomía en la determinación de las horas”.
Buena lectura.
Muchas gracias Prof. Rojo por sus palabras y su participación mañana en el acto organizado por el CESB. Para mi es todo un honor seguir su estela defendiendo la necesidad de los derechos laborales para que la economía crezca y con ello mejore la calidad de vida en la sociedad. Un debate enriquecedor nos espera. Saludos.
ResponderEliminarInteresante documento.Stajanov era un gandul al lado de la capacidad de trabajo del profesor Rojo.
ResponderEliminarSi algún día tenemos tiempo, sería útil comentar lo que opina sobre el problema que planteas Emmanuel Todd (nada sospechoso de derechismo liberal o conservador) en su libro "Où en sont-elles?Une esquisse h'histoire des femmes". Plantea una hipótesis turbadora entre irrupción de las mujeres en el mercado laboral (principalmente, de forma directa al sector servicios), feminización de ls preocupaciones, desarrollo del neoliberalismo y la desregulación (1960-2022 a nivel occidental) y acelereado hundimiento de lo colectivo. De hecho, la flexibilidad de horarios (petición típica "de género" y que está muy bien) ya arruina todo el edificio colectivo que defiendes.
Un abrazo
Gracias Prof. Rojo por su sintesis y siempre acertadas aportaciones. Felicidades Prof. Todolí por su esmerado trabajo. Legislación y economia al servicio de la sociedad, como deberia ser, que no siempre lo es. El debate de mañana promete ser interesante.
ResponderEliminarEncarna Perán
Investigaciones y remos es J.Amenós, pero se me bloquea nombre. Un saludo.
ResponderEliminarMuchas gracias Joan por tus, como siempre, provocadoras reflexiones, que a buen seguro tendremos tiempo de debatir en la reiniciada actividad prsencial universitaria. Un abrazo.
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