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jueves, 31 de julio de 2025

Plan anual de fomento del empleo digno 2025 (y breve recordatorio de los dos anteriores): Notas descriptivas de sus contenidos más destacados.


I. Introducción.

El Plan anual de fomento del empleo digno (PAFED) fue aprobado por el Consejo de Ministros celebrado el 15 de julio, junto con la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo (EEAAE), a la que dediqué mi atención en esta entrada  y en la que reproduje  la nota de prensa del  MITES  sobre aquel.

El BOE del día 31 de julio ha publicado el texto del PAFED 2025. Su índice es el siguiente:

“1. Introducción.

2. Análisis de contexto: situación actual del mercado de trabajo.

3. Marco estratégico.

4. Estructura y objetivos.

5. Criterios de elaboración.

6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo.

7. Financiación.

8. Evaluación.

Anexo I.

Programas y servicios por ejes.

Anexo II.

Resumen general por comunidad autónoma.

Servicios y programas a realizar.

Anexo III.

Dotación presupuestaria (Miles de Euros).

Anexo IV.

Documento de indicadores.

Conceptos básicos, terminología, datos y variables.

1. Indicadores de los Objetivos Clave.

2. Indicadores de los Objetivos Estratégicos.

3. Indicadores de los Objetivos Estructurales.

Anexo V.

Programa común PC00033–Transversalización de la Igualdad de Género en las políticas activas de empleo.

Glosario de siglas”.

Procedo a continuación, al igual que hice con la EEAAE, a reproducir aquellos contenidos que son a mi parecer los más relevantes del nuevo PAFED, y en especial los que aparecen en negrita, acompañados previamente de un breve recordatorio de los contenidos de los dos anteriores, basado el de 2023 en una entrada anterior publicada en este blog, y el de 2024 en la nota de prensa del MITES.

Buena lectura.

 II. PAFED 2023 

Es el primero aprobado tras la entrada en vigor de la Ley 3/2023 de 28 de febrero, y da cumplimiento al artículo 13, que dispone en su apartado 1 que “El Plan Anual concretará, con carácter anual, las directrices necesarias para alcanzar en el conjunto del Estado y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas, objetivos de la Estrategia, así como los indicadores que se utilizarán para conocer y evaluar anualmente el grado de cumplimiento de los mismos... Para ello, fijarán los servicios y programas que se desarrollarán tanto por las Comunidades Autónomas como por la Agencia Española de Empleo...”

En la Introducción se explica que el Plan 2023 “concreta los objetivos a alcanzar en este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas comunidades autónomas”, y que “recoge, asimismo, los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado de consecución de dichos objetivos, de forma que el Plan adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y evaluación. De esta manera, se consolidan los cambios introducidos en Planes anteriores con respecto a los indicadores, que han sido objeto de una notable simplificación, y que en este ejercicio continúan experimentando una mejora de la claridad y transparencia en el proceso de evaluación”, además de tener en cuenta los resultados de la tercera evaluación de las políticas de empleo, realizada por la Red de Servicios Públicos Europeos y que se completó en junio del año 2022.

Entre las novedades incorporadas destaca especialmente la inclusión como servicios comunes, y dando cumplimiento a lo dispuesto en la LE, de los servicios garantizados que se regulan en esta, así como también la mayor atención a los colectivos que la LE considera de atención prioritaria en la elaboración de las políticas de empleo. Se enfatiza que, en colaboración con las Comunidades Autónomas “se ha realizado un ejercicio de agrupación y síntesis, de manera que, el número de programas y servicios propios para el conjunto de los seis Ejes en este PAFED 2023, alcanza un total de 31”.

Se subraya con especial atención la incorporación de un nuevo Programa Común, que lleva por título “Transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de empleo”, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 4 de la LE, que fija los objetivos de la política de empleo, siendo uno de ellos “Favorecer las condiciones para la generación de mercados de trabajo inclusivos en que se garantice la efectiva igualdad de oportunidades y la no discriminación en el acceso al empleo y en las acciones orientadas a conseguirlo, procurando, en particular, la presencia equilibrada de personas trabajadoras de ambos sexos en cualesquiera sectores, actividades o profesiones, así como condiciones laborales compatibles con la corresponsabilidad de los trabajos de cuidados”, así como también que “facilita” la materialización del Objetivo Estratégico núm. 1 de la EEAAE, cual es “Enfoque centrado en las personas y en las empresas”.

Se describe el “marco estratégico” en el que se inserta el Plan, situado “dentro del escenario macroeconómico y la política económica del Gobierno, dando cumplimiento a las obligaciones europeas de coordinación de las políticas económicas nacionales y de cumplimiento de los objetivos fijados para la Unión Europea en su conjunto”.

El apartado 4 del Plan está dedicado a su estructura y objetivo, incorporando los cinco fijados en la EEAAE: Enfoque centrado en las personas y en las empresas. Coherencia con la transformación productiva. Orientación hacia resultados. Mejora de las capacidades de los Servicios Públicos de Empleo. Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional de Empleo. En cuanto a los servicios y programas del Plan se han incluido de acuerdo con los seis ejes recogidos en el art. 13 de la LE y que ya ha referenciado con anterioridad.

El Plan “contiene el conjunto de los servicios y programas que cada Comunidad Autónoma llevará a cabo, comprendiendo tanto los que establezca libremente, ajustándose a la realidad de las personas trabajadoras y del tejido productivo de su ámbito territorial, como los servicios y programas de ámbito estatal que son de aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el que vivan las personas destinatarias de las mismas”.

III. PAFED 2024.

“... - Aplica la Ley 3/2023, de febrero, de Empleo, de manera que incluye como servicios comunes, los servicios garantizados regulados en esta norma y desarrollados a través del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que ha entrado en vigor el 2 de mayo de 2024...

- Se establece un objetivo global de mejora de la empleabilidad del 10%, relacionado con la prestación y el seguimiento de las atenciones descritas en el punto anterior. El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, establece el acceso a servicios garantizados para las personas protegidas por ese nivel asistencial. Este Plan Anual fija un plazo de seis meses tras su entrada en vigor, para que a todas las personas protegidas mayores de 45 años se les garantice un perfil realizado por su Servicio Público de Empleo. Este Plan Anual contempla la elaboración de un indicador para el seguimiento de esta garantía.

- El mencionado Real Decreto-ley 2/2024 garantiza, para todas las personas protegidas, un itinerario vinculado a la formalización de un acuerdo personal de empleo, así como la asignación de un tutor o tutora. También se establece un indicador en este Plan Anual que facilite el seguimiento de estas atenciones.

... desde el Gobierno de España en colaboración con los servicios públicos de empleo autonómicos, se llevará a cabo un plan de choque frente al desempleo de larga duración, atendiendo especialmente a los mayores de 45 años, asegurando entre otros servicios, que a lo largo del año 2024 las personas en desempleo de larga duración cuenten con un perfil individualizado, que les permita acceder a oportunidades de empleo, emprendimiento o formación.

... La entrada en vigor de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que modifica ampliamente el sistema diseñado por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre y consolidado por el texto refundido del año 2015, ha traído consigo, por tanto, importantes novedades, entre las que destacan la plasmación al máximo nivel normativo un listado de 10 servicios garantizados para las personas demandantes de los servicios de empleo y de 6 compromisos a asumir por estos, así como un listado de 6 servicios garantizados y de 3 compromisos a asumir por las personas, empresas y demás entidades empleadoras...”

IV. PAFED 2025.

1. Introducción

“...  Tanto la Estrategia como los Planes Anuales para el Fomento del Empleo Digno se configuran como el marco de referencia para la coordinación y ejecución de las políticas de apoyo activo al empleo en toda España, sirviendo como base compartida a partir de la cual los diferentes servicios públicos de empleo (SPE) deben diseñar y gestionar sus propias políticas...

... En el marco de la EEAAE, el Plan 2025 concreta los objetivos a alcanzar en este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas.

El Plan recoge, asimismo, los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado de consecución de dichos objetivos, partiendo de la experiencia de la evaluación de los Planes de 2023 y 2024, de forma que adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y evaluación. De esta manera, se consolidan los cambios introducidos en Planes anteriores con respecto a los indicadores, que han sido objeto de una notable simplificación, y que en este ejercicio continúan experimentando una mejora de la claridad y transparencia en el proceso de evaluación.

Este Plan incorpora, dentro de su planteamiento general, un conjunto de medidas que responden a las innovaciones legislativas que se han aprobado en los últimos años y que han condicionado su inclusión...

“... tanto en la elaboración de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028 como en este PAFED 2025, se ha tenido en cuenta el resultado de la tercera evaluación realizada por la Red de Servicios Públicos Europeos y que se completó durante el mes de junio de 2022.

En esta tercera evaluación, pese a las mejoras destacadas por las instancias europeas en varios campos de actuación, se hicieron una serie de recomendaciones. Entre ellas, se encuentran la necesidad de la elaboración y aplicación de un marco estratégico coherente y global para los empleadores en estrecha colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A. (en adelante e indistintamente, SEPE) y todos los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas. Así, la estrategia marco podría servir de orientación para el desarrollo de estrategias concretas que tengan en cuenta la estructura y las necesidades específicas de los empleadores en las diferentes Comunidades Autónomas.

Por otra parte, se sugiere también la mejora de los procesos operativos, pues existe un enorme potencial sobre el que se podría basar la revisión sistemática de los procesos. En concreto, se remarca de abordar actuaciones como la necesidad de intensificar la cooperación y las interfaces entre el SEPE y los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas en el ámbito provincial, en los que se toman las decisiones relativas al derecho a las prestaciones de los demandantes de empleo (SEPE) y su apoyo a través de las Políticas Activas de Empleo (PAE), así como a otros servicios ofrecidos por las oficinas locales de los servicios públicos de empleo autonómicos. Otra recomendación consiste en la aplicación de mecanismos de co-creación del personal del SEPE y los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas para revisar y ajustar los procesos...”

“... (el Plan 2025) tiene importantes elementos destacables respecto al anterior. señalando los siguientes: 

          En primer lugar, entre otros puntos, se destaca el establecimiento de objetivos cuantitativos por colectivos de atención prioritaria. En el Plan Anual 2024 se establecieron por primera vez objetivos mínimos cuantitativos para el número de atenciones a personas demandantes de empleo desagregados territorialmente y por ejes. En el presente Plan Anual, también por vez primera, se desagrega territorialmente y por colectivos de atención prioritaria esa cuantificación de objetivos para cada una de las Comunidades Autónomas. Los colectivos tenidos en cuenta son: jóvenes, mujeres, jóvenes y mujeres con baja cualificación, parados de larga duración, mayores de 45 años, personas con discapacidad y personas vulnerables.

          En el PAFED 2025, se ha establecido una nueva estructura de indicadores adaptados a la EEAAE 2025-2028, estableciéndose los mismos 8 objetivos estratégicos de la Estrategia.

          Finalmente, se va a implementar un cuadro de mando que recogerá indicadores vinculados a las 6 metas de la EEAAE 2025-2028: mejora de empleabilidad, intermediación, cobertura en la atención a las personas perceptoras de prestaciones, consolidación y mejora de la calidad de las redes de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva, incremento de la participación en la formación e impulso y sistematización de la atención a las empresas. Este cuadro de mando, para algunos indicadores, se actualizará trimestralmente y se desagregará por sexo, edad, nivel formativo, Comunidad Autónoma y provincia...”

3. Marco estratégico

“... El presente Plan 2025 se enmarca dentro del escenario macroeconómico y la política económica del Gobierno, dando cumplimiento a las obligaciones europeas de coordinación de las políticas económicas nacionales y de cumplimiento de los objetivos fijados para la Unión Europea en su conjunto...

...  se considera vital la coordinación entre el Servicio Público de Empleo Estatal O.A., los servicios públicos de empleo autonómicos, los sindicatos, las patronales empresariales y las entidades educativas para vertebrar respuestas público-privadas coherentes e integradas a escala nacional...

“... las reformas ya operadas en el marco del Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia constituyen una parte fundamental del marco estratégico del Plan 2025, principalmente con la entrada en vigor de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, que modificó ampliamente el sistema diseñado por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre y consolidado por el texto refundido del año 2015, y que ha traído consigo, por tanto, importantes novedades, entre las que destacan la plasmación al máximo nivel normativo un listado de 10 servicios garantizados para las personas demandantes de los servicios de empleo y de 6 compromisos a asumir por estos, así como un listado de 6 servicios garantizados y de 3 compromisos a asumir por las personas, empresas y demás entidades empleadoras; la ampliación de los colectivos de atención prioritaria; la posibilidad de acordar criterios de distribución de carácter plurianual y la distribución de los fondos para ejercicios futuros o la incorporación de la evaluación de la política de empleo, que se realizará de forma continuada, planificada, dirigida en el seno del Sistema Nacional de Empleo y realizada con carácter externo e independiente, desarrollándose de manera adicional al conjunto de evaluaciones internas que se realicen dentro del Sistema Nacional de Empleo, sin perjuicio de otros como la incorporación de los contratos-programa para la ejecución de políticas activas de empleo con otras entidades del sector público, singularmente con entidades locales y universidades públicas, así como con las cámaras de comercio, industria, servicios y, en su caso, navegación o la introducción de las tasas de empleabilidad, intermediación y cobertura...

“... este Plan 2025 se inserta dentro de un planteamiento estratégico que pretende articular el nuevo marco de actuación que se va a poner en marcha, notablemente a través de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, próxima a su aprobación.

La Estrategia Española de Apoyo Activo el Empleo para el periodo 2025-2028, que establece el marco general de políticas activas de empleo y de intermediación laboral a desplegar de forma conjunta por el Estado y las Comunidades Autónomas, se ha gestado con un proceso altamente valioso de participación y consenso en el seno del Sistema Nacional de Empleo, y en la misma se establecen una serie de principios inspiradores, que se proyectan en objetivos estratégicos, objetivos operativos y medidas.

Así, en consonancia con el Pilar Europeo de Derechos Sociales, se fomenta la promoción del acceso a los servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional del Empleo, al tiempo que se asientan las actuaciones para el fomento de la estabilidad y la calidad en el empleo en condiciones dignas. Partiendo de una concepción de las políticas activas de empleo como una palanca esencial para la transformación productiva, se incide en la necesidad de reforzar el acompañamiento personalizado a personas y a empresas, así como a la mejora de las capacidades de los servicios públicos de empleo.

También, como primera planificación plurianual que se realiza en el marco de la nueva Ley de Empleo, debe ser coherente con la consideración de las Políticas Activas de Empleo como políticas públicas asociadas al ejercicio de derechos garantizados para la ciudadanía y las empresas. En este sentido, la nueva Estrategia no solo responderá a las recomendaciones del Pilar Europeo de Derechos Sociales y a los marcos de referencia internacionales sobre el papel que deben asumir los servicios públicos de empleo para asegurar las transiciones laborales justas y eficientes, sino que garantizará el ejercicio efectivo de los derechos previstos legalmente mediante recursos y actuaciones de carácter estable y suficiente.

Para la materialización de este enfoque, a diferencia de la Estrategia anterior que debía priorizar las reformas normativas, la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo se focalizará en asegurar el ejercicio de los derechos de los usuarios, personas y empresas, y, por tanto, en desplegar los servicios previstos en la Cartera Común regulada en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, prioridades que se reflejarán anualmente en los sucesivos Planes Anuales, y en concreto en este PAFED 2025...”

4. Estructura y objetivos.

“... En la elaboración de este Plan Anual 2025, realizado en paralelo con la elaboración de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, se han incorporado los «ocho objetivos estratégicos y los veinte objetivos operativos» incluidas en la citada Estrategia...

Los servicios y programas de este Plan 2025, desarrollados por los servicios públicos de empleo, se han organizado de acuerdo con los seis Ejes definidos en el artículo 13 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, donde se regula el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno, y que son los siguientes: orientación, formación, oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, emprendimiento, mejora del marco institucional...”.

5. Criterios de elaboración

“... En la selección de servicios y programas por parte de los distintos agentes que conforman el Sistema Nacional de Empleo se han tomado en consideración los siguientes principios:

I. Priorizar los servicios y programas de los servicios públicos de empleo, para que se adecuen a los nuevos objetivos del contexto laboral en el ejercicio 2025.

II. Focalizar los esfuerzos en aquellos colectivos de atención prioritaria, en los que las medidas establecidas resulten de mayor eficiencia y eficacia.

III. Flexibilizar los instrumentos operativos de los servicios públicos de empleo, para que puedan actuar de forma ágil e inmediata, ante los cambios del mercado de trabajo”.

7. Financiación.

“... la dotación destinada a financiar los programas y servicios recogidos en el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno para el año 2025 es de 6.388.584,34 miles de euros, que se financiarán con cargo a la cuota de formación profesional para el empleo (1.434.098,49 miles de euros); a las aportaciones procedentes del FSE (200.000,00 miles de euros y cuota de desempleo (4.754.485,85 miles de euros).

Del total indicado, se podrán distribuir entre las comunidades autónomas, para la ejecución de políticas activas de empleo, 2.571.961,03 miles de euros, de forma equivalente a lo sucedido en 2023, manteniendo el aumento del 6,49 % respecto al año 2022...”

8. Evaluación.

“El conjunto de servicios y atenciones prestadas en los Planes Anuales 2021, 2022 y 2023 han mostrado mejoras en la empleabilidad de forma generalizada, y especialmente relevantes en aquellas atenciones sostenidas en el tiempo y que incorporan acciones de formación. Esta misma metodología se aplicará en la evaluación del Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024, y en el presente Plan Anual.

Las evaluaciones de los Planes Anuales que desarrollen la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028 incorporarán evaluaciones específicas de programas comunes y propios de las comunidades autónomas, de manera progresiva de acuerdo con su peso y representatividad en el conjunto de cada Plan. Tras la impartición de dos ediciones del Diploma en Evaluación de Políticas Públicas de Empleo, los SPE de España cuentan ya con un número creciente de personas bien formadas y con buenos conocimientos para acometer esos ejercicios, coordinarlos o dirigirlos”.

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