I. Introducción.
El Plan anual de fomento del empleo digno (PAFED) fue aprobado por el
Consejo de Ministros celebrado el 15 de julio, junto con la Estrategia Española
de Apoyo Activo al Empleo (EEAAE), a la que dediqué mi atención en esta entrada y en la que reproduje la nota de prensa del MITES sobre aquel.
El BOE del día 31 de julio ha publicado el texto del PAFED 2025. Su índice es el siguiente:
“1. Introducción.
2. Análisis de contexto: situación actual del mercado de trabajo.
3. Marco estratégico.
4. Estructura y objetivos.
5. Criterios de elaboración.
6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo.
7. Financiación.
8. Evaluación.
Anexo I.
Programas y servicios por ejes.
Anexo II.
Resumen general por comunidad autónoma.
Servicios y programas a realizar.
Anexo III.
Dotación presupuestaria (Miles de Euros).
Anexo IV.
Documento de indicadores.
Conceptos básicos, terminología, datos y variables.
1. Indicadores de los Objetivos Clave.
2. Indicadores de los Objetivos Estratégicos.
3. Indicadores de los Objetivos Estructurales.
Anexo V.
Programa común PC00033–Transversalización de la Igualdad de Género en las
políticas activas de empleo.
Glosario de siglas”.
Procedo a continuación, al igual que hice con la EEAAE, a reproducir
aquellos contenidos que son a mi parecer los más relevantes del nuevo PAFED, y
en especial los que aparecen en negrita, acompañados previamente de un breve
recordatorio de los contenidos de los dos anteriores, basado el de 2023 en una
entrada anterior publicada en este blog, y el de 2024 en la nota de prensa del
MITES.
Buena lectura.
II. PAFED 2023
Es el primero aprobado
tras la entrada en vigor de la Ley 3/2023 de 28 de febrero, y da cumplimiento al
artículo 13, que dispone en su apartado 1 que “El Plan Anual concretará, con
carácter anual, las directrices necesarias para alcanzar en el conjunto del
Estado y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas, objetivos de la
Estrategia, así como los indicadores que se utilizarán para conocer y evaluar
anualmente el grado de cumplimiento de los mismos... Para ello, fijarán los
servicios y programas que se desarrollarán tanto por las Comunidades Autónomas
como por la Agencia Española de Empleo...”
En la Introducción
se explica que el Plan 2023 “concreta los objetivos a alcanzar en este año en
el conjunto de España y en cada una de las distintas comunidades autónomas”, y
que “recoge, asimismo, los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado
de consecución de dichos objetivos, de forma que el Plan adquiere un carácter
vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e
incorpora un enfoque integrado de su planificación, ejecución y evaluación. De
esta manera, se consolidan los cambios introducidos en Planes anteriores con
respecto a los indicadores, que han sido objeto de una notable simplificación,
y que en este ejercicio continúan experimentando una mejora de la claridad y
transparencia en el proceso de evaluación”, además de tener en cuenta los
resultados de la tercera evaluación de las políticas de empleo, realizada por
la Red de Servicios Públicos Europeos y que se completó en junio del año 2022.
Entre las
novedades incorporadas destaca especialmente la inclusión como servicios
comunes, y dando cumplimiento a lo dispuesto en la LE, de los servicios
garantizados que se regulan en esta, así como también la mayor atención a los
colectivos que la LE considera de atención prioritaria en la elaboración de las
políticas de empleo. Se enfatiza que, en colaboración con las Comunidades
Autónomas “se ha realizado un ejercicio de agrupación y síntesis, de manera
que, el número de programas y servicios propios para el conjunto de los seis
Ejes en este PAFED 2023, alcanza un total de 31”.
Se subraya con
especial atención la incorporación de un nuevo Programa Común, que lleva por
título “Transversalización de la igualdad de género en las políticas activas de
empleo”, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 4 de la LE, que fija
los objetivos de la política de empleo, siendo uno de ellos “Favorecer las
condiciones para la generación de mercados de trabajo inclusivos en que se
garantice la efectiva igualdad de oportunidades y la no discriminación en el
acceso al empleo y en las acciones orientadas a conseguirlo, procurando, en
particular, la presencia equilibrada de personas trabajadoras de ambos sexos en
cualesquiera sectores, actividades o profesiones, así como condiciones
laborales compatibles con la corresponsabilidad de los trabajos de cuidados”,
así como también que “facilita” la materialización del Objetivo Estratégico
núm. 1 de la EEAAE, cual es “Enfoque centrado en las personas y en las
empresas”.
Se describe el
“marco estratégico” en el que se inserta el Plan, situado “dentro del escenario
macroeconómico y la política económica del Gobierno, dando cumplimiento a las
obligaciones europeas de coordinación de las políticas económicas nacionales y
de cumplimiento de los objetivos fijados para la Unión Europea en su conjunto”.
El apartado 4 del
Plan está dedicado a su estructura y objetivo, incorporando los cinco fijados
en la EEAAE: Enfoque centrado en las personas y en las empresas. Coherencia con
la transformación productiva. Orientación hacia resultados. Mejora de las capacidades
de los Servicios Públicos de Empleo. Gobernanza y cohesión del Sistema Nacional
de Empleo. En cuanto a los servicios y programas del Plan se han incluido de
acuerdo con los seis ejes recogidos en el art. 13 de la LE y que ya ha
referenciado con anterioridad.
El Plan “contiene
el conjunto de los servicios y programas que cada Comunidad Autónoma llevará a
cabo, comprendiendo tanto los que establezca libremente, ajustándose a la
realidad de las personas trabajadoras y del tejido productivo de su ámbito
territorial, como los servicios y programas de ámbito estatal que son de
aplicación en todo el Estado, con independencia del ámbito territorial en el
que vivan las personas destinatarias de las mismas”.
III. PAFED 2024.
“... - Aplica la
Ley 3/2023, de febrero, de Empleo, de manera que incluye como servicios
comunes, los servicios garantizados regulados en esta norma y desarrollados a través
del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera
Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos
en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que ha entrado en vigor el 2 de
mayo de 2024...
- Se establece un
objetivo global de mejora de la empleabilidad del 10%, relacionado con la
prestación y el seguimiento de las atenciones descritas en el punto anterior.
El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes
para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo,
establece el acceso a servicios garantizados para las personas protegidas por ese
nivel asistencial. Este Plan Anual fija un plazo de seis meses tras su entrada
en vigor, para que a todas las personas protegidas mayores de 45 años se les
garantice un perfil realizado por su Servicio Público de Empleo. Este Plan
Anual contempla la elaboración de un indicador para el seguimiento de esta
garantía.
- El mencionado
Real Decreto-ley 2/2024 garantiza, para todas las personas protegidas, un
itinerario vinculado a la formalización de un acuerdo personal de empleo, así
como la asignación de un tutor o tutora. También se establece un indicador en
este Plan Anual que facilite el seguimiento de estas atenciones.
... desde el
Gobierno de España en colaboración con los servicios públicos de empleo autonómicos,
se llevará a cabo un plan de choque frente al desempleo de larga duración, atendiendo
especialmente a los mayores de 45 años, asegurando entre otros servicios, que a
lo largo del año 2024 las personas en desempleo de larga duración cuenten con
un perfil individualizado, que les permita acceder a oportunidades de empleo,
emprendimiento o formación.
... La entrada en
vigor de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, que modifica ampliamente
el sistema diseñado por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre y consolidado por el
texto refundido del año 2015, ha traído consigo, por tanto, importantes
novedades, entre las que destacan la plasmación al máximo nivel normativo un
listado de 10 servicios garantizados para las personas demandantes de los
servicios de empleo y de 6 compromisos a asumir por estos, así como un listado
de 6 servicios garantizados y de 3 compromisos a asumir por las personas,
empresas y demás entidades empleadoras...”
1. Introducción
“... Tanto la Estrategia como los Planes Anuales
para el Fomento del Empleo Digno se configuran como el marco de referencia para
la coordinación y ejecución de las políticas de apoyo activo al empleo en toda
España, sirviendo como base compartida a partir de la cual los diferentes
servicios públicos de empleo (SPE) deben diseñar y gestionar sus propias
políticas...
... En el marco de
la EEAAE, el Plan 2025 concreta los objetivos a alcanzar en este año en el
conjunto de España y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas.
El Plan recoge,
asimismo, los indicadores que se van a utilizar para valorar el grado de
consecución de dichos objetivos, partiendo de la experiencia de la evaluación
de los Planes de 2023 y 2024, de forma que adquiere un carácter vertebrador en
la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo e incorpora un enfoque
integrado de su planificación, ejecución y evaluación. De esta manera, se
consolidan los cambios introducidos en Planes anteriores con respecto a los
indicadores, que han sido objeto de una notable simplificación, y que en este
ejercicio continúan experimentando una mejora de la claridad y transparencia en
el proceso de evaluación.
Este Plan
incorpora, dentro de su planteamiento general, un conjunto de medidas que
responden a las innovaciones legislativas que se han aprobado en los últimos
años y que han condicionado su inclusión...
“... tanto en
la elaboración de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028
como en este PAFED 2025, se ha tenido en cuenta el resultado de la tercera
evaluación realizada por la Red de Servicios Públicos Europeos y que se
completó durante el mes de junio de 2022.
En esta tercera
evaluación, pese a las mejoras destacadas por las instancias europeas en varios
campos de actuación, se hicieron una serie de recomendaciones. Entre ellas, se
encuentran la necesidad de la elaboración y aplicación de un marco estratégico coherente
y global para los empleadores en estrecha colaboración entre el Servicio
Público de Empleo Estatal O.A. (en adelante e indistintamente, SEPE) y todos
los servicios públicos de empleo de las Comunidades Autónomas. Así, la
estrategia marco podría servir de orientación para el desarrollo de estrategias
concretas que tengan en cuenta la estructura y las necesidades específicas de
los empleadores en las diferentes Comunidades Autónomas.
Por otra parte, se
sugiere también la mejora de los procesos operativos, pues existe un enorme
potencial sobre el que se podría basar la revisión sistemática de los procesos.
En concreto, se remarca de abordar actuaciones como la necesidad de intensificar
la cooperación y las interfaces entre el SEPE y los servicios públicos de
empleo de las Comunidades Autónomas en el ámbito provincial, en los que se
toman las decisiones relativas al derecho a las prestaciones de los demandantes
de empleo (SEPE) y su apoyo a través de las Políticas Activas de Empleo (PAE),
así como a otros servicios ofrecidos por las oficinas locales de los servicios
públicos de empleo autonómicos. Otra recomendación consiste en la aplicación de
mecanismos de co-creación del personal del SEPE y los servicios públicos de
empleo de las Comunidades Autónomas para revisar y ajustar los procesos...”
“... (el Plan
2025) tiene importantes elementos destacables respecto al anterior. señalando
los siguientes:
• En primer lugar, entre otros puntos,
se destaca el establecimiento de objetivos cuantitativos por colectivos de
atención prioritaria. En el Plan Anual 2024 se establecieron por primera vez
objetivos mínimos cuantitativos para el número de atenciones a personas
demandantes de empleo desagregados territorialmente y por ejes. En el presente
Plan Anual, también por vez primera, se desagrega territorialmente y por
colectivos de atención prioritaria esa cuantificación de objetivos para cada
una de las Comunidades Autónomas. Los colectivos tenidos en cuenta son:
jóvenes, mujeres, jóvenes y mujeres con baja cualificación, parados de larga
duración, mayores de 45 años, personas con discapacidad y personas vulnerables.
• En el PAFED 2025, se ha establecido
una nueva estructura de indicadores adaptados a la EEAAE 2025-2028,
estableciéndose los mismos 8 objetivos estratégicos de la Estrategia.
• Finalmente, se va a implementar un
cuadro de mando que recogerá indicadores vinculados a las 6 metas de la EEAAE
2025-2028: mejora de empleabilidad, intermediación, cobertura en la atención a
las personas perceptoras de prestaciones, consolidación y mejora de la calidad
de las redes de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva,
incremento de la participación en la formación e impulso y sistematización de
la atención a las empresas. Este cuadro de mando, para algunos indicadores, se actualizará
trimestralmente y se desagregará por sexo, edad, nivel formativo, Comunidad
Autónoma y provincia...”
3. Marco
estratégico
“... El presente
Plan 2025 se enmarca dentro del escenario macroeconómico y la política
económica del Gobierno, dando cumplimiento a las obligaciones europeas de
coordinación de las políticas económicas nacionales y de cumplimiento de los
objetivos fijados para la Unión Europea en su conjunto...
... se considera vital la coordinación entre el
Servicio Público de Empleo Estatal O.A., los servicios públicos de empleo
autonómicos, los sindicatos, las patronales empresariales y las entidades
educativas para vertebrar respuestas público-privadas coherentes e integradas a
escala nacional...
“... las reformas
ya operadas en el marco del Componente 23 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia constituyen una parte fundamental del marco
estratégico del Plan 2025, principalmente con la entrada en vigor de la Ley
3/2023, de 28 de febrero, que modificó ampliamente el sistema diseñado por la
Ley 56/2003, de 16 de diciembre y consolidado por el texto refundido del año
2015, y que ha traído consigo, por tanto, importantes novedades, entre las que
destacan la plasmación al máximo nivel normativo un listado de 10 servicios
garantizados para las personas demandantes de los servicios de empleo y de 6
compromisos a asumir por estos, así como un listado de 6 servicios garantizados
y de 3 compromisos a asumir por las personas, empresas y demás entidades
empleadoras; la ampliación de los colectivos de atención prioritaria; la
posibilidad de acordar criterios de distribución de carácter plurianual y la
distribución de los fondos para ejercicios futuros o la incorporación de la
evaluación de la política de empleo, que se realizará de forma continuada,
planificada, dirigida en el seno del Sistema Nacional de Empleo y realizada con
carácter externo e independiente, desarrollándose de manera adicional al
conjunto de evaluaciones internas que se realicen dentro del Sistema Nacional
de Empleo, sin perjuicio de otros como la incorporación de los
contratos-programa para la ejecución de políticas activas de empleo con otras
entidades del sector público, singularmente con entidades locales y
universidades públicas, así como con las cámaras de comercio, industria,
servicios y, en su caso, navegación o la introducción de las tasas de
empleabilidad, intermediación y cobertura...
“... este Plan
2025 se inserta dentro de un planteamiento estratégico que pretende articular
el nuevo marco de actuación que se va a poner en marcha, notablemente a través
de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, próxima a
su aprobación.
La Estrategia
Española de Apoyo Activo el Empleo para el periodo 2025-2028, que establece el
marco general de políticas activas de empleo y de intermediación laboral a
desplegar de forma conjunta por el Estado y las Comunidades Autónomas, se ha
gestado con un proceso altamente valioso de participación y consenso en el seno
del Sistema Nacional de Empleo, y en la misma se establecen una serie de
principios inspiradores, que se proyectan en objetivos estratégicos, objetivos
operativos y medidas.
Así, en
consonancia con el Pilar Europeo de Derechos Sociales, se fomenta la promoción
del acceso a los servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema
Nacional del Empleo, al tiempo que se asientan las actuaciones para el fomento
de la estabilidad y la calidad en el empleo en condiciones dignas. Partiendo
de una concepción de las políticas activas de empleo como una palanca esencial
para la transformación productiva, se incide en la necesidad de reforzar el
acompañamiento personalizado a personas y a empresas, así como a la mejora de
las capacidades de los servicios públicos de empleo.
También, como
primera planificación plurianual que se realiza en el marco de la nueva Ley de
Empleo, debe ser coherente con la consideración de las Políticas Activas de
Empleo como políticas públicas asociadas al ejercicio de derechos garantizados
para la ciudadanía y las empresas. En este sentido, la nueva Estrategia no
solo responderá a las recomendaciones del Pilar Europeo de Derechos Sociales y
a los marcos de referencia internacionales sobre el papel que deben asumir los
servicios públicos de empleo para asegurar las transiciones laborales justas y
eficientes, sino que garantizará el ejercicio efectivo de los derechos
previstos legalmente mediante recursos y actuaciones de carácter estable y
suficiente.
Para la
materialización de este enfoque, a diferencia de la Estrategia anterior que
debía priorizar las reformas normativas, la nueva Estrategia Española de Apoyo
Activo al Empleo se focalizará en asegurar el ejercicio de los derechos de los
usuarios, personas y empresas, y, por tanto, en desplegar los servicios
previstos en la Cartera Común regulada en el Real Decreto 438/2024, de 30 de
abril, prioridades que se reflejarán anualmente en los sucesivos Planes
Anuales, y en concreto en este PAFED 2025...”
4. Estructura y
objetivos.
“... En la
elaboración de este Plan Anual 2025, realizado en paralelo con la elaboración
de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028, se han
incorporado los «ocho objetivos estratégicos y los veinte objetivos operativos»
incluidas en la citada Estrategia...
Los servicios y
programas de este Plan 2025, desarrollados por los servicios públicos de
empleo, se han organizado de acuerdo con los seis Ejes definidos en el artículo
13 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, donde se regula el Plan Anual para el
Fomento del Empleo Digno, y que son los siguientes: orientación, formación,
oportunidades de empleo, igualdad de oportunidades en el acceso al empleo,
emprendimiento, mejora del marco institucional...”.
5. Criterios de
elaboración
“... En la
selección de servicios y programas por parte de los distintos agentes que
conforman el Sistema Nacional de Empleo se han tomado en consideración los
siguientes principios:
I. Priorizar los
servicios y programas de los servicios públicos de empleo, para que se adecuen
a los nuevos objetivos del contexto laboral en el ejercicio 2025.
II. Focalizar los
esfuerzos en aquellos colectivos de atención prioritaria, en los que las
medidas establecidas resulten de mayor eficiencia y eficacia.
III. Flexibilizar
los instrumentos operativos de los servicios públicos de empleo, para que
puedan actuar de forma ágil e inmediata, ante los cambios del mercado de
trabajo”.
7. Financiación.
“... la dotación
destinada a financiar los programas y servicios recogidos en el Plan Anual para
el Fomento del Empleo Digno para el año 2025 es de 6.388.584,34 miles de euros,
que se financiarán con cargo a la cuota de formación profesional para el empleo
(1.434.098,49 miles de euros); a las aportaciones procedentes del FSE
(200.000,00 miles de euros y cuota de desempleo (4.754.485,85 miles de euros).
Del total
indicado, se podrán distribuir entre las comunidades autónomas, para la
ejecución de políticas activas de empleo, 2.571.961,03 miles de euros, de forma
equivalente a lo sucedido en 2023, manteniendo el aumento del 6,49 % respecto
al año 2022...”
8. Evaluación.
“El conjunto de
servicios y atenciones prestadas en los Planes Anuales 2021, 2022 y 2023 han
mostrado mejoras en la empleabilidad de forma generalizada, y especialmente
relevantes en aquellas atenciones sostenidas en el tiempo y que incorporan
acciones de formación. Esta misma metodología se aplicará en la evaluación del
Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2024, y en el presente Plan Anual.
Las evaluaciones
de los Planes Anuales que desarrollen la nueva Estrategia Española de Apoyo
Activo al Empleo 2025-2028 incorporarán evaluaciones específicas de programas
comunes y propios de las comunidades autónomas, de manera progresiva de acuerdo
con su peso y representatividad en el conjunto de cada Plan. Tras la
impartición de dos ediciones del Diploma en Evaluación de Políticas Públicas de
Empleo, los SPE de España cuentan ya con un número creciente de personas bien
formadas y con buenos conocimientos para acometer esos ejercicios, coordinarlos
o dirigirlos”.
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