1. El Comité Económicoy Social Europeo (CESE) ha celebrado su 607ª sesión plenaria los días 15 y 16 de julio .
Ha sido a mi
parecer una sesión muy fructífera desde la perspectiva laboral, y más
ampliamente la social, ya que se han aprobado cuatro Dictámenes que afectan
directamente a las condiciones laborales. Sin olvidar, otro que también tiene
especial interés desde una perspectiva más general y que afecta a toda la
ciudadanía (por consiguiente, también a la población trabajadora), y mucho más
en la actualidad, cuál es el elaborado sobre la Estrategia Europea para la
construcción de viviendas y que versa sobre la Comunicación de la Comisión “Estrategia europea para la construcción de viviendas: una industria de la
construcción más competitiva y productiva”. Dos conclusiones y recomendaciones de
dicho Dictamen se refieren directamente al ámbito laboral y de protección social:
“... 1.5 Las deficiencias estructurales y la
fragmentación en el sector de la construcción socavan los incentivos para que
las empresas inviertan en innovación, desarrollo de la mano de obra e
investigación y desarrollo, lo que constriñe la capacidad del sector para
aumentar la productividad y lograr avances tecnológicos. Promover el
cumplimiento de la normativa vigente aplicable a los intermediarios del mercado
laboral y a una responsabilidad solidaria plena en toda la cadena de
subcontratación y fomentar el empleo directo simplificarían significativamente
la gestión de las obras, en beneficio de las empresas, de las autoridades de
control y de los trabajadores por igual.
1.7 Las políticas que promueven la
movilidad laboral deben centrarse en las personas y abordar tanto la escasez de
mano de obra como la observancia de sus derechos, así como tener en cuenta sus
necesidades y aspiraciones. La movilidad de los trabajadores debe considerarse
conjuntamente con el debate sobre el «derecho de permanencia”.
El texto de todos los Dictámenes aprobados se encuentra disponible en este enlace .
Tal como indico en
el título de la presente entrada, se han aprobado cuatro Dictámenes que deben
merecer especial atención desde las ópticas laboral y social, y a los que dedico
a continuación mi comentario para destacar sus contenidos más relevantes.
2. Creo que el que
debe merecer mayor atención, y por ello inicio con el mismo mi exposición, es
el Dictamen aprobado sobre la “Hoja de ruta para el empleo de calidad”,
elaborado a partir de la Comunicación de la Comisión con el mismo título, a la
que dediqué especial atención en la entrada “UE. La Comisión pone en marcha la
hoja de ruta para la creación de puestos de trabajo de calidad y a la que haré más amplia referencia a continuación.
Antes, y refiriéndome
a la sesión plenaria, en una amplia nota de prensa del gabinete de comunicación,
titulada “Empleos de calidad y una movilidad laboral justa, claves para la
competitividad de Europa, afirma el CESE” se da cuenta del debate que tuvo
lugar el día 15 y antes de proceder a la votación, que contó con la presencia
de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Comisión Europea, Roxana Mînzatu. El texto
contó con 194 votos a favor, 56 en contra y 30 abstenciones, al no haberse
aceptado varias de las enmiendas propuesta por la representación del grupo
empresarial y que se anexan al texto del Dictamen.
Este es el resumen
de la sesión:
“...... se debatió
cómo una mejor protección de los trabajadores puede fortalecer la
competitividad de Europa. El debate se centró en los empleos de calidad y la
movilidad laboral justa, y fue seguido por la adopción de dos dictámenes del
CESE relacionados.
Ante el cambio
demográfico, el auge de la inteligencia artificial (IA), la transición
ecológica y la incertidumbre geopolítica que afronta la UE, el CESE defendió
con claridad la idea de que la competitividad de Europa y su modelo social
deben avanzar de la mano. Para el Comité, la mejor manera de proteger a los
trabajadores es mediante la implementación de un marco europeo que promueva
empleos de alta calidad y una movilidad laboral justa, mejorando las
condiciones de trabajo, las cualificaciones y la protección de los
trabajadores, al tiempo que se garantiza que el desplazamiento de nacionales de
terceros países se rija por normas claras y debidamente aplicadas.
Durante el debate,
los oradores destacaron que Europa debe mantener la confianza tanto en su
modelo social como en el Mercado Único. Para el CESE, los empleos de calidad y
la movilidad laboral justa son dos caras de la misma moneda: juntas, pueden
ayudar a Europa a afrontar la escasez de mano de obra, atraer talento, apoyar
las transiciones verde y digital y proteger los derechos de los trabajadores.
«El modelo
económico y social de Europa solo puede ser resiliente si se basa en empleos de
calidad, derechos efectivos, una aplicación rigurosa de la ley y confianza. Los
empleos de calidad no son un lujo: son una condición para la competitividad
sostenible, la cohesión social y la confianza de los ciudadanos en la capacidad
de la UE para cumplir sus promesas», afirmó el presidente del CESE, Séamus
Boland.
La vicepresidenta
ejecutiva de la Comisión Europea para Derechos Sociales y Competencias, Empleos
de Calidad y Preparación, Roxana Mînzatu, confirmó que la Comisión está
preparando una Ley de Empleos de Calidad, que se presentará a finales de 2026
tras las consultas con los interlocutores sociales europeos. También anunció
que el desplazamiento de nacionales de terceros países será una parte
importante del Paquete de Movilidad Laboral Justa, que se publicará en
septiembre.
«Ambas opiniones
que debatimos hoy reflejan la misma convicción: que el Modelo Social Europeo y
la competitividad de Europa no son incompatibles, sino que van de la mano, y
que prosperarán juntos o fracasarán juntos (...). Creo que el CESE se encuentra
en una posición privilegiada para demostrar que nuestro modelo social y nuestra
competitividad van de la mano», subrayó Mînzatu.
Los empleos de
calidad son la base de la competitividad sostenible.
En su dictamen
sobre la Hoja de Ruta para los Empleos de Calidad, el CESE acoge con
satisfacción la iniciativa de la Comisión y subraya que la productividad, la
innovación, la competitividad y el progreso social deben reforzarse mutuamente.
El empleo de calidad, argumenta, es una piedra angular de la resiliencia
económica y la cohesión social de Europa.
El ponente Claude
Rolin destacó que la UE debe ofrecer una perspectiva de prosperidad compartida,
y añadió: «La Hoja de Ruta para los Empleos de Calidad ofrece un futuro
prometedor para el mundo del trabajo si se traduce en decisiones concretas.
Europa solo será competitiva de forma sostenible si invierte en empleos de
calidad, derechos efectivos y un diálogo social sólido».
El Comité aboga
por un enfoque europeo común para la calidad del empleo, basado en indicadores
compartidos que abarquen la remuneración, la salud y la seguridad, la formación
y las competencias, la igualdad, la calidad del tiempo de trabajo, el diálogo social
y la representación de los trabajadores. Asimismo, solicita las condiciones
adecuadas para la inversión, la innovación y el desarrollo de competencias,
especialmente para las pymes, la economía social y los sectores que sufren
escasez de mano de obra.
El dictamen
también señala los nuevos retos laborales relacionados con la inteligencia
artificial, la gestión algorítmica, los riesgos psicosociales, los riesgos
climáticos y las nuevas formas de trabajo.
Otras
declaraciones:
Christa Schweng,
vicepresidenta del Grupo de Empleadores:
La competitividad,
la productividad y la calidad del empleo están interconectadas, ya que la
competitividad y la productividad impulsan la creación de empleos de calidad.
Dado que Europa ya cuenta con una amplia legislación laboral y social,
deberíamos centrarnos en la aplicación y el cumplimiento de las normas vigentes
antes de considerar nuevas regulaciones.
Pietro Vittorio
Barbieri, Vicepresidente del Grupo de Organizaciones de la Sociedad Civil:
A nivel
internacional, la UE destaca por su compromiso y respeto a los derechos
fundamentales. Los derechos laborales desempeñan un papel central en este
sentido. El derecho a un salario digno es la base sobre la que se construyen
los planes de vida de cada ciudadano y de cada familia”.
3. Como ya he
indicado la Comunicación de la Comisión Europea sobre la hoja de ruta para el
empleo de calidad, presentada el 4 de diciembre de 2025, fue objeto de mi
atención en la entrada citada. Para facilitar el enlace con el Dictamen del
CESE, reproduzco parte de mi explicación sobre aquella.
“... La Comunicación de la Comisión ... se refiere
en primer lugar a la necesidad de construir la competitividad de Europa a
través del empleo de calidad, enfatizando que
“La Hoja de Ruta
para el Empleo de Calidad («la Hoja de Ruta») es un compromiso renovado para
fomentar el empleo de calidad en una economía competitiva. Describe iniciativas
para alinear la política de empleo con las necesidades de una economía en
rápida evolución, a la vez que se mantiene basada en los principios de la
economía social de mercado europea, el progreso social y el pleno empleo. Los
sindicatos y las organizaciones empresariales desempeñan un papel fundamental
en este esfuerzo. Como se reafirmó en el Pacto para el Diálogo Social Europeo,
firmado el 5 de marzo de 2025, la Comisión mantiene su compromiso de reforzar
el diálogo social a todos los niveles”.
... La
Comunicación, y el documento de consulta. se centran en los ámbitos donde “la
actuación de la UE es más necesaria”, que sintetiza en
“Creación de
empleo: Garantizar que las industrias y los puestos de trabajo del futuro sigan
siendo competitivos en Europa, en un contexto de rápido cambio hacia una
economía más ecológica y digital.
Buenas condiciones
de trabajo: Promover una remuneración adecuada, unas buenas condiciones de
trabajo, la protección social, el acceso a la formación, una mayor aplicación
de las normas laborales y el respeto de las normas de seguridad y salud en el
trabajo.
Modernización:
Garantizar la adopción y el uso responsable de las nuevas tecnologías, como la
inteligencia artificial, protegiendo al mismo tiempo a los trabajadores.
Transiciones
justas: Apoyar a los trabajadores en las transiciones ecológica y digital
mediante el desarrollo de capacidades y la información y consulta de los
trabajadores.
Factores
facilitadores clave: el respeto de los derechos laborales existentes, un
diálogo social sólido y una cobertura de la negociación colectiva, unos
servicios públicos de calidad y una financiación adecuada”.
... Tras la
introducción, la Comunicación aborda la creación y el mantenimiento de los
empleos de calidad en la UE, con un rápido guiño al mundo empresarial, al
sostener que
“La creación de
empleo de calidad requiere un entorno en el que las empresas, incluidos los
autónomos, las empresas emergentes y las pequeñas empresas, puedan innovar,
crecer y atraer inversión y talento. Para mantenerse competitivas y, al mismo
tiempo, mantener altos estándares laborales, las empresas necesitan un marco
regulatorio claro, proporcionado y propicio para la innovación. Esto incluye la
reducción de las cargas administrativas, la mejora del acceso a la información
y a las herramientas de apoyo, y la garantía de altos estándares sociales y
laborales. Los interlocutores sociales también desempeñan un papel clave en la
identificación de soluciones prácticas que respondan a las necesidades de las
empresas en toda Europa. En este sentido, la Comisión ha propuesto simplificar
las normas de la UE y reducir las cargas administrativas, y está explorando la
posibilidad de mejorar el apoyo a las microempresas en la aplicación de la
legislación de la UE. También propone acciones para ayudar a las startups y
scaleups a acceder al talento y crear empleos de calidad”.
Va desgranando a
continuación ámbitos de actuación y necesidades del mundo empresarial y laboral
del inmediato futuro, poniendo en relación sus propuestas con las contenidas en
otros documentos ya presentados con anterioridad, como son, por ejemplo, el Pacto
industrial limpio, la Garantía de Competencias, y la Recomendación del Consejo
sobre capital humano ...
Al respecto, hace
especial énfasis en la captación del talento de personas de nacionalidades
extracomunitarias y en la facilitación de su acceso a la UE, exponiendo que “La
Comisión propondrá una Iniciativa de Portabilidad de Competencias para
simplificar y facilitar el reconocimiento de competencias y cualificaciones,
incluso mediante una digitalización reforzada, también para los nacionales de
terceros países. La UE creará una Reserva de Talentos y potenciará las
Asociaciones de Talentos para atraer a nacionales de terceros países
cualificados a puestos de trabajo con escasez de personal. La próxima
Estrategia de la UE sobre la Política de Visados incluirá medidas para
facilitar la llegada de los mejores estudiantes, investigadores y trabajadores
cualificados. Las competencias digitales, incluidas las avanzadas, son
esenciales para la competitividad de Europa y la creación de empleo de
calidad”.
... Una política
que facilite una transición justa ante los cambios demográficos, tecnológicos y
ecológicos con los que se enfrenta la UE también esta muy presente en la
Comunicación, con propuestas tendentes tanto a facilitar la restructuración
empresarial como a potenciar una mayor participación de las personas
trabajadoras y de sus organizaciones sindicales en todos los procesos de
cambio, manifestando que para garantizar la eficacia de las normas relativas a
información y consulta, despidos colectivos y traspaso de empresas, la Comisión
está “recopilando datos sobre su aplicación”.
Entre las
propuestas de reformas e inversiones que favorezcan el empleo de calidad se
encuentran de manera destaca las que afectan a las Administraciones Públicas,
las reducciones en las cargas administrativas para las empresas, las “pensiones
complementarias”, y la propuesta de nuevas medidas que vayan en la línea del
mecanismo “SURE” puesto en marcha durante la crisis sanitaria de 2020
... El apartado
tercero de la Comunicación está dedicado a la promoción del empleo de calidad
al mismo tiempo que se impulsa la innovación digital, abordando como
conciliar el apoyo de dicha innovación y
facilitarla, en especial de la Inteligencia artificial, y la protección de las
personas trabajadoras, subrayando que
“Cualquier acción
de la UE se centraría en la aplicación y el cumplimiento efectivos de las
protecciones existentes de la UE para los trabajadores en todos los Estados
miembros, en proporcionar mayor claridad sobre dichas protecciones y, cuando
sea necesario, en considerar medidas complementarias específicas no
contempladas en la normativa actual. Esto debería garantizar un valor añadido
claro, la coherencia con el marco jurídico, evitar duplicaciones y promover la
igualdad de condiciones en toda la UE. Otra consideración sería la
simplificación, en lo que respecta a la carga administrativa para trabajadores
y empresas”.
No faltan, por
otra parte, referencias concretas a las propuestas sobre del derecho a la
desconexión, que no han alcanzado acuerdo entre los agentes sociales, y al
teletrabajo.
... Más adelante,
apartado 4, la Comunicación aborda la problemática, cada vez más importante, de
la seguridad y salud en el trabajo, titulando el apartado “Justicia, seguridad
e igualdad: la base de un empleo resiliente en Europa”, exponiendo la necesidad
de actualización de varias Directivas para adaptarse a los cambios productivos
y así promover “la salud física y mental en el trabajo”.
... La
Comunicación trata sobre la necesidad de que las personas trabajadoras reciban
salarios “adecuados”, del desarrollo del capital humano, y de “reducir la
escasez de mano de obra”; es decir, como puede comprobarse hay un cuidado
equilibrio entre intereses del mundo laboral y del empresarial. No podía
faltar, ya que está presente en prácticamente todos los documentos comunitarios
que abordan los retos del inmediato futuro, la referencia al impulso de la
productividad, manifestando la Comunicación en estos términos: “durante la
última década, muchos países de la UE se han enfrentado a un crecimiento
persistentemente débil de la productividad laboral, lo que ha limitado el
potencial de aumentos salariales, con un aumento anual de la remuneración real
media de los empleados de tan solo un 0,5 %. De cara al futuro, la
transformación económica, en particular la transición digital, representa una
oportunidad para impulsar la innovación y la productividad, a fin de dar más
margen para el crecimiento salarial y un nivel de vida digno entre
generaciones”.
También se
manifiesta la importancia de la lucha contra la explotación laboral, que
concreta en la necesidad de velar para que las normas de subcontratación no
lleven a un debilitamiento, o simplemente la falta de su cumplimiento, de la
normativa laboral y de protección social, con cita de sectores concretos en
donde hay mayores probabilidades, como “la construcción, el transporte, la
agricultura y el servicio doméstico”, y con especial afectación a personas
trabajadoras de países extracomunitarios .
El fomento de la
movilidad laboral justa también merece la atención de la Comisión, con especial
atención para las personas trabajadoras del sector del transporte, los
artistas, y quienes se dedican a la investigación.
Tampoco se olvida
la Comunicación de una amplia referencia específica a las y los trabajadores
autónomos, insistiendo en la cuestión de las pensiones complementarias al
sostener que estos y las y los trabajadores atípicos “deben tener oportunidades
y beneficios equivalentes a los de los trabajadores por cuenta ajena para optar
por planes complementarios de pensión en el contexto de la afiliación
automática”.
... El penúltimo
apartado de la Comunicación está dedicado a los que califica como “factores que
faciliten el mantenimiento y la promoción de empleos de calidad”, en el que
realizan manifestaciones a las que todavía le queda bastante, a mi parecer,
para que se conviertan en una efectiva realidad.
En cualquier caso,
cabe destacar la importancia de efectuar un adecuado seguimiento de los avances
llevados a cabo con los Reglamentos y las Directivas, aun cuando creo que la
Comisión es mucho más prudente en sus propuestas , ya que sostiene que “ El desarrollo
de herramientas y orientaciones sobre los derechos laborales de la UE puede
reforzar su aplicación, concienciar y desarrollar la capacidad administrativa,
por lo que la Comisión colaborará estrechamente con las agencias de la UE,
incluidas la ALE y la EU-OSHA, para desarrollarlas, basándose en buenos
ejemplos, como las herramientas de evaluación interactiva de riesgos en línea
de la EU-OSHA. Las inspecciones laborales ayudan a disuadir las prácticas
ilegales, y se explorarán nuevas tecnologías como la IA para que sean más
específicas y eficaces”.
En fin, de
especial interés para los agentes sociales es el bloque de este apartado en el
que la Comisión subraya la importancia del diálogo social como “nuestra fuerza
colectiva y ventaja competitiva”. Tras pasar revista a las dificultades con las
que se encuentra, en especial por lo que respecta al ejercicio del derecho de
negociación colectiva, en algunos Estados miembros, concluye que “garantizar la
autonomía y la libertad contractual de los interlocutores sociales es
esencial”, y que “los recursos financieros de la UE seguirán estando
disponibles para que los interlocutores sociales europeos, nacionales y de los
países candidatos refuercen su capacidad para lograr una participación y
acuerdos significativos, en particular a través del presupuesto de la UE”.
Y es justamente
sobre la financiación de las políticas tendentes a lograr esa calidad del
empleo tan deseada sobre la que gira la última parte del apartado 5, por la vía
del Fondo Europeo Plus, Nextgeneration e InvestEU, Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y Fondo de Transición Justa, y programas sectoriales específicos, así
como también sobre la importancia de garantizar servicios de calidad (atención
a la primera infancia, cuidados de larga duración, atención sanitaria
accesible) para todas las personas y todas las regiones, subrayando que “Las
regiones y las comunidades locales son fundamentales para el empleo de calidad.
De los 26-27 millones de personas que trabajan en el sector público, entre 17 y
19 millones trabajan a nivel local y regional. Estas funciones abarcan la
administración, la educación y la formación profesional, los servicios
públicos, la sanidad, la asistencia social, el transporte y los servicios de
emergencia. Promover empleos de calidad en estas zonas refuerza el atractivo y
el desarrollo regional”.
5. Las
conclusiones y recomendaciones del CESE son las siguientes:
“1.1 El Comité Económico y Social Europeo (CESE)
acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión «Hoja de ruta para el
empleo de calidad» y subraya que la competitividad sostenible de la UE, la
productividad, la innovación y el progreso social deben reforzarse mutuamente. En
un contexto marcado por las transiciones ecológica, digital, demográfica y
geoeconómica, la calidad del empleo constituye un elemento esencial de la
resiliencia del modelo económico y social europeo.
1.2 El CESE considera que esta iniciativa
debe ser coherente con el marco actual, en particular con el pilar europeo de
derechos sociales, las directivas vigentes de la Unión, los instrumentos de
coordinación y la financiación de la UE. Recomienda garantizar la
comprensibilidad, la proporcionalidad y la seguridad jurídica en cualquier
actuación futura, sin caer en duplicidades con los mecanismos ya existentes y
teniendo en cuenta la diversidad de los sistemas nacionales de relaciones
laborales y las realidades sectoriales.
1.3 El CESE aboga por promover un enfoque
común en relación con la calidad del empleo, basado en indicadores compartidos
que pueden integrarse en el cuadro de indicadores sociales, para lo cual deben
fundamentarse en el trabajo de la Organización de Cooperación y Desarrollo
Económicos (OCDE), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Eurofound,
sin añadir cargas administrativas innecesarias. Entre estos indicadores podrían
figurar los salarios y otras remuneraciones vinculadas al trabajo, la salud y
la seguridad, la estabilidad laboral, la formación y las capacidades, la
calidad del tiempo de trabajo, la autonomía, la igualdad y la no
discriminación, el diálogo social, la negociación colectiva y la representación
de los trabajadores.
1.4 El CESE subraya que unos puestos de
trabajo de calidad implican un entorno favorable para la inversión, la
innovación, las transiciones y las capacidades. Debe prestarse especial
atención a las pymes, la economía social y los sectores que se enfrentan a una
escasez de mano de obra, a fin de conciliar la calidad del empleo, la
competitividad y la cohesión territorial.
1.5 El CESE considera que el diálogo social y
la negociación colectiva deben ocupar un lugar prominente en cualquier
iniciativa europea, a fin de adaptar las respuestas a la realidad, acompañar
las transformaciones, aumentar la previsibilidad e implicar a los trabajadores
en los cambios.
1.6 El CESE subraya que la salud y la
seguridad en el trabajo deben ser un pilar clave de la calidad del empleo. La
prevención debe seguir ocupando un lugar destacado en la actuación europea y
abarcar los riesgos físicos, químicos, psicosociales, climáticos y digitales,
así como los efectos del teletrabajo, el trabajo móvil, la posible
intensificación del trabajo, la violencia y el acoso. Debe prestarse especial
atención a los trabajadores más expuestos a deficiencias de prevención o a
dificultades para acceder a información y a las vías de recurso.
1.7 El CESE considera que la integración de
la inteligencia artificial en el mundo laboral debe ir acompañada, en el marco
del diálogo social, de una anticipación de sus efectos con el fin de maximizar
los beneficios económicos y sociales, reduciendo al mismo tiempo los riesgos
para las condiciones laborales, la salud, la seguridad y la organización del
trabajo.
1.8 El CESE estima que el acceso efectivo y
un derecho al aprendizaje permanente son elementos esenciales para la
empleabilidad, la adaptación a las transiciones laborales y la competitividad
europea, y que deben tenerse en cuenta tanto las aspiraciones de los
trabajadores o los solicitantes de empleo como las necesidades de las empresas.
1.9 En opinión del CESE, una movilidad justa
de los trabajadores constituye un activo para la economía europea, siempre que
se apliquen correctamente el Derecho laboral, las normas sociales y unas
condiciones que permitan evitar los abusos.
1.10 El CESE señala que las transiciones
digital, ecológica y demográfica plantean nuevos retos para la calidad del
empleo. Pide a la Comisión que, previa consulta a los interlocutores sociales,
evalúe la adecuación del marco existente, aclare la relación entre cualquier
futura iniciativa y el acervo europeo y, en su caso, estudie la posibilidad de
establecer instrumentos europeos adecuados, también, cuando sea necesario, de
carácter legislativo, en ámbitos como la gestión algorítmica del trabajo, los
riesgos psicosociales, la salud y la seguridad en el trabajo, el derecho a la
desconexión, el desarrollo de capacidades o la efectividad de los derechos” (la
negrita es mía) .
1.11 Por último, el CESE recalca que la calidad
del empleo también depende de la aplicación efectiva del acervo. Es esencial
reforzar los medios con que cuentan las inspecciones de trabajo y el resto de
autoridades competentes, la capacidad administrativa, el acceso a la
información y los mecanismos de denuncia y de cooperación entre las citadas
autoridades. También subraya que la contratación pública puede promover el
empleo de calidad si los criterios sociales son claros, proporcionados,
verificables y jurídicamente sólidos”.
Sobre las
enmiendas al texto presentado por la Comisión de Empleo, Asuntos Sociales y
Ciudadanía, baste la referencia a una de ellas (punto 4.10) para poder ver su
enfoque (la negrita en el original).
|
Texto
presentado El
CESE considera que la calidad del empleo engloba, en particular, la intensidad del
trabajo, la previsibilidad de los horarios, la autonomía, el acceso a la
información, la conciliación de la vida profesional y la vida
privada, la dignidad en el trabajo y la accesibilidad del entorno, las
herramientas y la organización. Un alto nivel de calidad del empleo
también debe tener en cuenta otros tipos de necesidades, dependiendo del
momento de la carrera profesional de que se trate. Debe prestarse
especial atención a los trabajadores atípicos, las personas con discapacidad
y la juventud. |
Enmienda
El
CESE considera que la calidad del empleo puede englobar la remuneración, las
condiciones de trabajo, la salud y la seguridad, la formación, la
conciliación entre la vida profesional y la vida privada, la
autonomía, la igualdad de trato, el diálogo social y la representación de los
trabajadores. Debe prestarse especial atención a los trabajadores
atípicos, las personas con discapacidad y la juventud. |
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6. El segundo
Dictamen al que me refiero es al del “Desplazamiento de nacionales de terceros
países”, de iniciativa propia del CESE, y que tiene el subtítulo de “Hacia un
marco claro de la UE para el desplazamiento de nacionales de terceros países: garantizar
desplazamientos reales, seguridad jurídica y una competencia leal”. Fue
aprobado por 196 votos a favor, 6 en contra y 13 abstenciones.
En la antes
referenciada nota de prensa sobre la sesión plenaria, también se da cuenta del
debate sobre este texto, en estos términos:
“El segundo
dictamen aborda el desplazamiento de nacionales de terceros países (NTP), un
problema creciente en el Mercado Único. El CESE reconoce el valor de la
movilidad laboral y la prestación transfronteriza de servicios, pero advierte
que la inseguridad jurídica y la aplicación desigual de las normas pueden
exponer a los trabajadores a abusos y distorsionar la competencia leal. El
Comité solicita una interpretación más clara y una aplicación más rigurosa de
las normas de la UE sobre el desplazamiento de NTP.
«Los trabajadores
nacionales de terceros países suelen ser víctimas de complejos acuerdos de
desplazamiento que implican cadenas de subcontratación y agencias de trabajo
temporal». El CESE pide un marco claro de la UE que los proteja de la
explotación, destacó el ponente David Hafner.
El CESE también
subraya la particular vulnerabilidad de muchos nacionales de terceros países
desplazados y, por lo tanto, aboga por una aplicación más rigurosa de la ley,
criterios operativos más claros, un mejor acceso a la información y un papel
reforzado para la Autoridad Laboral Europea”.
Sus conclusiones y
recomendaciones son las siguientes:
“El Comité
Económico y Social Europeo (CESE)
1.1 señala que el desplazamiento de
nacionales de terceros países en el marco de la libre prestación de servicios
consagrada en el artículo 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
(TFUE) se regula en la legislación general de la Unión aplicable al
desplazamiento de trabajadores y ha sido delimitado por la jurisprudencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Las diferencias de
interpretación y ejecución entre los Estados miembros pueden generar
inseguridad jurídica, riesgos de abuso y distorsiones de la competencia leal,
lo que podría poner en peligro la confianza en el mercado interior y minar su
legitimidad;
1.2 pide una mayor claridad en la
interpretación y la ejecución, así como una aplicación más coherente del marco
vigente de la Unión y, en particular, una orientación más clara y accesible a
la jurisprudencia pertinente, con el fin de garantizar la seguridad jurídica,
la igualdad de condiciones y la protección efectiva de los trabajadores y las
empresas;
1.3 hace hincapié en que el
desplazamiento de nacionales de terceros países debe corresponder a una
prestación transfronteriza de servicios efectiva, por lo que en ningún caso
puede conceder acceso al mercado laboral del Estado miembro de destino ni poner
a los trabajadores a disposición de otra empresa;
1.4 recuerda que, de conformidad
con el artículo 79, apartado 5, del TFUE, los Estados miembros conservan la
competencia para establecer las condiciones de entrada y acceso a sus mercados
de trabajo, y subraya que no debe recurrirse a modalidades abusivas de
desplazamiento para eludir estas competencias;
1.5 destaca que las principales
condiciones que rigen el desplazamiento lícito de nacionales de terceros
países, en particular en lo que se refiere a la residencia en situación
regular, el empleo habitual en el Estado miembro de origen y el requisito de no
intentar acceder al mercado laboral del Estado miembro de destino, requieren
aclaraciones adecuadas en cuanto a su aplicación, ejecución y cumplimiento en
la práctica;
1.6 acoge con satisfacción el
reciente acuerdo político sobre la revisión de las normas de coordinación de la
seguridad social, en el que se exigen tres meses de afiliación al sistema de
seguridad social del Estado miembro de origen previos al desplazamiento;
1.7 subraya que un desplazamiento
real presupone un vínculo auténtico y verificable entre el trabajador y el
mercado laboral del Estado miembro de origen, y pide que se fijen criterios
claros y operativos para valorar dicho vínculo, como el empleo efectivo, la
cobertura de los sistemas de seguridad social y, en su caso, que el empleador
cumpla con sus obligaciones fiscales y desempeñe una actividad económica real
en el Estado miembro de origen, con el fin de evitar sociedades fantasma. Las
modificaciones recientemente acordadas de las normas de coordinación de la
seguridad social constituyen un importante punto de referencia para valorar el
vínculo con el mercado laboral del Estado miembro de origen;
1.8 observa que existen situaciones
en las que la contratación de trabajadores en un Estado miembro se produce con
la intención primordial de desplazarlos a otro, lo que puede plantear dudas
sobre si se cumple el requisito del empleo habitual;
1.9 destaca el papel cada vez más
importante de los intermediarios, las cadenas de contratación y las agencias de
trabajo temporal en el desplazamiento de nacionales de terceros países, y pide
que se mejore el control del cumplimiento de las normas, para garantizar que
dichas modalidades correspondan a una prestación efectiva de servicios y no se
utilicen indebidamente para facilitar la migración irregular ni representen una
simple oferta de mano de obra, en particular mediante una aplicación más
estricta de los criterios relativos a las actividades sustantivas y la
prevención de sociedades fantasma;
1.10 observa que la inobservancia de
las condiciones que rigen el desplazamiento de nacionales de terceros países
puede dar lugar a situaciones irregulares de empleo y residencia, lo que crea
riesgos jurídicos tanto para los trabajadores como para los empleadores, y
subraya la necesidad de que los Estados miembros efectúen controles eficaces
para garantizar que se reúnen dichas condiciones;
1.11 destaca la importancia de
reforzar el papel de la Autoridad Laboral Europea (ALE), por ejemplo, ampliando
su mandato y velando por que cuente con recursos suficientes, en particular de
cara a la coordinación de inspecciones concertadas y conjuntas, la mediación,
el intercambio de información entre los Estados miembros y el seguimiento de
los patrones de desplazamiento en los que se vean involucrados nacionales de
terceros países, también a través de herramientas digitales compartidas,
actividades en las que los interlocutores sociales deben contar con una mayor
participación. En este contexto, acoge con satisfacción el próximo paquete de
movilidad laboral justa como una oportunidad para seguir reforzándola, en
particular mediante el desarrollo de la tarjeta europea de seguridad social
para apoyar la digitalización y la verificación transfronteriza de los
certificados de la seguridad social, en particular de los documentos portátiles
A1;
1.12 destaca que los trabajadores
nacionales de terceros países desplazados se encuentran en una situación
especialmente vulnerable, agravada por problemas ligados a la interpretación y
aplicación del marco jurídico y a un control insuficiente del cumplimiento, e
insta a que se mejore el acceso a la información sobre sus derechos y
obligaciones, en particular mediante medidas de información específicas y la
cooperación con los interlocutores sociales. Además, pide apoyo suficiente de
la Unión, en particular a través de financiación y programas, para garantizar
una información y orientación eficaces y accesibles para los trabajadores
nacionales de terceros países desplazados, con la participación activa de los
interlocutores sociales, y medidas de apoyo adecuadas para facilitar el
ejercicio efectivo de los derechos de estos trabajadores (la negrita es
mía)
7. Mi atención se
centra a continuación en el Dictamen sobre la “Estrategia europea de migracióny asilo”, a partir de la Comunicación de la Comisión “Estrategia Europea de Gestión
del Asilo y la Migración”, del que fue ponente el representante español del
grupo de trabajadores José Antonio Moreno (de Comisiones Obreras) y que contó como
asesora con la profesora y reconocida experta en materia de migración GemmaPinyol . El texto fue aprobado por 200 votos a favor, 5 en contra y 24 abstenciones.
La Comunicación de la Comisión fue objeto de mi
atención en la entrada “Las políticas de inmigración se mueven, en Europa y en
España. Análisis de los contenidos laborales de la Estrategia europea de asilo
y migración, y del proyecto de Real Decreto de regularización extraordinaria
(con aportación de datos estadísticos)” , de la que reproduzco unos fragmentos que permitirán enlazar con las
conclusiones y recomendaciones del CESE.
“... La Comisión Europea presentó el 27 de enero la
primera “Estrategia Europea de Gestión del Asilo y la Migración”, que encuentra
su punto obligado de referencia en el Pacto Europeo de Migración y asilo, y más
concretamente en el Reglamento del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 14 de mayo de 2024, sobre la gestión del asilo y la migración, por
el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/1147 y (UE) 2021/1060 y se deroga
el Reglamento (UE) nº 604/2013 , cuyo art. 3, que lleva por título
“Enfoque integral para la gestión del asilo y la migración”, dispone que
“1. Las acciones comunes adoptadas
por la Unión y los Estados miembros en el ámbito de la gestión del asilo y la
migración, dentro de sus respectivas competencias, se basarán en el principio
de solidaridad y de reparto equitativo de la responsabilidad consagrado en el
artículo 80 del TFUE basadas en un enfoque integral, y se guiarán por el
principio de la formulación de políticas integradas, de conformidad con el
Derecho internacional y de la Unión, incluidos los derechos fundamentales. Con
el objetivo general de gestionar eficazmente el asilo y la migración en el
marco del Derecho de la Unión aplicable, dichas acciones tendrán los objetivos
siguientes:
a) garantizar la coherencia entre las políticas de
gestión del asilo y la migración en la gestión de los flujos migratorios hacia
la Unión;
b) abordar las rutas migratorias pertinentes y los
movimientos no autorizados entre los Estados miembros”.
2. La Comisión, el Consejo y los
Estados miembros garantizarán la aplicación coherente de las políticas de
gestión del asilo y la migración, incluidos los componentes tanto internos como
externos de dichas políticas, previa consulta a las instituciones, órganos y
organismos responsables de las políticas externas”.
... La Estrategia se centra en cinco prioridades:
“intensificación de la diplomacia migratoria; fronteras fuertes de la UE para
mejorar el control y la seguridad; un sistema de asilo y migración firme, justo
y adaptable; retorno y readmisión más eficaces; movilidad laboral y del talento
para impulsar la competitividad”. Más concretamente, para cada una de ellas:
“Mayor cooperación en materia de migración: La UE
colaborará más estrechamente con otros países para garantizar una gestión
eficaz de la migración y la protección de los derechos de las personas. Esto
incluye intensificar la lucha mundial contra el tráfico ilícito de migrantes.
Fronteras fuertes de la UE para mejorar el control y
la seguridad: La UE tiene por objeto mejorar el control de las personas que
entran en su territorio mediante el refuerzo de la gestión de las fronteras.
Esto incluye el despliegue del Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el nuevo
Sistema Europeo de Autorización de Información de Viajes (SEIAV), para crear el
sistema digital de gestión de fronteras más avanzado del mundo.
Un sistema de asilo y migración firme, justo y
adaptable: La Comisión ayudará a los países de la UE a aplicar las nuevas
normas con equipos nacionales específicos y ayudará a los países sometidos a
presión migratoria, en consonancia con el principio de solidaridad del Pacto.
Retorno y readmisión más eficaces: La UE mejorará la
forma en que se devuelve a las personas sin derecho de estancia, garantizando
que el proceso sea rápido, eficaz y digno. Esto incluye la creación de un
sistema común para el retorno y la mejora de la readmisión por parte de
terceros países.
Atraer trabajadores y capacidades: Para seguir siendo
competitiva, la UE está atrayendo talento de todo el mundo. Ampliará las
asociaciones existentes y pondrá en marcha nuevas asociaciones en materia de
talentos y hará que sea más fácil y rápido reconocer las cualificaciones y
capacidades extranjeras”.
Y respecto a la Estrategia europea de política de
visados, se apuesta por trabajar en tres áreas calificadas de claves:
“Mayor seguridad: La UE modernizará la forma en que se
conceden y supervisan los viajes sin visado, reforzará el seguimiento de los
regímenes existentes de exención de visado, introducirá posibles medidas
restrictivas específicas en materia de visados cuando sea necesario y reforzará
la seguridad de los documentos de viaje.
Impulsar la prosperidad y la competitividad: Las
nuevas medidas harán que la UE sea más atractiva para los trabajadores
cualificados y facilitarán y harán más previsibles los viajes legítimos. Esto
incluye nuevos procedimientos digitales tanto para los viajeros exentos de la
obligación de visado como para los que necesitan visado, así como visados de
entrada múltiple con una validez más larga para los viajeros de confianza.
Herramientas modernas de visado: La UE hará
interoperables sus sistemas informáticos de visados y fronteras de aquí a 2028.
Esto permitirá a las autoridades comprobar múltiples bases de datos a la vez y
a través de una única búsqueda centralizada, mejorando el intercambio de
información y previniendo el abuso de visados”.
... Es justamente la prioridad de atracción del
talento en la que centro mi atención, debiendo acudir para su conocimiento,
primero con carácter general al apartado 6 de la Comunicación sobre la
Estrategia Europea para la gestión del asilo y la migración, en el que se
aborda la “movilidad laboral y de talento para impulsar la competitividad”, y
en segundo término a la Recomendación de la Comisión “sobre la atracción de
talento para la innovación”
En la presentación de todos los documentos de la
Estrategia se sintetizan las prioridades de la UE para los próximos cinco años en
estos términos:
“... En los próximos cinco años, las carencias de
competencias y la escasez de mano de obra se acentuarán en muchos sectores
clave, impulsadas también por la dinámica demográfica. La UE debe aspirar a
convertirse en el lugar más atractivo en la carrera mundial por el talento.
Para ello, será necesario:
Ampliar las asociaciones existentes y crear otras
nuevas en materia de talento, e integrar plenamente la adquisición de talento
en la cooperación global de la UE con los países socios.
Simplificar y acelerar las normas y los procesos para
atraer las competencias que Europa necesita, en particular en lo que se refiere
al reconocimiento y la validación de las cualificaciones y competencias.
Luchar contra el empleo ilegal y la explotación de los
trabajadores migrantes y mejorar la integración en los Estados miembros de
acogida, con el apoyo de la financiación de la UE”.
Y sobre la Recomendación, se sintetiza su contenido en
estos términos:
“establece formas concretas en las que los Estados
miembros pueden utilizar mejor sus procesos para atraer y retener a
estudiantes, investigadores y trabajadores altamente cualificados y
cualificados, fundadores de empresas emergentes y empresarios innovadores en
sectores clave para la competitividad y la autonomía estratégica de la UE.
Las recomendaciones animan a los Estados miembros a
disponer de procedimientos más sencillos y rápidos para los visados de larga
duración y los permisos de residencia a través de procesos más digitalizados,
menos documentos y plazos de tramitación más cortos, transiciones más fáciles
al trabajo o al espíritu empresarial a partir de los estudios o la
investigación en la UE, una mejor movilidad dentro de la UE, así como un mejor
acceso a la información y una mayor coordinación entre las autoridades de los
Estados miembros, las universidades y las organizaciones de investigación.
La Recomendación contribuye a los objetivos de la
iniciativa «Elige Europa», que se centra en atraer y retener el talento mundial
en investigación e innovación, la Unión de Capacidades y la estrategia de la UE
para las empresas emergentes y en expansión”.
Las conclusiones y
recomendaciones del CESE, que como se comprobará a continuación son bastante críticas
con la Estrategia (y subrayo el amplísimo acuerdo entre las representaciones
empresariales y sindicales) son las
siguientes:
1.1 El Comité Económico y Social Europeo
(CESE) toma nota de la Comunicación COM(2026) 45 final, en la que se establece
la primera Estrategia Europea de Gestión del Asilo y la Migración y reconoce
que su objetivo es proporcionar un marco general para la acción de la UE en los
próximos cinco años. Sin embargo, el Comité considera que el enfoque de la
Estrategia es no es equilibrado, porque da prioridad al control, la contención
y el retorno frente a una política migratoria de carácter verdaderamente
general y basada en los derechos.
1.2 El CESE recomienda a la Comisión Europea
que reequilibre la estrategia prestando la misma atención a las vías de
migración regular, las políticas de integración e inclusión y la protección de
los derechos fundamentales. La migración debe abordarse como un fenómeno
estructural y polifacético que presenta una dimensión social, económica y
humanitaria, en lugar de tratarla principalmente como un reto para la
seguridad.
1.3 El CESE pide que se establezcan vías
legales claras, accesibles y diversificadas para la migración a la UE, que
engloben todos los niveles de cualificación y todos los fines, incluidos la
migración laboral, la reagrupación familiar y la admisión humanitaria.
Circunscribir la migración regular sobre todo a talentos altamente cualificados
puede dar lugar a un incremento de la migración irregular y socavar la
coherencia de las políticas.
1.4 El CESE insta a la Comisión y a los
Estados miembros a que velen por que todas las medidas relacionadas con la
migración se ajusten plenamente la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea, lo que requiere establecer mecanismos de supervisión
vinculantes, independientes y transparentes, en particular en las fronteras
exteriores y los procedimientos de retorno.
1.5 El CESE recomienda encarecidamente
reforzar las garantías procesales en los sistemas de asilo, incluido el derecho
a una evaluación individual, el acceso a una asistencia jurídica gratuita y la
tutela judicial efectiva. El recurso a procedimientos acelerados, el concepto
de país seguro y las herramientas digitales no debe poner en entredicho estas
garantías.
1.6 El CESE pide un enfoque más equilibrado
en materia de retornos que garantice que estos sigan siendo una medida de
último recurso en el marco de una política migratoria más amplia, humana y
eficaz. Deberá darse prioridad a los programas de retorno voluntario que
incluyan un firme apoyo a la reintegración y respeten plenamente la dignidad
humana.
1.7 El CESE recomienda que toda
cooperación con terceros países en materia de migración se base en verdaderas
asociaciones, que incluyan oportunidades de migración legal, apoyo al
desarrollo y una estricta condicionalidad en materia de derechos humanos. Los acuerdos
deben incorporar salvaguardias ejecutables, supervisión independiente y
cláusulas de suspensión en caso de incumplimiento.
1.8 El CESE insta a la Comisión a que
refuerce significativamente la dimensión relativa a la integración de la
Estrategia mediante la asignación de recursos financieros adecuados, el
establecimiento de objetivos mensurables y el fomento de la participación activa
de los interlocutores sociales, los entes locales y las organizaciones de la
sociedad civil.
1.9 El CESE subraya la necesidad de
garantizar que el creciente uso de la digitalización y la inteligencia
artificial en la gestión de la migración vaya acompañado de salvaguardias
sólidas. Las herramientas tecnológicas deben apoyar la toma de decisiones humana,
no sustituirla, y en ningún caso deben socavar los derechos fundamentales ni el
principio de no devolución.
1.10 El CESE expresa su preocupación por la
posibilidad de que la aplicación de la Estrategia no se ajuste plenamente a los
valores fundamentales de la Unión, en particular el respeto de los derechos
fundamentales, la dignidad humana, la solidaridad y el Estado de Derecho. El
Comité subraya que la credibilidad y la legitimidad de la política migratoria
de la UE dependerán de la medida en que estos principios se respeten
efectivamente en la práctica” (la negrita es mía).
8. Por último, es objeto
de la presente entrada el Dictamen sobre la “Estrategia para la igualdad de género
2026-2030”, elaborada a partir de la Comunicación presentada con anterioridad por la Comisión Europea con el mismo título. El
texto fue aprobó por 213 votos a favor, 5 en contra y 8 abstenciones.
En la introducción de la
Comunicación se expone que
“La presente Estrategia
para la Igualdad de Género se basa en los logros de su predecesora 4 y lleva a
la práctica la visión a largo plazo de la hoja de ruta sobre los derechos de la
mujer. Garantizará que la UE contribuya a alcanzar para 2030 el objetivo de
desarrollo sostenible n.º 5, sobre igualdad de género, los objetivos renovados
de la Plataforma de Acción de Pekín y las obligaciones asumidas en el marco de
la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer. A tal fin, la presente Estrategia propone medidas concretas para
cada uno de los ocho principios de la hoja de ruta sobre los derechos de la
mujer, manteniendo la igualdad de género en el centro de la actuación de la UE,
tanto dentro de su territorio como en todo el mundo. La Estrategia sigue un
enfoque dual, que combina medidas específicas con la incorporación sistemática
de la perspectiva de género en todos los ámbitos de actuación”
Y también que
“... La presente
Estrategia se aplicará junto con otras estrategias de la Unión de la Igualdad
con el fin de crear las condiciones necesarias para que todas las personas
elijan libremente su camino en la vida, prosperen y ejerzan el liderazgo, con
independencia de su género, origen racial o étnico, religión o convicciones,
discapacidad, edad u orientación sexual. Esta Estrategia se
benefició de un proceso de consulta inclusivo, que reunió a ciudadanos, Estados
miembros, instituciones europeas, interlocutores sociales y organismos de
igualdad, así como organizaciones internacionales y de la sociedad civil. Tanto
el Consejo como el Parlamento Europeo instaron a la Comisión a presentar una
Estrategia para la Igualdad de Género 2026-2030” (la negrita es mía).
Las conclusiones y
recomendaciones del CESE son las siguientes:
“1.1 El Comité Económico y Social Europeo
(CESE) acoge con satisfacción la Estrategia para la Igualdad de Género
2026-2030 como un compromiso renovado para fomentar la igualdad en la Unión
Europea, especialmente en un momento de creciente retroceso en esos objetivos.
La igualdad de género es tanto un valor fundamental como un motor del
crecimiento económico, la competitividad y la resiliencia. La consecución de
una Unión de la Igualdad requiere un enfoque coherente e integrado que vincule
la igualdad de género, la inclusión social y la política económica con la
responsabilidad compartida por las instituciones de la UE, los Estados miembros
y los interlocutores sociales.
1.2 El CESE apoya el marco de rendimiento
e información de la UE propuesto en el marco financiero plurianual (MFP), que
integra la igualdad de género como principio horizontal en todos los programas
de financiación de la UE, al tiempo que garantiza unos requisitos
proporcionados y evita cargas administrativas innecesarias, en particular para
las pymes. La igualdad de género también debe reflejarse en el próximo MFP, en
particular a través de programas como AgoraEU y otros programas pertinentes en
régimen de gestión compartida, con un apoyo continuo a la sociedad civil, los
interlocutores sociales y los agentes locales.
1.3 El CESE reitera la necesidad de
reforzar el marco de igualdad de la UE, en particular avanzando en la propuesta
de Directiva horizontal sobre igualdad de trato, y pide parámetros de
referencia más claros, un seguimiento eficaz y vínculos más sólidos entre los
objetivos de igualdad y los instrumentos políticos de la UE. El principal
problema sigue siendo la aplicación desigual entre los Estados miembros, como
se ha puesto de relieve en dictámenes anteriores del CESE.
1.4 El CESE subraya la importancia de la
claridad y la coherencia en la aplicación de conceptos clave, como la igualdad
de género, la interseccionalidad y la incorporación de la perspectiva de
género. Su aplicación efectiva a escala nacional y de la UE requiere datos,
herramientas y mecanismos de seguimiento adecuados para llegar a las personas
más expuestas a la discriminación y la desigualdad.
1.5 La Comisión debe animar a los Estados
miembros a evaluar cómo afectan los ingresos y los instrumentos financieros,
incluidos los sistemas fiscales y de prestaciones, a la independencia económica
de las mujeres, en particular cuando son el segundo sustentador del hogar, y
promover enfoques que apoyen la participación en el mercado laboral.
1.6 La creciente involución en materia de
igualdad de género, alimentada por discursos antidemocráticos e injerencias
externas, plantea riesgos para la resiliencia democrática. El CESE pide que se
protejan los espacios cívicos, también los espacios en línea, y que se siga
apoyando y financiando a las organizaciones de la sociedad civil que trabajan
en favor de la igualdad y los derechos fundamentales. Los avances en materia de
igualdad de género requieren la participación activa de todos los géneros y
benefician a la sociedad.
1.7 La economía digital y de plataformas,
también la IA, requieren un enfoque sensible al género y basado en los
derechos, con salvaguardias contra los sesgos, la discriminación y la violencia
en línea.
1.8 La educación desempeña un papel
importante en la promoción de la igualdad, la resiliencia democrática y la
alfabetización mediática. El CESE anima a que se apoye a los profesores y a
todos los niveles de los sistemas educativos a la hora de abordar la discriminación,
el odio en línea, la desinformación y los estereotipos de género.
1.9 Abordar la segregación de género en la
educación y el empleo sigue siendo una prioridad. El aumento de la
participación de las mujeres en las CTIM (ciencia, tecnología, ingeniería y
matemáticas) y en otros sectores en los que predominan los hombres debe
apoyarse en una educación inclusiva, el aprendizaje permanente, la orientación
profesional y medidas para mejorar la accesibilidad y el atractivo. También
deben fomentarse los esfuerzos para aumentar la participación de los hombres en
sectores en los que predominan las mujeres, como el trabajo asistencial, junto
con medidas para mejorar las condiciones de trabajo, las perspectivas
profesionales y el atractivo de estos sectores.
1.10 La Directiva sobre transparencia
retributiva puede contribuir significativamente a eliminar la brecha salarial
de género reforzando la aplicación del principio de igualdad de retribución por
un trabajo de igual valor. El CESE pide a la Comisión Europea que garantice su
transposición y aplicación plena y efectiva en todos los Estados miembros.
1.11 El diálogo social y la negociación
colectiva son fundamentales para la igualdad en el lugar de trabajo. Debe
apoyarse a los interlocutores sociales mediante herramientas prácticas,
orientaciones e iniciativas de desarrollo de capacidades, pero respetando la
diversidad de los sistemas nacionales de relaciones laborales.
1.12 Debe reforzarse la acción contra la
violencia de género, incluida la explotación y la violencia en línea, mediante
la aplicación efectiva de la legislación de la UE y la cooperación con la
sociedad civil.
1.13 El acceso a una asistencia sanitaria
inclusiva y de calidad, que incluya servicios de salud mental y de salud y
derechos sexuales y reproductivos, debe garantizarse en todos los Estados
miembros.
1.14 Debe reforzarse la participación de las
mujeres en la toma de decisiones a todos los niveles, como la vida política,
económica y pública, así como en los procesos de consolidación de la paz y la
seguridad”.
Buena lectura.
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