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jueves, 7 de agosto de 2014

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor a 31 de diciembre de 2013.



1. El Observatorio permanente de la inmigración publicó ayer, miércoles 6 de agosto, los datos disponibles de los extranjeros con certificado de registro o tarjeta deresidencia en vigor a 31 de diciembre, diferenciando la explicación, como viene haciéndose desde 2010, por regímenes (general y comunitario).

Con esta nueva publicación se reanuda la serie trimestral interrumpida en junio del mismo año, ya que no se publicó la información correspondiente al tercer trimestre. La explicación de ello reside en los cambios metodológicos introducidos, que tal como se explica en el informe de diciembre de 2013 han consistido en llevar a cabo “una depuración con el objetivo de descontar a aquellos extranjeros que han accedido a la nacionalidad española y mantenían en vigor una autorización de residencia”. Igualmente, se ha procedido a descontar “aquellos extranjeros fallecidos en España, cuya autorización de residencia o certificado de registro se encontraba en vigor en el momento del fallecimiento”.

Por consiguiente, el cambio metodológico ha implicado la necesaria revisión de la serie histórica, habiendo sido recalculada la cifra de extranjeros con la nueva metodología “para que sea posible la comparabilidad de los datos. En otro caso, no se pueden hacer comparaciones sobre la evolución de las cifras de extranjeros”. El documento recuerda que en la página web de la Secretaría General de Inmigración y Emigración “los datos correspondientes a trimestres anteriores obtenidos con la nueva metodología”. No obstante, ya se encuentran en el informe de diciembre de 2013 los datos recalculados del tercer trimestre de 2013 (comparación trimestral) y del cuarto trimestre de 2012 (comparación en serie interanual). El cambio metodológico citado no permite, pues, comparar los nuevos datos con los expuestos en los informes elaborados hasta el segundo semestre de 2013, inclusive, y que han sido objeto de comentario en entradas anteriores del blog.  

En cualquier caso, la importancia de los datos radica en el exacto conocimiento de la extranjería e inmigración en España, y muy en especial en los últimos cuatro años en el conocimiento más concreto de cómo está impactando la crisis económica y de empleo sobre la población extranjera de países no UE y que está incorporada al Régimen General. De forma muy didáctica, el informe explica que el régimen comunitario “es el régimen jurídico de extranjería que se aplica a los nacionales de países de la Unión Europea y de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como a sus familiares y los familiares de españoles que sean nacionales de terceros países”, mientras que el régimen general “es el régimen jurídico que se aplica a los nacionales de terceros países, salvo que les sea de aplicación el régimen comunitario”.

2. A 31 de diciembre de 2013 había 4.943.627 extranjeros con dicho certificado en vigor, más exactamente 2.691.177 personas acogidas al régimen comunitario y 2.252.450 al régimen general, con un incremento (datos ya recalculados) en el primer  grupo de 15.164 residentes respecto al trimestre anterior (0,57 %) y 69.125 personas en serie anual, y un descenso en el segundo de 39.653 y 96.568 autorizaciones (- 1,73 en el cuarto trimestre), poniendo de manifiesto el informe que el descenso de la población extracomunitaria “no debe ser interpretada necesariamente como el retorno de estos extranjeros a sus países de origen sino a un aumento en la cifra de españoles debido a la adquirida nacionalidad española”.   

El porcentaje de ciudadanos extranjeros a los que se aplica el derecho de libre circulación y residencia, es decir, el Régimen Comunitario, es del 54,44 % sobre el total, frente al Régimen General que se sitúa en el 45,56 % % Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana, concentran el 65,54 % del total de la población extranjera (1.103.073, 810.425, 665.093 y 659.237, respectivamente)

3. Paso a continuación al análisis de los datos más importantes de los extranjeros acogidos al régimen comunitario (incluye, tal como he indicado, ciudadanos de la UE, de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y sus familiares). A 31 de diciembre de 2013 hay un total de 2.691.177, con 69.125 nuevas personas acogidas en serie interanual, siendo en la actualidad la proporción de hombres y mujeres nacionales de la UE-ALC del 51,40 y 48,60 %, respectivamente,  si bien estos porcentajes cambian cuando se trata sólo de familiares de ciudadanos comunitarios, ya que el 41,43 % son hombres y el 58,57 % mujeres. Del total antes referenciado, 2.320.926 son ciudadanos comunitarios y de la AELC-EFTA (86,24 % del total), mientras que el resto son familiares de los anteriores y de españoles con nacionalidad de un tercer país, un total de 370.251 (13,76 %), con un peso muy importante de personas nacionales de América central y del Sur, y de Marruecos. A partir de los datos del cuarto trimestre de 2012 se proporciona información desagregada sobre las diferentes modalidades de certificados de residencia temporal, de tal manera que podemos saber que, al finalizar este cuarto trimestre de 2013, 584.244 ciudadanos de la UE y AELC tiene residencia permanente (25,17 %), mientras que 1.582.164 la tienen temporal (74,83 %).    

La población rumana, que había accedido en el segundo semestre de 2010 a la primera posición de todos los países con ciudadanos en España, se mantiene en el primer lugar de manera muy destacada con respecto a otras poblaciones, con 928.217 personas, es decir el 34,49 % del total de las nacionalidades presentes en este régimen comunitario (incremento trimestral del 0,40 % y aumento interanual del 1,37 %). A bastante distancia le siguen la población nacional del Reino Unido (265.531 personas, 9,87 % sobre el total), la italiana (205.034, 7,62 %) y la búlgara (180.117, 6,69 %). Es la población francesa la que han experimentado un importante incremento relativo en serie interanual, un 6,09 %, seguida de la de los Países Bajos con un 5,40 %, y destaca el importante aumento del número de familiares de Marruecos y República Dominicana, con un 5,36 y 4,37, respectivamente.

Las Comunidades Autónomas de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía agrupan a más del 63 % de los extranjeros de este régimen. Por provincias, Madrid es la primera (422.097), seguida de Barcelona (289.990) – ambas suman más del 25 % del total -, de tres provincias de la costa mediterránea en donde se asienta un número importante de ciudadanos de la UE (Alicante – 198.238 --, Valencia – 152.2831 -- y Málaga – 152.704 --) y de las Islas Baleares (142.434).

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral entre los ciudadanos de la UE-AELC, ya que residen 1.910.270 extranjeros con edades comprendidas entre 16 y 64 años (82,31 % del total), con un peso menor de los de 65 y más años (204.224, 8,80 %) y de los menores de 16 años, (206.432, 8,89 %). Entre los familiares nacionales de terceros países los datos son los siguientes: 318.195 personas de 16 a 64 años (85,94 %), 22.800 de 65 y más años (6,16 %), y 29.256 menores de 16 años (7,90 %). La edad media es de 38,3 años, 6,4 años mayor que la del régimen general (31,9), destacando la elevada edad de los nacionales de Suiza (53,8 años) y Noruega (51,5).

4. Analizo a continuación los datos de la población extranjera acogida al régimen general, es decir los nacionales de terceros países “salvo que les sea de aplicación el Régimen Comunitario”. A 31 de diciembre de 2013 hay un total de 2.250.450, con un incremento del 4,11 % (96.568 residentes) en serie interanual ya recalculada. Por sexo, hay más diferencias entre hombres y mujeres que en el régimen comunitario, ya que los porcentajes son del 54,26 y 45,74 %.   

La población marroquí es la primera en este régimen y la segunda en el conjunto de todas las nacionalidades, con 750.442 personas, con un descenso del 0,81 y 0,90  % en serie trimestral e interanual respectivamente, representando el 33,33 % del total de la población de este régimen. A bastante distancia siguen los ecuatorianos (201.811, 8,96 %), chinos (180.844, 8,03 %), colombianos (122.217, 5,43 %), bolivianos (121.767, 5,41 %) y ucranianos (74.713, 3,32 %). Hay que destacar en serie interanual, el crecimiento del número de ciudadanos de las principales nacionalidades, con las  excepciones de Perú (-19,52 %), Colombia (-19,43 %), Ecuador  (-13,63 %), y Argentina (-11,0 %), dándose un importante incremento anual de la población paraguaya (5,25 %) china (4,70 %) paquistaní (4,59 %), india (4,53 %), y senegalesa (2,86 %). Por continentes, el peso porcentual de los ciudadanos de Iberoamérica ha disminuido considerablemente como consecuencia de la adquisición de la nacionalidad española por un importante número de tales ciudadanos, siendo en la actualidad del 34,15 %, inferior en más de 9 puntos al de los africanos (43,66 %), quedando la población asiática en tercer lugar con el 15,60 %, debiendo destacarse que los residentes marroquíes suponen más del 76,33 % del total de los nacionales de países africanos, y que los residentes chinos son el 51,49 % del total de la población asiática.

Las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Andalucía y Comunidad Valenciana agrupan al 68,01 % de los extranjeros del régimen general. Las provincias de Barcelona y Madrid reúnen el mayor número de población extranjera, 443.051 y 388.328, respectivamente. De las restantes provincias catalanas, Girona reúne a 89.461, Tarragona a 73.489 y Lleida a 40.525. Las provincias de Barcelona y  Madrid, concentran al 36,90  % del total de residentes de este régimen, y con Murcia, Alicante y Valencia superan el 53 %.  

Destaca el peso de la población extranjera en edad laboral, ya que el 78,86 % de la población se encuentra en edades comprendidas entre 16 y 64 años (1.776.348), el 1,53 % es población de 65 y más años (34.488), y el 19,61 % menor de 16 años (441.614). La edad media es de 31,9 años, los marroquíes son los más jóvenes, con una media de 28,6 años, seguidos por los pakistaníes y chinos con 29,8 y 30,1 años.

De los extranjeros del régimen general, el 74,89 %, es decir 1.686.787 personas, disponen de autorización de residencia de larga duración (con un elevado porcentaje, superior al 49 y 28 % de ciudadanos africanos y de América Central y del Sur, respectivamente, con otro dato ciertamente significativo cuál es que la suma de los residentes marroquíes, 649.582, y ecuatorianos, 169.677, suponen el 48,56 % del total). El número de estas autorizaciones se ha incrementado en 48.600 en serie interanual respectivamente (2,84 %).  

Las autorizaciones temporales (565.663) suponen el 25,11 % del total, continuando su  disminución.  De las autorizaciones de residencia temporal y trabajo (45,26 %), 244.3121 son por cuenta ajena, 6.069 por cuenta propia, y 5.605 otro tipo de autorizaciones (como tarjeta azul UE y para investigación). De las autorizaciones de residencia temporal, 187.042 son por reagrupación familiar, 74.250 por residencia no lucrativa, 44.022 por circunstancias excepcionales de arraigo, y 4.354 por “razones humanitarias y otras”, poniendo de manifiesto el documento ahora comentado el importante descenso anual del número de autorizaciones por arraigo. En el cuarto trimestre de 2013 se concedieron 75.230 autorizaciones iniciales, (15,32 % del total, con descenso interanual del 1,51 %), 140.431de primera renovación, (+ 3,51 y + 15,03 % % en series trimestral e interanual) y 171.116 de segunda renovación (-15,58 y – 44,46 en series trimestral e interanual). Queda por analizar qué parte del importante descenso de la segunda autorización es debida a la adquisición de la nacionalidad española por ciudadanos iberoamericanos y cuál es la que corresponde a la situación de crisis económica y la imposibilidad de solicitar la renovación por no poder cumplir los requisitos exigidos para ello (contratación, cotización..)

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