sábado, 3 de enero de 2015

Despidos colectivos. El caso de la agencia Pedro Laín Entralgo. Debate sobre la existencia, y en qué términos, de la sucesión empresarial y la responsabilidad del cedente y del cesionario, .... y muchas cuestiones más. Notas a la (importante) sentencia del TS de 22 de septiembre que estima parcialmente el recurso contra la del TSJ de Madrid de 10 de junio de 2013 (I).



1. Es objeto de atención en esta entrada del blog la sentencia dictada el 23 de septiembre porla Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de la que fue ponente el magistrado Antonio V. Sempere, que estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada el 10 de junio de 2013 por la Sala de lo Social delTribunal Superior de Justicia de Madrid, apartándose del criterio del Ministerio Fiscal que consideraba improcedente el recurso en su informe. El TS considerará no ajustado a derecho la decisión empresarial de extinción de 77 contratos por inexistencia de causa económica, en contra del criterio defendido por el TSJ.

jueves, 1 de enero de 2015

Despidos colectivos. El caso NCG Banco SA. Comentario a la sentencia del TS de 18 de julio de 2014, que desestima el recurso contra la dictada por la AN el 20 de mayo de 2013.



1. Es objeto de atención en esta entrada del blog la sentencia dictada el 18 de julio por laSala de lo Social del Tribunal Supremo, de la que fue ponente el magistrado Miguel Ángel Luelmo, que desestima los recursos de casación interpuestos por los sindicatos Alternativa Sindical de Cajas de Ahorro (ACA) y Confederación Intersindical Galega (CIG) contra la sentencia de la Sala de lo Social de laAudiencia Nacional de 20 de mayo de 2013.

Despidos colectivos. Sobre la intervención del juez mercantil en el caso de empresas en concurso y la delimitación competencial con los juzgados y tribunales del orden social. Una nota a la sentencia del TS de 22 de septiembre de 2014, que desestima el recurso de casación contra la sentencia de la AN de 26 de julio de 2012.


1.  Es objeto de atención en esta entrada del blog la sentencia dictada el 22 de septiembre por la Sala de lo Social delTribunal Supremo, de la que fue ponente el magistrado Luís Fernando de Castro, que desestima, en los mismos términos que solicitaba el informe del Ministerio Fiscal, el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada en instancia contra la sentencia de la Sala de lo Social dela AN de 26 de julio de 2012.

España no es país (de momento, ¿hasta cuándo?) para (nuevos) trabajadores extranjeros extracomunitarios. La Orden ESS/2505/2014, de 29 de diciembre.

Despidos colectivos. Sobre los problemas jurídicos en la constitución de la comisión negociadora y la buena fe empresarial durante el período de consultas. Nota a la sentencia del TS de 22 de septiembre de 2014, que desestima el recurso contra la sentencia de la AN de 30 de julio de 2013.


1. Es objeto de atención en esta entrada del blog la sentencia dictada por la Sala delo Social del Tribunal Supremo el 22 de septiembre, de la que fue ponente el magistrado Jesús Souto, que desestima el recurso de casación interpuesto contra la dictada el 30 de julio de 2013 por la Sala de lo Social de la AudienciaNacional.