Reproduzco en esta entrada del blog un primer bloque del artículo publicado con el título de la presente entrada, disponible integramente en este enlace, así como también la nota final.
1. El diario El
País ha publicado el domingo 14 de enero una muy amplia entrevista con el
Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez que han llevado a cabo su directora Pepa
Bueno y el redactor de la sección política
Carlos E. Cue. No deja de ser significativo, a la par que preocupante a
mi parecer por cómo se transmite la información sobre la inmigración, que el
titular elegido para publicar la entrevista haya sido, y efectivamente es una
frase del Presidente, que “Expulsar a migrantes compete a la Administración
central” , y que cuando se
inician las preguntas sobre el pacto alcanzado con Junts per Cataluña el
miércoles 10 de enero, en la convulsa sesión plenaria del Pleno del Congreso de
los Diputados, la primera sea la de si Cataluña podrá expulsar inmigrantes tal
como “está diciendo Junts”.
Pero, en fin, no
me corresponde, ni mucho menos, decidir una determinada política informativa,
ni aún menos los titulares seleccionados, si bien si quiero dejar constancia
del riesgo que supone , y ahí la responsabilidad evidentemente no es de quienes
han hecho la entrevista sino del grupo político que avanza por ese camino, que
el debate, necesario, sobre las políticas de inmigración, y obsérvese el plural
ya que son de muy diverso y variado tipo (laborales, sociales, internacionales,
europeas, de seguridad ...) se centre únicamente en el ámbito securitario,
aunque ciertamente tampoco el reciente Pacto Europeo de Migración y Asilo se
queda corto en este terreno.
En la citada
entrevista, el Presidente se refiere en varias ocasiones, de forma muy correcta
a mi parecer, a la regulación de las competencias en materia de inmigración,
tanto las recogidas en el Tratado de la Unión Europea, es decir la “política
europea de inmigración” como en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía
de Cataluña, sin mencionar expresamente, pero creo que está implícita en sus
respuestas, la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en 2010 con
ocasión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta
diputados y diputadas del grupo popular contra le Ley 6/2006 del citado EAC.
Por ello, me ha
parecido interesante, y quizás con un punto de ingenuidad por mi parte me
gustaría que fuera útil para los debates que van a iniciarse próximamente sobre
la anunciada Ley Orgánica de transferencia o delegación en las Comunidades
Autónomas, de “... facultades correspondientes a materia de titularidad estatal
que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación”
(art. 150.2 Constitución), recordar cuál es el contenido del marco
constitucional y estatutario (sobre el marco europeo me remito a diversas
entradas anteriores publicadas en el blog sobre los diferentes acuerdos
políticos y Directivas aprobadas), y cuáles eran las tesis defendidas durante
la tramitación del recurso de inconstitucionalidad, en qué consistió el traspaso
de competencias en materia de inmigración a la Generalitat en septiembre de
2009, y cómo interpretó el TC el artículo 138 del EAC que atribuye competencias
a la Generalitat en esta materia, además de algunas aportaciones más personales
sobre dicha temática. No se trata de una “vuelta al pasado”, sino de intentar
poner un poco de orden en este debate iniciado el pasado miércoles.
De todas formas,
si no desean recordar todo aquello que
voy a intentar explicar a continuación, les remito al excelente y documentado
artículo del profesor Jesús Cruz Villalón, publicado en el diario electrónico
elnacional.cat, publicado el 12 de enero y titulado “Los contrapesos de latransferencia en inmigración” , que comparto
casi al cien por cien, y del que permito reproducir el amplio párrafo con el
que cierra el artículo:
“A la vista de
todo lo anterior, no cabe que se produzcan riesgos que pudieran preocupar a las
empresas o a la ciudadanía en general, de que desde la Generalitat de Catalunya
se adoptara una política de desconfianza o de freno a la inmigración en el
territorio catalán sobre la base de pretender evitar una presunta alteración
del peso de la población autóctona y los equilibrios sociales existentes. Desde
luego, la competencia que se viene gestionando ya desde la Generalitat, con
independencia de quien se encuentre al frente de la misma, en ningún caso ha
presentado sesgos de este tipo, ni es posible que pueda presentarlos en el
futuro. Existen zonas de Catalunya con altos porcentajes de población
extranjera, que en algunos casos superan el 20 % de la población, por
necesidades del propio mercado de trabajo, que es difícil que resulte
reversible a estas alturas. Incluso una hipotética política restrictiva,
siempre condicionada por la legislación estatal, siempre sería de efectos
limitados, por cuanto que no podría evitar la afluencia de los extranjeros que
desde otros territorios se desplazasen a Catalunya con permisos de trabajo y de
residencia concedidos por el Estado para todo el territorio estatal. En
materia de flujos migratorios resulta prácticamente impensable poner puertas al
campo en un determinado territorio, cuando, al final, los requerimientos de
mano obra así lo exigen. Por ello, la política de inmigración que pudiera
implementar debe necesariamente orientarse a una adecuada gestión de los flujos
en función de lo que requiera el mercado y, sobre todo, de una política de
integración de la población extranjera sobre la premisa de la presencia de
una sociedad cada vez más diversa en su origen, cultura y costumbres (la
negrita es mía).
También es
obligado remitirse al exhaustivo estudio realizado por varios profesores y
profesoras, y en el que tuve la oportunidad de participar, dirigido por el
profesor Ferran Camas, titulado “L’atribució de competències en materiad’immigració derivades de l’Estatut d’Autonomia de Catalunya” , realizado para el Institut d’Estudis
Autònomics de Catalunya en 2010.
2. Antes de pasar
al recordatorio citado, casi todo extraído de artículos en libros y revistas, y
entradas en este blog, que publiqué en su momento, hemos de partir
obligatoriamente de cómo cada “parte contratante” entiende aquello que se ha
pactado, es decir qué cree Junts per Cataluña y que cree el gobierno español,
por lo que hay que acudir a la nota de prensa publicada por aquella el mismo
día 10 y también, más en clave política, a las declaraciones de su secretario
general Jordi Turull, y a las respuestas del Presidente del Gobierno en la
citada entrevista.
A) Junts perCatalunya s’absté després de pactar la delegació integral de les competènciesd’immigració a la Generalitat i la publicació immediata de les balances fiscals 10 de gener de 2024.
Junts per
Catalunya s’ha abstingut en la votació dels reials decrets del govern espanyol
després d’arribar un acord per millorar l’autogovern i les condicions de vida
dels catalans. Entre aquestes mesures destaquen la delegació de les
competències sobre immigració a la Generalitat, mitjançant la via de l’article
150.2 de la Constitució espanyola a través d’una llei orgànica específica per
Catalunya. La delegació d’aquesta competència anirà acompanyada dels recursos
necessaris i permetrà a Catalunya fer una política integral, per tal que sigui
el Govern i el Parlament de Catalunya els qui determinin una política pròpia,
adequada a les necessitats i a la realitat del nostre país.
(traducción: “Junts
per Catalunya se abstiene después de pactar la delegación integral de las
competencias de inmigración en la Generalitat y la publicación inmediata de las
balanzas fiscales.
Junts per Catalunya
se ha abstenido en la votación de los reales decretos del gobierno español
después de llegar un acuerdo para mejorar el autogobierno y las condiciones de
vida de los catalanes. Entre estas medidas destacan la delegación de las
competencias sobre inmigración en la Generalidad, mediante la vía del artículo
150.2 de la Constitución española a través de una ley orgánica específica por
Cataluña. La delegación de esta competencia irá acompañada de los recursos
necesarios y permitirá a Cataluña realizar una política integral, para que sea
el Gobierno y el Parlamento de Cataluña quienes determinen una política propia,
adecuada a las necesidades ya la realidad de nuestro país” (la negrita es
mía).
Secretari general Jordi Turull (13.1.24)
El secretari
general de Junts, Jordi Turull, ha defensat que “Catalunya ha de tenir una
política nacional d'immigració, que respongui a les necessitats del país en
termes de cohesió social, en termes de benestar, de progrés i en termes
lingüístics”. Per això ha assegurat que des de Junts “no defugirem en assumir
una política d'Estat en aquelles matèries fonamentals per a un país”.
Turull ha fet un
avís a tots aquells que aquests dies han acusat a Junts de ser xenòfobs: “el
xantatge d’acusar-nos de xenòfobs perquè nosaltres ens preocupem és indigne i
no ho tolerarem”. En aquest sentit ha alertat que
“l’augment de la ultradreta a Europa és en part responsabilitat dels partits
que defugen aquest debat i deixen el terreny lliure per a propostes
incompatibles amb els drets humans”.
El secretari
general ho ha dit en el marc de la jornada del Consell Nacional de Junts,
celebrat avui a El Morell.
(traducción: “Secretario
general Jordi Turull. El secretario
general de Junts, Jordi Turull, ha defendido que "Catalunya debe tener
una política nacional de inmigración, que responda a las necesidades del país
en términos de cohesión social, en términos de bienestar, de progreso y en
términos lingüísticos". Por eso ha asegurado que desde Junts "no
rehuiremos asumir una política de Estado en aquellas materias fundamentales
para un país".
Turull ha hecho un
aviso a todos aquellos que estos días han acusado a Junts de ser xenófobos:
"el chantaje de acusarnos de xenófobos porque nosotros nos preocupamos es
indigno y no lo toleraremos". En este sentido ha alertado que "el
aumento de la ultraderecha en Europa es en parte responsabilidad de los
partidos que rehúyen este debate y dejan el terreno libre para propuestas
incompatibles con los derechos humanos".
El secretario
general lo ha dicho en el marco de la jornada del Consejo Nacional de Juntos,
celebrado hoy en El Morell” (la negrita es mía).
B) Y ahora, el
parecer del gobierno, por la boca de su máximo representante, el Presidente
Pedro Sánchez, al responder a las preguntas formuladas sobre el acuerdo.
“P. Con las
competencias en inmigración que se han comprometido con Junts a ceder,
¿Cataluña podrá expulsar inmigrantes, podrá regular el flujo migratorio, podrá
dar permisos de residencia? Eso es lo que está diciendo Junts.
R. Es que es un
partido independentista. Por supuesto que el programa de máximos de un partido
independentista ya sabemos cuál es. Pero yo le hago la siguiente pregunta: ¿las
políticas de inmigración están o no recogidas en el Estatuto de Autonomía de Cataluña?
Lo están. ¿Acabamos o no en Europa de aprobar un pacto de inmigración y asilo
después de muchos años dentro de la presidencia española rotatoria del Consejo
de la Unión Europea? También.
P. ¿Está diciendo
que Cataluña va a poder expulsar inmigrantes para regular los flujos?
R. Yo no estoy
diciendo eso, al contrario. El Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea
es bastante claro. Vamos hacia una política comunitaria.
P. ¿Qué es lo que
ceden?
R. Pues lo que
está reconocido en el Estatuto de Autonomía de Cataluña en materia de política
migratoria. Ellos pedirán lógicamente las competencias que consideren.
Evidentemente, tendremos que hablar con la Generalitat de Cataluña, con el
Govern. Pero, finalmente, es un trámite parlamentario que exigirá que todas las
fuerzas políticas pongamos en marcha todas nuestras políticas y lleguemos a un
punto de acuerdo.
P. Usted ha dicho
reiteradamente que sus pactos serían transparentes, que los ciudadanos sabrían
lo que pactan con cualquiera de los socios o aliados que necesitan. Nadie sabe
hoy qué han pactado ustedes con Junts en relación a la inmigración. No hay transparencia,
presidente.
R. Perdone, la
hay. Primero, porque el acuerdo es transparente, es conocido, usted está
opinando sobre él. En segundo lugar, hay referencias al Artículo 150.2 de la
Constitución Española. Por tanto, Junts está reconociendo que debe estar
incardinado en la Constitución. ¿Nos creemos realmente que vivimos en un
Estado autonómico, sí o no? Si nos lo creemos, no podemos concebir que las
competencias compartidas son una cesión y un chantaje.
P. ¿Comparte el
planteamiento de Junts, que, nada más obtener este compromiso del PSOE, habla
de expulsar inmigrantes y relaciona inmigración con delincuencia?
R. Desde luego
no puedo estar de acuerdo en absoluto con que se identifique o se equipare la
migración con la delincuencia. En absoluto. España en materia de política
migratoria es un ejemplo para Europa. Lo escucho cuando hablo con dirigentes
europeos. Hemos aumentado los recursos económicos vinculados con todo lo que
tiene que ver con el asilo y con el reasentamiento. Hemos reforzado y ampliado
el número de lugares de acogida para los migrantes irregulares que nos llegan
particularmente del norte de África. Estamos teniendo una política migratoria
humanista y esa es la intención, la voluntad del Gobierno de España.
P. Pero
precisamente por eso, mucha gente se pregunta si Cataluña va a poder expulsar
inmigrantes o gestionar esa política de asilo. No es lo mismo gestionarla con
unas ideas u otras.
R. Discúlpeme que
le diga, si uno lee el párrafo del acuerdo, yo creo que es bastante evidente lo
que estamos diciendo.
P. El acuerdo dice
delegación integral de las competencias y recursos de la política de
inmigración.
R. Hay que leer lo
que dice el articulado del Estatuto de Autonomía de Cataluña sobre la
migración. Que un partido independentista diga que se asume el que se puedan
delegar determinadas competencias en materia de migración en el marco de la
Constitución, me parece que es un cambio de una enorme trascendencia.
P. ¿Cataluña va a
poder expulsar o no? Es que no queda claro.
R. Pero vamos a
ver dónde están las materias. Las materias vinculadas con la expulsión de
los migrantes están residenciadas en la Administración General del Estado.
Tenemos un pacto de migración y asilo firmado con Europa, donde a lo que vamos
precisamente no es a una centrifugación, sino una mayor coordinación de las
políticas de migración. Pero, insisto, esto no es que lo diga yo, lo dice
la Constitución, lo dice el Estatuto de autonomía de Cataluña y lo dice el
pacto de migración y asilo que acabamos de firmar hace dos meses” (la negrita
es mía).
Hay que completar la exposición anterior de las tesis de ambas "partes contratantes" con el texto del acuerdo que suscribieron y que como se acaba de comrpobar ha merecido interpretaciones muy diferentes. Ha sido publicado en un artículo publicado el 16 de enero por los redactores de El País Carlo E. Cue y Reyes Rincón, titulado “El PSOE solo pactó un párrafo con Junts sobre inmigración, que no menciona las expulsiones” y que fue el siguiente: “Se acuerda una ley orgánica de delegación de competencias y recursos para que Catalunya pueda hacer una gestión integral de la inmigración conforme al artículo 150.2 de la Constitución”.
..... NOTA FINAL.
Toca volver a 2024
para finalizar este artículo, toca volver a la convulsa realidad política y
social que vivimos, y que ha tenido un claro ejemplo con el pacto que ha
merecido mi atención (por no hablar de cómo se llegó a la derogación del Real
Decreto-Ley 7/202 que abordaba, entre otras materias, una nueva regulación del
subsidio por desempleo).
Quiero terminar pidiendo
que cuando hablemos de inmigración, hablemos de todo aquello que aporta a la
realidad económica y social catalana (y por supuesto también la española), y
que todo debate que hagamos sea lo más objetivo posible, En tiempos de redes
sociales sé que esto es bastante difícil, y que preferimos quedarnos con la
imagen que nos interesa de cualquier realidad, aunque sea una fake news. Pero
no hay que desfallecer en el intento, recordando aquello que me explicó mi
maestro, el jesuita Joan. N. García-Nieto.
Y como digo en el
título, los deseos de algunos pueden ir por una vía y poner el acento única y
exclusivamente en cuestiones securitarias, a las que no hay que negar en modo
alguno su importancia... siempre referida al conjunto de la población, mientras
que la realidad jurídica, que puede perfectamente cambiar siempre que se adecúe
al marco constitucional y estatutario del que nos dotamos en 1978 las y los
ciudadanos españoles, y en 2006 las y los ciudadanos catalanes. Espero y deseo
que la anunciada ley orgánica de transferencia vaya por esos derroteros, y si
hemos de hacer caso a las declaraciones del Presidente del Gobierno ello será
así... aunque no le guste nada a algunos. Y le hago caso a un buen amigo cuando
me dice que hay que dejar de especular y esperar a conocer el texto del
proyecto de ley, cuando será el momento de volver a hablar de esta cuestión.
Mientras tanto, buena lectura
Estimado profesor. Da placer leerle por su rigor, educación y exquisitez en el trato de los textos y opiniones. Creo que es un buen consejo el de su amigo, esperemos a la letra del proyecto de ley y abandonemos las especulaciones, que tan de moda están y tanta confusión crean.
ResponderEliminarGracias y saludos.
Buenos días. Muchas gracias por sus amables palabras. Saludos cordiales.
ResponderEliminarMuchas gracias, como siempre, Eduardo. Por supuesto, habrá que estar al contenido de la Ley Orgánica de Transferencia sobre la base del 150.2 de la Constitución; pero, en cualquier caso, ni el contenido del Estatuto de Autonomía ni la sentencia del 2010 ni el carácter exclusivo de la competencia estatal en materia de extranjería supondrán ningún límite para esta. El único que se deriva del 150 CE es que la competencia por su naturaleza pueda ser objeto de transferencia. Y este es un límite de difícil concreción. Probablemente -no tengo opinión cerrada sobre el tema- si tuviera que decidir, pensaría que cuestiones como la concesión de permisos de residencia no es susceptible de transferencia a las Comunidades Autónomas dada la naturaleza de la competencia, pero no me parecería ningún disparate sostener lo contrario.
ResponderEliminarFelicidades por la entrada
Hola Rafa. muchas gracias por tu comentario y por tus amables palabras. Supongo que el debate será intenso en los próximos días (meses) sobre el contenido de la posible delegación. Solo avanzo, aunque creo que se deduce de mi artículo, que la transferencia de la concesión de permisos de residencia quedaría completamente subordinada al cumplimiento de la normativa estatal, por lo que se trataría de un traspaso de competencias ejecutivas y la última palabra sobre dicha concesion la mantendría el Estado. En fin, que seguiremos el debate. Un fuerte abrazo.
ResponderEliminarBueno, no solamente ejecutivas. Es cierto que la ley orgánica de extranjería, en lo que tiene de orgánica seguiría primando; pero el desarrollo reglamentario podría ser autonómico una vez transferidas las competencias. También la regulación legal que no tenga carácter orgánico, y no sé si la regulación de los permisos de residencia tiene ese carácter, con lo que podría ser objeto de regulación autonómica.
ResponderEliminarSe ha abierto un tema apasionante